Tema 2
El proyecto histórico de una Europa unida
Los primeros impulsores de la idea
El incremento de las relaciones comerciales y culturales
entre los países europeos tuvo un crecimiento espectacular entre 1850 y 1870,
cosa que se frustró por los acontecimientos belicistas posteriores. En el
periodo de entreguerras, el repliegue de los países europeos hacia sí mismos
fomento las tendencias aislacionistas frente al europeismo integrador. Después
de 1945 la construcción europea siguió más la línea de defensa de las políticas
estatales que apostar más decididamente por una integración más rápida y
amplia.
Después de los años de “Paz armada” y de la gran guerra, los
viejos sueños europeístas de paz perpetua, buen gobierno y bienestar socioeconómico
de los pueblos, quedaron recogidos y reformulados por los defensores de la idea
de la unidad de Europa en el novecientos. Parecía en efecto llegado el momento
en que la Europa nacionalista e imperialista comenzaba a declinar. Pero ya
desde comienzos del XX las señas de identidad de la idea de Europa comenzaron a
ser recuperadas. El primer impulso en la recuperación de los valores europeístas
lo encontramos en 1900: en el Congreso de Ciencias Políticas de Paris, en el
cual se presentaron importantes aportaciones sobre “Los Estados Unidos de
Europa”, entre ellas las de Leroy-Beaulieu, quien demostraba que los ideales
anteriores de Europa aun permanecían en pie y que a las puertas del nuevo siglo
las mejores mentes europeas podían apostar definitivamente por ellas para intentar
convencer a los responsables de los distintos gobiernos de que el futuro de
Europa pasaba por asumir los postulados del ideal europeo. Entre los defensores
e impulsores de la idea de Europa en los años de entreguerras destacaron el
conde austriaco Richard Kalergi y el político francés Aristide Briand.
Kalergi y
“Paneuropa”
Kalergi había fundado en Viena, en 1923, una revista y la
organización “Unión Paneuropea”, inspiradas en los principios europeístas ya
conocidos, publicando a continuación un libro con el título Paneuropa. Según
éste, Europa no había tenido rival durante el XIX, pero durante los primeros
años de XX, la progresiva emancipación de Asia, la importancia del Imperio Ruso
fuera de los limites europeos, la fuerza económica de Japón o la consolidación
de los Estados Unidos como potencia mundial provocaron que la hegemonía europea
se resintiera. A partir de ahora en Europa se producirá la formación de
pequeños estados con el objetivo de separarse de sus antiguos imperios por
diversos motivos (culturales, lingüísticos, religiosos). La solución que
propone Kalergi es precisamente alcanzar un concepto político de Europa frente
a lo que nos ofrece la geografía. Concepto político del que excluye a Rusia
(por no ser un país democrático) y a Gran Bretaña (por mantener todavía un gran
Imperio). Así, su Paneuropa comprendería los distintos estados continentales
que tienen un sistema democrático de organización política e Islandia por estar
asociada a Dinamarca. Una Paneruopa concebida en estos términos podría hacer
frente a las amenazas que se ciernen sobre ella. En este libro destaca la
peligrosidad de una invasión rusa y del espectacular desarrollo que han sufrido
los Estados Unidos. Desearía que hubiera una estrecha relación entre Paneuropa
y el Reino Unido, siendo este ultimo el portador de los ideales europeos al
resto del mundo.
Pero los principales obstáculos para lograr la tan ansiada
unidad europea no solo son externos. La permanente rivalidad entre Francia y
Alemania constituye un serio inconveniente en este camino. En todo caso, el
pacifismo y no solo para mejorar las relaciones franco-alemanas era una actitud
que necesariamente deberían adoptar los gobiernos europeos, dada la compleja
situación en la que se encontraba el continente. Kalergi critica abiertamente a
la Sociedad de naciones, un proyecto interesante pero ilusorio por su debilidad
intrínseca y porque actúa en contra de los intereses europeos. Kalergi niega la
existencia de naciones compuestas por pueblos uniformes y homogéneos. La mezcla
de europeos ha sido siempre el elemento constitutivo principal, por eso las
naciones no son comunidades de sangre, sino comunidades de espíritu en las que
grandes hombres modelan al pueblo al cual están espiritualmente unidos.
Otra cuestión era como organizar una serie de instituciones
que dieran contenido en la práctica al proceso de unidad. Kalergi pensaba que
el primer paso debía ser la convocatoria de crear una Oficina permanente y establecerse
una periodicidad en las reuniones. En un segundo momento, la fluidez de las
conversaciones conduciría a cerrar un tratado de arbitraje y garantía entre las
democracias continentales para evitar futuros conflictos. Por la trascendencia
del mismo, Gran Bretaña seria invitada a participar en el. En un tercer
momento, la conferencia europea establecería una unión aduanera con vistas a
una integración económica paulatina, que debería comenzar por suprimir las
fronteras comerciales. La culminación de todo este proceso seria la
constitución de unos “Estados Unidos de Europa”, con dos cámara de
representación: una popular formada por 300 diputados, eligiéndose un diputado
por cada millón de habitantes; y otra segunda cámara elegida por cada uno de
los Estados. En el terreno lingüístico Kalergi abogaría por el uso del inglés
como idioma internacional.
Para lograr estos objetivos, los verdaderos partidos políticos
democráticos europeos de distintas tendencias deberán tener entre sus puntos programáticos
la lucha a favor de la unidad europea, olvidándose de diferencias ideológicas. En
1924, Kalergi sacó a la luz el “Manifiesto Paneuropeo” en el que animaba a
luchar por la unión de los pueblos de Europa dentro de una federación, de la
que quedarían excluidos, los imperios Británico y Soviético. También seria
imprescindible el buen entendimiento entre Alemania y Francia.
Briand y el
proyecto de “Asociación Europea”
Entre los seguidores de Kalergi destaco el político francés
Aristide Briand, cuyos esfuerzos en pro del ideal europeísta fueron secundados
por Herriot, quien, en su calidad de presidente del Consejo de Ministros de la
Republica Francesa, el 25 de enero de 1925 pronunció un discurso en el senado
sobre la necesidad de instituir los Estados Unidos de Europa amen de ser el
autor del libro Europa. Con Herriot nos encontramos ante el primer intento de
carácter gubernamental de apoyo al proceso de integración europea formulado en la
época de entreguerras. En esos años, Briand a la sazón Ministro de Asuntos
Exteriores de la Republica Francesa y presidente de Honor de la Unión
Paneuropea, comenzó a madurar un plan de actuación que, auspiciado por la
Sociedad de Naciones, impulsara definitivamente la unión europea para desterrar
las divisiones y los enfrentamientos latentes que la Gran Guerra había
potenciado hasta el extremo.
Animado de una firme voluntad europeísta, y con el objetivo
de poner en marcha su proyecto de “Asociación” entre las naciones del Viejo
Continente, el 5 de septiembre de 1929, Briand presento la X Sesión Ordinaria
de Asamblea Plenaria de la Sociedad de Naciones sus ideas sobre el plan de
unidad europea. Para impulsar su propuesta europeísta, que siempre contó con el
apoyo de importantes personalidad políticas, Briand, por encargo de los 27
delegados europeos de la Sociedad de Naciones, redacto con la colaboración de
Alexis Léger un Memorando sobre la organización de un régimen de Unión Federal
Europea, presentado el 1 de mayo de 1930. En él apostaba por la creación de un
Mercado Común para elevar al máximo el nivel de bienestar humano sobre el
conjunto de los territorios de la Comunidad Europea.
