lunes, 6 de mayo de 2013

Definiciones de términos de Diplomática

Definición de ampliaciones: son expediciones en forma solemne de un documento expedido bajo cláusulas más simples.  No supone una variación del acto jurídico pero sí varía por la forma  de determinar la fecha y se diferencia del resto por tener más cláusulas que los documentos insertos.

Definición de autenticator: es el personaje que con su suscripción da al documento carácter de autenticidad y fe pública, mediante la completio o la recognitio.

Definición de caracteres externos: son aquellos que afectan a la factura material del documento, como la materia escriptoria, forma externa, pautado, tinta, escritura y caracteres gráficos peculiares.

Definición de caracteres internos: hacen referencia al texto del documento. No pueden ser considerados de forma independiente del texto del documento.

Definición de confirmación: son documentos que recogían decisiones de los actos jurídicos de una autoridad que se renovaban dándole fuerza jurídica. El objeto de estos documentos es de tipo político, cuando se trata de renovar las donaciones de reinados anteriores al acceder un nuevo soberano, también con una finalidad fiscal.

Definición de convalidatio: consite  en la posición del documento de todos aquellos medios que atestiguan la intervención personal y la interposición de la autoridad del autor y otras personas en la confección del documento, es decir, la ingenuidad del documento que le diese validez al mismo.

Definición de copia: son la reproduccióon del texto del documento, ya sea de forma manual, tipográfica o facsimilar. Así, la copia es una transcripción más o menos inmediata del original, ya sea tomada del propio original o de una copia más o menos próxima al original.
Los copias se dividen en dos tipos:
copias individuales, y
copias recogidas en libros (cartularios).

Definición de data o fecha: es la expresión del lugar, tiempo y circunstancias en las que el documento ha sido elaborado.

Definición de destinatario: es la persona o personas respecto de la cual se cumple el acto jurídico documental, a quien normalmente se destina el documento.

Definición de dictator: es aquel que compone el documento en forma, redactándolo en minuta o bien dictándolo al escriba.

Definición de diplomática: es la ciencia que estudia la tradición, la forma y la elaboración de los documentos escritoswws. Su objeto es hacer su crítica, juzgar sobre su ingenuidad, apreciar la calidad de su texto, extraer de las fórmulas todos los elementos del contenido susceptibles de ser utilizados por el historiador, de datarlos, y finalmente de editarlos.
El objeto de la diplomática sería un documento escrito.

Definición de dirección: indica a quien se destina la carta. Pueden ser:
generales.
particulares:
1.     individuales.
2.     colectivas.

Definición de disposición: es la parte central del documento. Contiene la declaración de voluntad del autor de la accióon jurídica que se realiza, y de la que el propio documento transmite el recuerdo escrito.

Definición de documento original: el documento completo, redactado según la voluntad de un autor y que salido directamente de la oficina cancilleresca o las manos del notario, nos ha llegado en la misma forma y materia genuinas en las que fue originalmente emitido.

Definición de exposición (narratio): es la narración de las circuntancias inmediatas que indujeron a realizar la acción jurídica. Contiene las motivaciones reales. Tiene varias cláusulas en su formación:
cláusulas de espontaneidad,
cláusulas de motivación.

Definición de ingrossatio: es la segunda fase de la Conscriptio, consiste en escribir el documento en su redacción definitiva. El documento en limpio recibía el nombre de "mundum".

Definición de intitulación: es la fórmula mediante la que se presenta el autor (la persona que la emite, no quien escribe) de  la carta o título, con sus funciones, títulos y legitimidades. Suele coincidir con el autor de la acción jurídica.

Definición de invocación: es la primera parte de del protocolo. Es un signo o algunas palabras que colocan el acto jurídico bajo la protección divina. Puesta al principio, llamaba la atención y el respeto de los oyentes.

Definición de iussio: es una orden que viene después del cumplimiento de la acción jurídica de redactar y expedir el documento.

Definición de minuta: es un esbozo más o menos completo, del original representando el momento más próximo a la creación del documento, pero no presenta íntegros los caracteres externos ni internos, puesto que el texto está abreviado.

Definición de notifición (promulgatio): es una fórmula declarativa exclusiva de los documentos públicos en la que se afirma que todos los interesados deben tener conocimiento dispositivo del documento. Suele servir de introducción a la distintas partes del documento.

Definición de original múltiple: el documento se da más de un solo original. Ejemplo, las cartas partidas.

Definición de petitio: es la petición por parte del interesado, para la realización del acto jurídico, ya fuese oral o escrito.

Definición de preámbulo: son las consideraciones generales, sentencias, citas, aforismo que justifican éticamente el acto jurídico; no da motivos concretos. No tiene valor jurídico.

Definición de protocolo: es la parte inicial e introductiva del documento. Formado por la invocación, la intitulación, la dirección y la salutación.

Definición de recognitio: consiste en examinar el documento para ver si había sido elaborado correctamente y según la voluntad de su autor, y si era cancilleresco, si habían sido observadas las disposiciones legales para ese caso. Se hacía en la Cancillería por parte del canciller.

Definción de rogatario: es aquella persona que por encargo del autor o del destinatario, redacta, escribe y autoriza el documento en forma legal.

Definición de rogator: es aquel que ordena, encarga o pide que sea redactado el documento. La persona de quien parte la iniciativa de redactar el documento, ya sea el autor, el destinatario.

Definición de sello: tiene una doble acepción, por un lado, es la impronta obtenida sobre un soporte por la aposición o presión de una matriz, y lleva consigo los signos propios y distintivos del titular, y, por otro lado, también puede significar matriz, es decir, el instrumento que sirve para sellar y que suele ser de un material duro.

Definición de scriptor: es aquel que escribe materialmente el documento en su forma definitiva.

Definición de sigilografía: es la ciencia que tiene por objeto el estudio material y formal del sello, de su historia y de los distintos sistemas de conservación, restauración, descripción y catalogación de los mismos.

Definición de suscripción: es un componente variado en cuanto a su forma, que asume significados diversos a lo largo del tiempo. Puede ser de tres tipos:
suscripción del autor,
suscripción de los testigos,
suscripción de los redactores.

Definición de texto: es la parte central del documento, conteniendo la sustancia jurídica, y las acciones precedentes que justifican el acto jurídico.

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