El Memorando puede ser sintetizado en tres grandes
apartados:
- Necesidad de un pacto General, salvaguardando el principio de unión moral y reafirmando la necesaria colaboración y solidaridad entre todas las naciones de Europa.
- Creación de una Conferencia Europea (institución representativa) y Comité Político (institución ejecutiva) para el buen funcionamiento de la organización.
- Comité deberá velar por el cumplimiento de los siguientes objetivos: subordinación de lo económico a lo político; cooperación política de Europa, es decir, respetar la independencia y la soberanía nacional de cada estado; y lograr la organización económica de Europa.
La asamblea de la Sociedad de Naciones autorizó la puesta en
marcha de una comisión de Estudios para la Unión Europea, la cual debería
perfilar más nítidamente los objetivos del Memorando y emitir un informe sobre
el proyecto de Asociación. La muerte de Briand producida en 1932, y el cambio
de situación política en Alemania con la llegada al poder el Partido
nacionalsocialista, freno dicha iniciativa, y anunciaba, según Antonio Truyol,
el fin de una época que había conservado cierta ilusión por la idea de Europa.
De la Unión Económica Belga-Luxemburguesa al Benelux
El 1 de mayo de 1922, el mismo año de las propuestas de
Kalergi en pro de la Unión Paneuropea y algunos más antes del Memorandum de
Briand, los gobiernos de Bélgica y Luxemburgo aprobaron la creación de la Unión
Belga-Luxemburguesa (UEBL); que en 1932 se pretendió ampliar a Holanda. Sobre
aquella base, a partir de 1942 y con Europa todavía en guerra el político belga
y europeísta convencido Spaak animó a los gobiernos en el exilio de Bélgica,
Luxemburgo y Holanda a ampliar sus vínculos de cooperación económica. Fruto de
ello fue la creación de la Unión Económica entre Bélgica, Luxemburgo y Holanda,
la Convención del Benelux. Tanto por la organización institucional como por la
integración de factores económicos, el Benelux ha sido considerado como el laboratorio
de las futuras comunidades europeas. Según Jean Lecerf, la experiencia del
Benelux, por su éxito mismo, abrió la vía al Mercado Común Europeo.
El europeismo durante los años treinta.
A partir de los años treinta y durante la II Guerra Mundial
el ideal europeísta atravesó por un momento especialmente delicado. Como reacción
a las amenazas totalitarias surgidas en Italia y Alemania, una serie de
personalidades comprometidas con los viejos postulados de “paz perpetua”, “buen
gobierno” y “bienestar socioeconómico” de los pueblos fueron capaces de
mantener viva la llama de la idea de Europa y comprometerse en la defensa de la
libertad, la justicia, la democracia, el pluralismo, la tolerancia y el respeto
de los derechos de la persona. En los años 30 nos encontraremos también con
movimientos e iniciativas particulares de carácter europeísta. Así, en 1930,
Yves Le Trocquer impulsa la Unión Aduanera Europea, interesada en aportar
sugerencias para mejorar la situación económica de Europa, a esto hay que
añadir la creación en 1933 en Basilea del movimiento Europa Unión, o en Gran
Bretala del Federal Unión. No hay que olvidarse de las reflexiones del profesor
Edward Hallet Carr expresadas en un libro titulado Condiciones para la paz. El
ímpetu europeísta desplegado por estos grupos, que además pretendían impulsar
la colaboración entre las naciones y desterrar el conflicto, no fue, sin
embargo, capaz de parar la guerra en Europa, aunque después de 1945 tuvieron
una gran influencia en el proceso de integración europea.
Europa en Guerra: la resistencia europea al totalitarismo
Durante los años de la II Guerra Mundial, los postulados europeístas
lograron resistir a la fuerza de las armas, e incluso como señalo Jean Monnet,
animaron un intento de cooperación entre el Reino Unido y Francia, en el año
1940, para evitar contactos con el enemigo y evitar el armisticio de forma
individual. Durante los meses siguientes se trabajo con decisión para ampliar
el marco del acuerdo franco-británico para potenciar la unidad de acción contra
el enemigo bélico, así como lograr una mayor eficacia en la producción y
distribución de recursos. A principios de 1940, Churchill, mas apremiado por
las circunstancias que no por un espíritu europeísta, se encargo de recordar
que el mejor camino para derrotar a Alemania y frenar la barbarie de la guerra
era impulsar la unidad europea. Finalmente, el 16 de junio de 1940, Churchill
presentaba al gobierno de Francia, presidido por Reynaud, el proyecto de Unión.
Sin embargo, la evolución de los acontecimientos, con el
empuje imparable del ejercito alemán en Francia, que coincidió con el cambio de
gobierno en este país, con el mariscal Petain al frente, y la claudicación del
mismo el 22 de junio de 1940 ante los alemanes con la firma del armisticio
impuesto por Hitler, impidió que dicho acuerdo de unión fraguara
convenientemente una vez acabada la guerra.
Fue durante los años de la II Guerra Mundial cuando
importantes líderes de la resistencia al nazismo y al fascismo destacaron en su
apoyo a la idea de Europa, promoviendo toda una serie de iniciativas que
lograron impulsar un gran movimiento de carácter europeísta en la inmediata
posguerra y en años posteriores. Esos movimientos de resistencia también
estaban convencidos de que lo importante era no caer en los mismos errores de
1919 a la hora de establecer los cauces para la reorganización y reconstrucción
de Europa después de la guerra, y ello resulto decisivo en la articulación de
un proyecto de integración alentado por los gobiernos europeos occidentales y
la propia sociedad civil.
Los movimientos europeos de la posguerra
Fue necesario esperar a la instalación definitiva de la paz
en Europa, una vez terminada la II Guerra Mundial, para que dichas propuestas
de integración defendidas durante todo el conflicto por las resistencias
pudieran fructificar plenamente. Era el momento para Europa, en palabras de
Ortega y Gasset, de poner en marcha la gran empresa unitiva. Con el objetivo
puesto en las antiguas aspiraciones europeístas, que la Carta del Atlántico
hizo suyas al prescribir en su punto Tercero “el derecho de todos los pueblos a
escoger la forma de gobierno”, el proceso hacia la unión europea comenzó a
fraguarse. Pero, como muy acertadamente intuyeron intelectuales europeos de la
talla de Paul Valery, Eliot o Ernst Junger, el fundamento de la futura
integración debía buscarse precisamente en los valores de la unidad en la
diversidad para progresar, en palabras de Valery, en las artes, en las
costumbres, en la política y en las ideas; aunque para Eliot, la unidad de la
cultura europea estaba fundamentada en primer lugar en la religión. Siguiendo
con el tema de la constitución de la Unión Europea, Junger señala, que la
unidad de organización debería reinar sobre la economía, la técnica o el comercio
mientras que la libertad se vería asegurada por las diversidades naturales y
culturales.
El ejemplo europeísta de Kalergi, Briand o Churchill fue
seguido por personalidades como Schuman, Jean Monnet, Adenauer, Spaak o Alcide
de Gasperi, cuyo compromiso con la Europa unida fue de gran influencia en el
proceso de integración puesto en marcha después de la II Guerra Mundial. Los
avatares individuales vividos por cada uno de ellos y el drama de Europa
durante el siglo XX, del que habían sido testigo e incluso protagonistas, en la
guerra y en la paz, influyo decisivamente en estos hombres de la generación política
de la posguerra hasta imbuirles la firme voluntad de hacer Europa.
Esta generación aspiró a encontrar un camino para que el
Viejo Continente enterrara definitivamente sus disputas nacionales e ideológicas
y avanzara resueltamente hacia la integración supranacional, empezando por el
ámbito de la economía, pero sin renunciar a niveles superiores de
supranacionalidad, incluso a la unión federal de las naciones europeas, como culminación
del ideal europeísta que aspiraba el establecimiento de los Estados Unidos de
Europa. La senda a seguir debía transitar por los caminos de la paz, la
libertad, el buen gobierno democrático, el bienestar socioeconómico de sus
pueblos y el respeto sagrado a los derechos humanos. Estos políticos
contribuyeron decisivamente a transformar y modernizar la parte occidental del
Viejo Continente con la puesta en marcha de las Comunidades Europeas. Robert Schuman
(con el apoyo de Monnet) fue el gran
impulsor de este proyecto de integración supranacional a partir de su conocida
“Declaración” de 9 de mayo de 1950.
Tema 3
Los orígenes de las Comunidades Europeas
Desde 1941, los aliados iniciaron una política de
colaboración activa sustentada en objetivos de guerra y objetivos para la paz.
En 1945, EE.UU., Unión Soviética y Gran Bretaña, se dispusieron organizar la
paz, ejecutar las bases del nuevo orden mundial y diseñar el futuro de Europa.
Sin embargo, las diferencias resultaban notables entre cada uno de ellos, tanto
sobre como organizar la paz como sobre el papel que les correspondía en el
nuevo orden europeo.
El contexto internacional de posguerra
El poderío de la URSS
La URSS adquiere un
papel protagonista en la organización del mundo de la posguerra. Su control
territorial vino acompañado de significativas transformaciones internas: Moscú
va estableciendo sobre las zonas liberadas formulas político-sociales que garantizaban
una influencia preponderante a los partidos comunistas. Esta influencia
territorial permitía a Stalin alcanzar uno de los objetivos esenciales de su política:
consolidar una plataforma de protección que afiance su seguridad en el oeste y
evitar así cualquier tipo de invasión anticomunista o capitalista. No obstante,
y a pesar de incuestionable poderío, la URSS muestra síntomas de debilidad que
condicionan su comportamiento internacional. Desde un punto de vista socioeconómico
el retraso del país es evidente, acentuándose frente a la superioridad de las
potencias capitalistas.
La hegemonía de los Estados Unidos
Estados Unidos
surge como la primera potencia militar y económica mundial. Alejados de las
devastaciones de la guerra, sus capacidades industriales han crecido
considerablemente durante las hostilidades, constituyen el primer exportador
del mundo y disponen de la mayor parte de las divisas de oro mundial. Además
los Estados Unidos gozaban de un gran prestigio ideológico y político:
Roosevelt es el principal artífice conceptual del orden internacional de
posguerra basado en el mantenimiento de la unidad aliada y la creación de la
ONU que garantice la paz y estabilidad internacionales. A todo esto hay que
añadir la pretensión de establecer buenas relaciones con la URSS y evitar la creación
de gobiernos títeres en la Europa oriental.
La debilidad de Gran Bretaña
A partir de 1945
las colonias de Gran Bretaña comienzan a emanciparse lo que supone que pierdan
su hegemonía en el mundo colonial. Por otro lado, la ruina provocada por la
guerra y el endeudamiento exterior marcan las pautas de una crisis económico-financiera
que impide a Londres asumir sus responsabilidades imperiales. El hundimiento de
Alemania, la debilidad francesa y la proyectada retirada del ejercito norteamericano
creaban un vació político en el corazón europeo que corría peligro de ser
ocupado por la fuerza avasalladora de la URSS.
La desintegración de la Gran Alianza
La reconstrucción de Europa dependía del entendimiento de
los vencedores. La colaboración aliada encontró su máxima expresión en la
conferencia de Yalta (febrero de 1945). Sin embargo, las libres deliberaciones
de Stalin sobre el territorio de los Balcanes y en Polonia y su deseo de crear satélites
comunistas cercanos a la URSS provoco malestar entre los aliados. El
distanciamiento y la desconfianza resultaron patentes en la coherencia de Postdam
(agosto de 1945) adonde el nuevo presidente norteamericano, Truman, acudía con
una posición de mayor firmeza frente a Stalin. Aunque cerrada con importantes
acuerdos, los meses siguientes certificaron el grave deterioro de las
relaciones entre los aliados y el fracaso en la construcción conjunta de la
paz.
Tres factores definieron las discrepancias aliadas en la
posguerra: el futuro de Alemania, la situación de Europa central y oriental y
la desestabilización del Mediterráneo Oriental.
La tutela y ocupación del antiguo Reich es común a las
cuatro potencias (URSS, Reino Unido, Francia y Estados Unidos), lo que supone
una entente sobre la política a desarrollar. Pero mientras se llega a acuerdos
sobre la desnazificación del territorio, la discrepancia es absoluta en todo lo
demás. En 1945, Stalin abandona la idea del desmembramiento (obligando a los
anglo-americanos a imitarle) y somete a un control absoluto su zona que impide
la normalización economía de Alemania y su reconstrucción política. Moscú no
estaba dispuesto a abandonar su zona de ocupación y buscaba mediante la formulación
de un proyecto centralista y unificador extender su influencia al conjunto del
territorio germano y asentar el poder soviético en el corazón europeo. Londres
y Washington, por otra parte, desean insertar a Alemania en el concierto de las
naciones, en Europa, y facilitar su crecimiento material para impedir que sea sustraída
a la penetración soviética.
La situación de la Europa central y oriental conformaba el
segundo elemento de confrontación. Su evolución estuvo caracterizada por el
incumplimiento soviético de la Declaración sobre la Europa Liberada y la
progresiva satelización del territorio, a través de las formaciones comunistas.
La mayoría de los países de Europa del Este vieron en el partido comunista una
fuerza coherente debido al papel tan importante jugado en la II Guerra Mundial.
De esta forma obtuvieron el poder en la mayoría de los países de la zona
oriental. En un primer momento, Moscú insistió en formalizar amplias
coaliciones gubernamentales, frentes patrióticos o de centro respetando las
formas democráticas, pero otorgando las carteras claves (Interior, Defensa,
Información, Seguridad) a los militantes comunistas que permitió depurar la
administración y el ejercito, lograr programas económicos de planificación
estatal y formalizar acuerdos comerciales con la URSS. En un segundo momento,
los aliados gubernamentales fueron aliados y los comunistas pasaron a controlar
todos los mecanismos del estado.
Junto a la sovietización de la Europa central y Oriental, la
Unión Soviética comenzó a diseñar un eje de penetración hacia el Mediterráneo y
el Próximo Oriente a través de la presión sobre Turquía y Grecia. El Kremlin
buscaba salidas que permitieran su presencia libre sobre las aguas
mediterráneas, aprovechando la debilidad creciente de Gran Bretaña, cuyos
problemas económico-financieros impedían mantener su despliegue militar y la
hegemonía tradicional de la región.
La cooperación europea
La doctrina Truman
y la contención del comunismo
En 1947, Gran Bretaña debido a sus dificultades económicas y
de provisión militar tuvo que abandonar posiciones en el mediterráneo oriental,
siendo esta zona de vital importancia para la diplomacia norteamericana. La
retirada de las fuerzas británicas creaba un vacío de poder que era preciso
ocupar de inmediato ya que la amenaza comunista era realmente peligrosa. La
respuesta a este nuevo desafió estratégico determino un cambio en la política
de Washington. El 12 de marzo, Truman comparecía ante las dos Cámaras del
Congreso para exponer la gravedad de la situación internacional y obtener el
respaldo a la nueva estrategia de los EEUU en el Mediterráneo. El presidente
recordaba la situación en Grecia y Turquía, planteando la necesidad de los
Estados Unidos de aportar la necesaria ayuda económica y militar.
Paralelamente, Truman aludía a los pueblos sometidos a sistemas totalitarios y
a la violación sistemática de los principios de Yalta. La Doctrina Truman abría
una política de ayuda a Europa para contener los progresos del comunismo,
consciente de que Naciones Unidas no garantizaba la seguridad colectiva.
El Plan Marshall y
la cooperación económica europea occidental.
La ayuda norteamericana a Grecia y Turquía coincidió con un
deterioro de las condiciones económico-sociales en la Europa Occidental,
agravado con las actuaciones comunistas. La dramática situación económica facilita
la progresión de las fuerzas comunistas y aumentando el estallido de
agitaciones sociales que amenazan con desestabilizar la autoridad de los
gobiernos. Especialmente complicada es la situación en Francia e Italia con
partidos comunistas enormemente pujantes.
El eje central de su nueva estrategia fue la elaboración de
un gran programa de ayuda económica destinado a recomponer el tejido económico-financiero
de Europa, situar al continente dentro del sistema de mundial de intercambios y
combatir los factores que desestabilizaban sus sociedades. El 5 de junio de
1947, el secretario de Estado Marshall proponía a los europeos, el Programa de Recuperación
Europeo, una ayuda colectiva por cuatro años. El Plan Marshall debía asegurar
la recuperación material del continente y mantener la prosperidad de la economía
norteamericana. El Plan Marshall determino la evolución del continente. Por un
lado, acabaría consolidando las esferas de influencia soviética y
norteamericana, sellando la división de Europa. Por otro, lanzaría a la Europa
occidental en el camino de la unidad. En abril de 1948, el congreso de los EEUU
votaba el Programa de Recuperación Europeo que garantizaba la ayuda por un
total de 13 mil millones (1948-52), asegurada en un 10% bajo la forma de prestamos
y el 90% como fondos perdidos. Por aquellas mismas fechas, el 16 de abril, los países
europeos creaban la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE),
encargada de distribuir la asistencia norteamericana, la primera organización
europea de cooperación y el primer paso para la integración.
El consejo de
Europa
La Conferencia de La Haya, desarrollada entre el 7 y 10 de
mayo de 1948, también conocida como Congreso de Europa, reunió a cerca de 750
delegados, entre ellos, Churchill, Schuman, De Gasperi, Monet y Spaak. En este
congreso se tomaron decisiones en las que primaba la libre circulación de
hombres, ideas y bienes; una Carta de Derechos del Hombre que garantizara las
libertades de pensamiento, de reunión y expresión, así como el libre ejercicio
de la oposición política; un Tribunal de Justicia para respetar dicha Carta; y
una Asamblea Europea representando a todas las fuerzas vivas de las naciones.
Tras intensos debates que se prolongaron durante un año, el Congreso aprobaba
el 5 de mayo de 1949 el Estatuto del Consejo de Europa cuyo objetivo
fundamental era fomentar una unión mas estrecha entre sus miembros a fin de
salvaguardar y promover sus ideales y principios. El Consejo de Europa,
integrado por 17 Estados, la primera institución política europea, contaba con
un Consejo de Ministros y una Asamblea parlamentaria de carácter consultivo.
Del Tratado de
Dunkerque a la Unión Europea
Francia y Gran Bretaña firmaban en Dunkerque (marzo de 1947)
un tratado de alianza militar que contemplaba una asistencia mutua en caso de
agresión alemana, ante el temor del posible resurgimiento de ésta. El 22 de
enero de 1948, el ingles Bevin, pronunciaba un importante discurso sobre política
exterior en la Cámara de los Comunes. Para hacer frente a la amenaza soviética,
proponía la consolidación de una Europa occidental integrada por países que
tuvieran en común el rechazo a la injusticia y la opresión, la defensa de la
democracia parlamentaria, la libertad y los derechos económicos y sociales. De
esta forma, el 17 de marzo de 1948, Gran Bretaña, Francia, Bélgica, Luxemburgo
y Holanda firman el tratado de Brúcelas constituyendo la Unión Europea, un
acuerdo de cooperación cultural, económico y militar. Sin embargo, la debilidad
de los europeos obliga a recurrir a Estados Unidos. El 17 de abril, Bevin y Bidault,
dirigen un mensaje al secretario de Estado Marshall solicitando su ayuda
militar. Finalmente el 11 de junio de 1948, el Senado votaba la resolución
Vandenberg que autorizaba al presidente de los EEUU alianzas militares en
tiempos de paz. Con la firma del tratado de Washington surgía la OTAN, vaciando
de sustancia a la Unión Europea, al ser muchos de sus órganos absorbidos por el
Pacto Atlántico.
La Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA): la primera comunidad supranacional
La declaración Schuman de 9 de Mayo de 1950
El objetivo predominante de la política francesa era
mantener las mayores restricciones posibles sobre Alemania, tratando de ganar
tiempo hasta que Francia se recuperase en términos políticos y económicos.
Estas tensiones se ponían de manifiesto especialmente en torno a la industria
del carbón y del acero, que en esos tiempos era absolutamente fundamental para
la guerra. Los acuerdos de Petersberg,
que habían puesto fin a la ocupación aliada de Alemania Occidental, dejaban aun
dos graves cuestiones territoriales por resolver, la anexión francesa del
Sarre, y la administración internacional de la cuenca del Ruhr, una zona muy
rica en carbón y acero. Francia y Benelux se resistían a transferir el control
del Ruhr a las autoridades alemanas. Los motivos profundos de estas tensiones y
la necesidad de encontrar una solución al problema de la integración de
Alemania Federal en Europa fueron comprendidos por el francés Monnet.
En 1950, Monnet compartía la preocupación principal de los
dirigentes franceses por la superioridad industrial de Alemania y el temor a
que la tensión diese lugar a una nueva espiral de proteccionismo y
desconfianza. Monnet proponía la puesta en común de determinadas funciones, el carbón
y el acero, para que a través de la economía se fuese avanzando en el ámbito de
la integración política. Monnet propuso su plan al ministro de Asuntos
Exteriores francés, Schuman, quien leyó el texto que había preparado Monnet, y
lo apoyo plenamente. Tras algunas resistencias, Schuman consiguió llevar
adelante la propuesta de crear un órgano supranacional que pusiera en común la
producción franco-alemana de carbón y acero como primer paso hacia una
federación europea.
El Tratado de la
CECA
La organización que se anunciaba en la Declaración Schuman
no se limitaba a Francia y Alemania, sino que se abría también a otros países,
que acogieron la invitación de forma muy diferente. Finalmente se adhirieron al
programa Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Luxemburgo, Holanda. Las
negociaciones subsiguientes para la elaboración de un Tratado internacional por
el que se estableciera una Comunidad Europea del carbón y del Acero se
desarrollaron en Paris bajo la dirección de Monnet. La estructura institucional
de la CECA dio lugar a duras negociaciones, en las que el problema central fue
el de la legitimidad de la Alta Autoridad. La atribución de amplias
competencias a una institución supranacional, independiente de los gobiernos,
despertaba muchos recelos. Monnet acabó aceptando la solución intermedia de un
Consejo de Ministros con competencias limitadas a las cuestiones de política
económica general, mientras que la Alta Autoridad retendría todos los poderes
relacionados con la producción y la gestión del carbón y del acero. Finalmente
el Tratado constitutivo de la CECA pudo firmarse en Paris por los seis estados
miembros el 18 de abril de 1951. De esta manera, a través del Tratado de
creación de la CECA, se puso en marcha un Mercado Común del carbón y del acero
que implicaba la supresión de los derechos de aduana y de las restricciones
cuantitativas a la libre circulación de esos productos. Se crearon cuatro
instituciones:
·
Alta Autoridad: goza de amplios poderes y esta
compuesta por personas designadas por los gobiernos de los Estados miembros.
·
Consejo de Ministros: compuesta por
representantes de los estados miembros, que deciden acerca de las decisiones
más importantes.
·
Asamblea Común: integrada por miembros de los
Parlamentos nacionales.
·
Tribunal de Justicia: encargado de velar por la
interpretación y la aplicación del Tratado.
Tras la ratificación del Tratado por los Parlamentos
nacionales, la CECA entro en vigor el 23 d julio de 1951, y Monnet fue nombrado
presidente de la Alta Autoridad.
Dos proyectos abordados: la Comunidad Europea de Defensa (CED) y la Comunidad Política Europea (CPE)
El estallido de la guerra de Corea en junio de 1950 planteó
de nuevo el problema de la defensa europea. Presionados por inminencia de la
amenaza soviética, Estados Unidos había aceptado participar activamente en la
defensa europea y se había comprometido a mantener efectivos en Europa. La
firma del Tratado del Atlántico Norte, que tuvo lugar en Washington el 4 de
abril de 1949, consolidada este compromiso constituyendo la OTAN. En 1950, con
el recrudecimiento de la situación, EEUU accedió a mandar nuevas tropas pero
con la condición de un rearme europeo, lo que implicaba un aumento en la fuerza
militar alemán. Los europeos parecían atrapados entre la amenaza soviética y el
temor a un nuevo rearme alemán. En esta tensa situación, el primer ministro
francesa Pleven, propuso la creación de la CED (tras el éxito de la CECA). El
objetivo de la misma era constituir un ejército europeo, que permitiese contar
con soldados alemanes, pero en el marco de un ejército integrado.
El tratado de la CED fue firmado en Paris el 27 de mayo de
1952 por los seis estados miembros de la CECA. Sin embargo, el proyecto no
logro el mismo apoyo que había cosechado la primera de las Comunidades
Europeas. Por otra parte, para decidir sobre el uso de ese ejercito común se
hacia necesario contar con una política exterior común, y una autoridad política
integrada. El primer ministro italiano De Gasperi, trató de solventar esta cuestión
creando una Comunidad Política Europea (CPE), una organización política con una
autoridad supranacional, para la formación de una política exterior común. A
continuación, una Asamblea formada por parlamentarios de la CECA y del Consejo
de Europa elaboro rápidamente un anteproyecto de Tratado CPE, de carácter
federal que fue presentando en marzo de 1953.
Sin embargo, el proyecto de CPE quedo relegado cuando la
Asamblea Nacional Francesa rechazó en agosto de 1954 la ratificación del
Tratado de la CED. A pesar de que el proceso de ratificación avanzaba
favorablemente en los otros cinco Estados miembros, el rechazo francés supuso
el olvido de las nuevas comunidades. La CED y la CPE nunca llegaron a entrar en
vigor.
Tema 4
La Europa de los seis. Las Comunidades Europeas entre el desarrollo y la crisis
Los Tratados de Roma
Tras la renuncia de Monnet como presidente de la Alta
Autoridad de la CECA que supuso un duro revés para el proceso de integración
europea, los ministros de Asuntos Exteriores de los seis estados miembros, en
1955, se reunieron en Messina con el objetivo de poner en marcha el nuevo
arranque europeo.
El nuevo impulso integrador debía centrarse en el ámbito económico.
Las experiencias de la CED y de la CPE mostraban las dificultades existentes
para trasladar la integración al terreno político. Francia era partidaria de
seguir en la línea de la CECA en cuanto a modelo económico, mientras que
Alemania y Holanda eran partidarias de avanzar hacia una integración económica
global. Para contentar a ambas partes se elaboraron dos informes, uno sobre la materialización
de una Unión en el campo de la Energía Nuclear y otro sobre una Unión Económica
General.
El resultado de los trabajos fue un informe presentado en Venecia
en mayo de 1956, que sirvió de base para unas negociaciones posteriores
llevadas a cabo en Bruselas. Por fin, en marzo del 57, se firmaron en el
Capitolio de Roma los Tratados constitutivos de la Comunidad Económica Europea
(CEE) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). Quedaban así
constituidas las tres Comunidades Europeas, que transformaron profundamente la
realidad europea en los siguientes años. La CEE es la más importante de las
tres Comunidades, y a la que ha correspondido siempre el liderazgo político en
el proceso de integración. Sus objetivos generales eran “promover un desarrollo
armonioso de las actividades económicas en el conjunto de la Comunidad, una expansión
continua y una estabilidad creciente, una elevación acelerada del nivel de vida
y relaciones mas estrechas entre los Estados que se integran”. Además el TCEE pretendía
lograr un gran mercado común, con las mismas características que un mercado
nacional, y regido por la libre competencia, en el que circulasen libremente
las mercancías, las personas, los servicios y los capitales.
La ultima de las tres Comunidades, la EURATOM, tenia como
objetivo la creación de un mercado común de la energía nuclear, contribuyendo
con ello a la creación y desarrollo de las industrias nucleares, a la elevación
del nivel de vida en los estados miembros, y al desarrollo de los intercambios
con los demás países. Para realizar las funciones establecidas en los dos
nuevos tratados, éstos preveían un sistema institucional semejante al de la
CECA:
·
Comisión: representa el interés general
propiamente comunitario.
·
Consejo: en el que esta representado el interés
de los Estados miembros a través de un representante de rango ministerial de
cada de uno de ellos.
·
Asamblea (actual Parlamento), formada por
representantes de los pueblos del Estado
·
Tribunal de Justicia: compuesto por jueces
independientes, que garantiza el respeto del Derecho en la interpretación en la
aplicación de los Tratados.
La puesta en marcha de las Comunidades Europeas: Los 60
Las Comunidades Europeas comenzaron su andadura con una gran
ausencia, el Reino Unido, a pesar de que éste había participado inicialmente en
las negociaciones que dieron lugar a los Tratados de Roma, aunque pronto se
retiro de las mismas por discrepancias con los seis socios. La reacción británica
a esta situación fue proponer a los países de la Organización Europea de
Cooperación Económica que no formaban parte de la Comunidad la creación de una
zona de libre cambio. Suecia, Dinamarca, Noruega, Austria, Suiza y Portugal
aceptaron la oferta del Reino Unido, y en agosto de 1960 se firmó el Tratado de
la Asociación Europea de Libre Cambio (EFTA). Nacía así la Europa de siete
frente a la Europa Comunitaria de los seis. La EFTA entró en vigor en julio del
60 con el objetivo de completar el desarme arancelario siete años mas tarde.
Sin embargo, en agosto de 1961, el Reino Unido solicito su ingreso en la
Comunidad, dado el éxito de ésta. Junto con el Reino Unido solicitaron la
adhesión Irlanda (61), Dinamarca (61) y Noruega (62).
La llegada al poder de De Gaulle tuvo graves consecuencias
en el proyecto comunitario, dado que tanto el general como su primer ministro
Debre, tenían una visión de Europa muy diferente a la que habían propuesto en
los 50 los padres fundadores. Su idea acerca de Europa divergía de la de sus
socios comunitarios en dos aspectos: por un lado, De Gaulle insistía en que la
Europa comunitaria debía mantener su independencia respecto a los EEUU y por
este motivo se oponía a la adhesión del Reino Unido, debido a su estrecha relación
con los norteamericanos; por otro, entre el proyecto comunitario y la Europa de
los Estados, De Gaulle pensaba que las únicas entidades con derecho a ordenar y
poder para ser obedecidas eran los Estados.
El rechazo francés al supranacionalismo tuvo consecuencias
graves en el desarrollo de las Comunidades. En junio de 1965, con motivo de una
votación en el Consejo sobre la política agrícola, Francia declaró que no aceptaría
la regla de la mayoría y abandono el Consejo. La crisis duro seis meses,
durante los cuales, Francia no acudió a las reuniones del Consejo y la
actividad comunitaria se redujo al mínimo. Por fin, en enero de 1966, los seis
llegaron a un acuerdo en la ciudad de Luxemburgo. A partir de hora la toma de
decisiones debería llevarse a cabo con el total acuerdo de todos los miembros,
cosa que dificultó de ahora en adelante las negociaciones en el Consejo.
En definitiva, los años 60 no deben contemplarse con
pesimismo, pues si bien en el ámbito político la regla de la mayoría quedó
desplazada de la vida comunitaria, en el ámbito jurídico se produjeron cambios
fundamentales que dieron lugar a la consolidación de un sistema jurídico
supranacional. Por otra parte, a lo largo de los 60, los periodos transitorios
se fueron cumpliendo puntualmente, hasta el punto de que la realización de la Unión
aduanera que se había previsto inicialmente para el 1 de Enero de 1970 quedo
completada el 1 de julio de 1968.
Tras la caída de De Gaulle, motivada por los acontecimientos
del Mayo del 68, le sucedió Pompidou, quien intento mejorar las relaciones
francesas con sus socios europeos. Por ello, a iniciativa francesa, se convoco
una Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno que se celebro en La Haya en
diciembre de 1969, con el fin de reactivar la vida comunitaria bajo el lema: profundización,
consolidación y ampliación. En dicha conferencia se pactaron los reglamentos
agrícolas y se decidió establecer un sistema de recursos propios, que dotases a
la Comunidad de una mayor independencia económica respecto a los Estados
miembros. Se acordó aumentar los poderes de la Asamblea en materia
presupuestaria, y acelerar la elección de sus miembros por sufragio directo.
Tema 5
Ampliación y profundización. De las Comunidades europeas a la Unión Europea.
En esta Conferencia de La Haya también se decidió crear un
comité para estudiar una posible Unión Política y Unión Económica y Monetaria. Pero sobretodo, se acordó la
apertura de las negociaciones con el Reino Unido, Irlanda, Dinamarca y Noruega.
Los difíciles años 70
Las negociaciones para la primera ampliación, que habían
comenzado en 1970, finalizaron con la firma de los Tratados de adhesión en
enero de 1972. A continuación, en Irlanda y en Dinamarca se celebraron sendos
referéndums cuyos resultados fueron positivos a diferencia de Noruega donde
triunfo el NO. En el Reino Unido, el gobierno conservador de Edward Heath no
convoco referéndum, pero surgieron varios problemas en la Cámara de los Comunes
con esta cuestión. Finalmente el Tratado entro en vigor para el Reino Unido,
Dinamarca e Irlanda el 1 de enero de 1973.
En Paris se inicio el desarrollo de una política comunitaria
de medio ambiente y también de una política regional, previéndose la creación
del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Por otra parte, los Estados
recordaron los fines políticos del proyecto comunitario, y por primera vez se
estableció el objetivo de configurar una Unión Europea que debería lograrse
antes de que finalizase la década. Ante esto, se decidió crear un comité que
realizase un informe global sobre la configuración de la futura Unión Europea.
La presidencia del mismo recayó en el primer ministro belga, Leo Tindemans. El
comité Tindemans comenzó a trabajar en un clima difícil, determinado por la
dura crisis energética y económica originada por el conflicto árabe-israelí,
por las dificultades de los estados miembros para alcanzar posturas comunes en
sus relaciones internacionales, y por las fuertes reticencias de los dos nuevos
socios, Dinamarca y el Reino Unido.
En 1974, tras la victoria de los Laboristas en las
elecciones surgieron dudas sobre la continuidad del Reino Unido en la Comunidad
europea, ya que no consideraban suficientes los acuerdos del Tratado de
adhesión. Tras una renegociación el gobierno convoco un referéndum recomendando
el sí, y en 1975, los británicos se pronunciaron a favor de la continuidad en
la Comunidad Europea. A continuación, los laboristas ocuparon sus escaños en el
Parlamento Europeo. No obstante, en los próximos años la Cámara de los Comunes
se mostró reticente a la aportación británica al presupuesto, cosa que se
intensificó con el gobierno Thatcher.
En 1979 el Reino Unido mostró su malestar por los problemas
presupuestarios en el ámbito europeo y hay que destacar también la firma del
Tratado de Adhesión de Grecia. Antes de la firma del Acta Única Europea
entraron en vigor el 1 de enero de 1986 los Tratados de Adhesión de España y
Portugal, que se habían firmado en Lisboa y Madrid el 12 de junio de 1985. Las
dificultades para estos tratados se dieron principalmente al potencial
económico y social español y a las reticencias francesas, que solo pudieron
superarse cuando Alemania garantizó a Francia un aumento de los recursos
propios que revertiría en la Política agraria. La Comunidad alcanzaba así los
doce estados miembros, que firmaron el AUE en dos tandas, nueve firmaron el 17
de febrero de 1986, y tres, Dinamarca, Grecia e Italia, el 28 de Febrero.
La primera gran revisión de los Tratados constitutivos: el Acta Única Europea
En 1981, los ministros de Asuntos Exteriores de Alemania e
Italia, Dietrich y Colombo, con el fin de impulsar la Cooperación Política
Europea, propusieron constituir un Acta Única Europea que condujese en un plazo
de cinco años a un Tratado de Unión Europea. Finalmente esta iniciativa no recibió
el seguimiento esperado.
En 1984 tuvo lugar una iniciativa de gran importancia, al
aprobarse el proyecto de Tratado de la Unión Europea en el Parlamento el día 14
de febrero. Este proyecto es el fruto de la iniciativa de Altiero Spinelli, un
diputado italiano europeísta, federalista y de izquierdas, que desde el verano
del 80 comenzó a trabajar para la consecución de una reforma institucional
profunda. Spinelli aglutino en torno a él a un grupo de diputados de distintas
ideologías y nacionalidades. Estos diputados lograron el apoyo necesario para
que en julio de 1981, el Parlamento aprobase la creación de una Comisión
Institucional que habría de realizar un proyecto de reforma de los Tratados.
Los trabajos de esta Comisión dieron lugar al proyecto de Tratado de la Unión
Europea, el cual fue aprobado en 1984 (237 a favor, 31 en contra).
Sin embargo, el proyecto de Tratado encontró menos apoyo en
los Estados miembros, que consideraban el texto demasiado federalista, el cual,
creaba una Unión Europea y proponía una profunda reforma institucional (mayor
protagonismo del Consejo Europeo y del Parlamento), así como un avance
sustancial en el ámbito de la Cooperación Política. El proyecto Spinelli nunca
llego a ver la luz. No obstante, todas estas iniciativas reactivaron el debate
y aportaron las sugerencias y el impulso necesario para que pudiese realizarse
la primera gran reforma de los Tratados, el Acta Única Europea.
En junio de 1984, el Consejo Europeo de Fontainebleau puso
las bases para un nuevo relanzamiento europeo, al anunciar la creación de dos comités
integrados por representantes de los jefes de Estado. En diciembre se presentó
un primer informe parcial, y en julio de 1985, el informe definitivo, conocido
como el informe Dooge (antiguo ministro irlandés de Asuntos Exteriores), se
presento al Consejo Europeo de Milán, que decidió, a pesar de los votos en
contra de Gran Bretaña, Grecia y Dinamarca, convocar una conferencia intergubernamental
para reformar los Tratados. El proceso daría lugar al Acta Única Europea (AUE)
En el preámbulo del AUE, los Estados se manifestaron
resueltos a construir una Unión Europea basada por una parte en las
Comunidades, y por otra en la Cooperación Europea en materia de política
exterior. El AUE tuvo el merito de ser el primer texto de derecho originario
que reconoció expresamente el objetivo de crear una Unión Europea. Reformas:
Reforma Institucional:
en el ámbito institucional se produjeron cambios sustanciales. El Consejo
Europeo encontró por fin su lugar en los Tratados, otorgándosele un papel un
papel fundamental en la orientación de las Comunidades y en la cooperación política.
El parlamento salio muy reforzado, especialmente a través de la creación de un
nuevo procedimiento legislativo denominado “de cooperación”. A partir del AUE,
al Consejo le resultará difícil aprobar un acto sin el apoyo del Parlamento.
Por otra parte, estableció un procedimiento por el cual para tratar los temas
de adhesión se requeriría un dictamen favorable del Parlamento. En lo que
respecta al Consejo, el AUE le devolvió definitivamente la regla de la mayoría.
En cuanto a la comisión, esta vio consagradas sus competencias de ejecución. Además,
la recuperación de la regla de la mayoría tendría por efecto un incremento del
papel de esta institución. El Tribunal de Justicia por su parte, contemplo como
se trataba de aliviar su sobrecarga de trabajo, creándose un Tribunal de
Primera Instancia.
El objetivo de crear
un mercado interior: el libro blanco para la consecución del mercado
interior, publicado en 1985, daba cuenta de las numerosas barreras físicas, técnicas
y fiscales que aun restringían las libertades de circulación de los factores
productivos. Por eso, en el contexto económico de los años 80, cuando Europa
buscaba vías adecuadas para aumentar su competitividad, los Estados acordaron
dar un nuevo impulso al mercado común. Para ello, le dotaron de una nueva
denominación, mercado interior, y sobre todo de un nuevo y poderosísimo
instrumento, la regla de la mayoría. El AUE preveía que con este nuevo
instrumento, el objetivo del mercado interior se estableciese progresivamente
en el transcurso de un periodo que terminaría el 31 de diciembre de 1992.
Las nuevas competencias
y la codificación de la Cooperación Política Europea: el AUE reforzó
algunas de las políticas comunitarias ya existentes, al tiempo que atribuyó
competencias a la CEE en nuevas materias. Se trataba sobretodo de las llamadas
nuevas políticas que no se habían previsto en los Tratados de Roma. Se
incluyeron en el Tratado CE tres nuevo títulos: la investigación y el
desarrollo tecnológico, el medio ambiente, y la cohesión social y económica.
Pero quizás la reforma fundamental del Acta será la regulación, por primera
vez, de la Cooperación Política Europea. El AUE codificó por fin la Cooperación
Política Europea, recogiéndola en el Tratado, que habría de regular sus
objetivos y su funcionamiento.
La Unión Europea. El Tratado de Maastricht.
El impulso que el AUE dio al mercado interior puso de nuevo
sobre la mesa el viejo objetivo de realizar una Unión Económica y Monetaria
(UEM), que culminase en un mercado único. Por estos motivos, el Consejo Europeo
de Hannover, reunido en junio de 1988, decidió constituir un comité de expertos
para que estudiase y propusiese las etapas concretas para llevar a cabo la UEM.
Fue el mismo AUE el que, al poner en marcha el mercado interior, puso también las
bases para una nueva reforma de los Tratados. Pero no fue el AUE el único motor
impulsor de la reforma, pues tan solo unos meses después de la celebración del
Consejo Europeo de Madrid, cayó el Muro de Berlín. El fin de la guerra fría y
el surgimiento de las nuevas democracias del Este planteaban después de tantos
años la posibilidad de una reunificación alemana (1989, plan de Khol a favor de
la reunificación). Las nuevas circunstancias exigían dar un gran paso en a
integración, y avanzar decididamente en la construcción política de Europa. Con
tantas expectativas, el Consejo Europeo celebrado en Dublín en abril de 1990
convocó dos conferencias intergubernamentales, una para la UEM y otra para la Unión
Política Europea. El resultado de las negociaciones fue la presentación en el
mes de junio de 1991 de un proyecto de Tratado de Unión que contenía los
trabajos de las dos conferencias. Tras intensos trabajos, finalmente el 7 de
febrero de 1992, en Maastricht se presento el nuevo Tratado de la Unión Europea
(TUE). El Tratado de la Unión Europea ha sido la reforma mas profunda de los
Tratados que se ha realizado nunca. Por el Tratado firmado en Maastricht, los
estados miembros constituyeron por fin una Unión Europea.
Nueva estructura
La nueva Unión tenia, y sigue teniendo en la actualidad, su
fundamento en las tres Comunidades Europeas, completadas por dos nuevos ámbitos
de cooperación. La nueva unión se asemeja a la estructura de un templo griego
con tres pilares. Tras unas disposiciones iniciales, frontón del templo
comunitario, el primer pilar contiene las Comunidades Europeas, CEE, CECA y
CEEA. La CEE sufrió una profunda transformación, cambiándose incluso su
denominación que paso a ser la de Comunidad Europea (CE). Este primer pilar
comunitario esta dominado por la supranacionalidad que ha caracterizado al
proyecto comunitario desde su origen. El segundo pilar cubre lo que
anteriormente se había llamado cooperación política y que ahora evoluciona y se
denomina la Política Exterior y de Seguridad Común. El tercero es el de la
Cooperación en Asuntos de Justicia e Interior. Estos dos pilares se
caracterizan por estar basados en la mera cooperación intergubernamental. El
núcleo de esta Unión es la Comunidad Europea que contiene entre otras cosas el
mercado interior, las políticas socioeconómicas como la agrícola, la
industrial, o la de transportes, y la Unión Económica y Monetaria.
Las novedades en el
primer pilar
En el ámbito institucional, el Parlamento vio de nuevo
reforzadas sus competencias, al crearse un nuevo procedimiento legislativo, de
codecisión, que situaba al Consejo y al Parlamento prácticamente en pie de
igualdad. En el ámbito competencial también hubo novedades sustanciales. Se
atribuyeron a la Comunidad competencias en nuevas materias de naturaleza no económica,
como en educación, formación profesional y juventud, en cultura y en salud
publica. Otra novedad fundamental de Maastricht, fue la creación de una Ciudadanía
de la Unión, complementaria a la nacional, a la que se asociaban determinados
derechos. Pero sin duda la gran novedad fue la de la Unión Económica y
Monetaria. El Tratado establecía detalladamente las fases que se recorrerían
para lograr, no más tarde de 1999, la fijación irreversible de los tipos de
cambio de las monedas de aquellos países que cumpliesen los criterios
previamente establecidos. Asimismo, el Tratado regulaba el Sistema Europeo de
Bancos Centrales, que habría de definir y ejecutar la futura política monetaria
de la Comunidad.
La firma del TUE tuvo lugar el 7 de febrero de 1992 en un
clima de optimismo, ya que los estados eran conscientes de haber cerrado la más
importante reforma de los Tratados. El proceso de ratificación del Tratado recorrió
una senda de dificultades, primero con la negativa de Dinamarca que se
soluciono con un segundo referéndum, y después con la necesidad de una reforma
en las constituciones de Francia, España, Portugal y Alemania. Por fin el
Tratado de la Unión Europea entro en vigor el 2 de noviembre de 1993.
Por otro lado, desde enero de 1995, Austria, Finlandia y
Suecia pasaron a engrosar la lista de estados miembros de la Unión Europea,
elevando el número total a 15. En 1996 se inicio una nueva conferencia
intergubernamental con el fin de reformar los tratados. Se pretendía especialmente
mejorar la eficacia y la transparencia de la Unión, con el fin de acercar esta
a los ciudadanos, mejorar la Política Exterior y de Seguridad Común, y reformar
las instituciones para poder proceder a la ampliación de la Unión hacia los
Estados del este. En este sentido, era necesario: ampliar los casos en los que
el Consejo vota por mayoría, pues en una Europa ampliada, el voto por
unanimidad dificultaría enormemente la toma de decisiones. La ampliación no
podría realizarse sin darse antes una solución a la situación.
El Tratado de Ámsterdam, firmado el 2 de Octubre de 1997,
introdujo varias modificaciones importantes: el Estado de Derecho y los
derechos humanos salieron notablemente reforzados; se produjo un traspaso de
materia hacia el primer pilar desde el tercero, que paso a denominarse
simplemente “Cooperación Judicial y policial en materia penal”; y se introdujo
en el primer pilar un nuevo titulo que recoge lo relativo a la libre
circulación de personas, visados, asilo e inmigración. Pero quizás la más
notable de todas las novedades fuese la introducción de la cooperación reforzada.
Se regulo con carácter general la posibilidad de una integración diferenciada,
en la que no todos los estados avancen al mismo tiempo. Así, las nuevas
disposiciones del Tratado de Ámsterdam permiten que algunos estados inicien una
cooperación mas estrecha en materias no identificadas previamente en el
Tratado, y utilizando para ello el marco comunitario. A pesar de las novedades,
la reforma de Ámsterdam se cerró en un clima de pesimismo, pues no se
realizaron avances importantes en materia de transparencia, ni en la Política
de Exterior y de Seguridad Común, y tampoco se pudo realizar una reforma
institucional que permitiera la quinta ampliación.
Tema 6
El reto finisecular: la ampliación a la Europa Central y Oriental
La desintegración de la URSS y de las democracias populares
Como reacción a plan estadounidense de reconstrucción socioeconómica
del Viejo Continente y a la creación en 1948 de la OECE, la URSS y los países satélites
del este de Europa constituyeron en 1949 el Consejo de Ayuda Económica Mutua
(CAEM-COMECON), más con un fin ideológico que económico.
Desde siempre la URSS vio con mucho escepticismo la
integración política europea y en muchas ocasiones la criticaron al verla como
una influencia negativa para las relaciones internacionales. La Unión Soviética
no dudó con todos los medios, incluso militares, en preservar la división de
Europa con la sovietización de la parte central y suroriental. Solo 40 años mas
tarde, ante el desplome del sistema socialista y la desintegración de la URSS,
los países del este pudieron rectificar su camino en libertad y expresar su
voluntad de retorno a Europa para integrarse en las instituciones de la Unión
Europea.
Entre 1989-1990 los países de la antigua Europa del este
lograron sin apenas violencia (salvo Rumania) romper con el sistema socialista.
A partir de 1990 comenzó para todos ellos una nueva etapa, la transición, con
el objetivo de consolidar definitivamente en la zona el sistema democrático-parlamentario
y lograr la consiguiente modernización económica y social.
Durante la segunda mitad de los 80 terminaron malográndose
en Polonia todos los proyectos de las autoridades comunistas para sacar al país
de la crisis. Así, los comunistas se vieron obligados a entrar en contacto con
los dirigentes de Solidaridad, y ambas partes ponían en marcha en febrero de
1989 una negociación permanente (mesa redonda). Una vez que las autoridades
aceptaron el fin del monopolio del poder del partido comunista, en abril fue
posible cerrar los acuerdos de la mesa redonda: legalización de Solidaridad,
reconocimiento a la libertad religiosa, el acceso a los medios de comunicación,
reforma del sistema educativo, restauración del Senado como Cámara Alta y del
pluripartidismo. En las elecciones los candidatos de Solidaridad alcanzaron
todos los escaños reservados a la oposición en el Sejem y 99 de los 100 escaños
del Senado. En septiembre quedo constituido el nuevo gobierno polaco de mayoría
no comunista, al frente del cual se coloco Mazowiecki.
En Checoslovaquia, el fracaso de la reforma económica
dirigida por el equipo de Husak llevo al sistema del socialismo a un callejón
sin salida; y Husak al perder el partido comunista el control de la sociedad,
fue apartado del cargo de primer secretario. Los nuevos responsables del
partido no supieron como reaccionar y ante tal situación, la disidencia logro
unificar sus fuerzas y fundo en noviembre de 1989 en Praga el Foro Cívico, con
Havel a la cabeza; al mismo tiempo, los opositores crearon Público contra la
Violencia. El primer éxito de la oposición fue obligar al gobierno a entablar
negociaciones para romper con el pasado y avanzar hacia el Estado de Derecho.
En esta situación el Politburó dimitió y a finales de noviembre el partido perdió
el monopolio de la actividad política. El 11 de diciembre se formo un nuevo
gobierno de Unidad Nacional apoyado por el foro cívico y de mayoría no
comunista, presidido por Calfa. En junio de 1990 se celebraron elecciones
libres, en las que Foro Cívico y Público contra la Violencia lograron la mayoría
absoluta en la Asamblea Federal. La consolidación del Estado de Derecho no pudo
evitar la ruptura de la unidad nacional y el 1 de enero de 1993 Eslovaquia
alcanzo su independencia.
En Hungría, en el otoño de 1988, los comunistas reformistas habían
logrado hacerse con el poder dentro del Politburó; a continuación, las nuevas
autoridades hacían público su voluntad de crear un Estado constitucional
moderno. Para avanzar en esa línea, quedó regulado el pluripartidismo al tiempo
que Hungría se convirtió en un Estado democrático de Derecho. El impulso
reformista también llego a la economía, donde comenzó a aplicarse un plan de
austeridad que conllevaba la privatización de empresas estatales. De cara al
exterior, Hungría comenzaba en mayo de 1989 una política de buena vecindad con
los países occidentales al abrir su frontera con Austria. Con el propósito de
alcanzar la plena normalidad política, las autoridades reformistas aceptaron
negociar con la oposición al régimen. De la mesa redonda salio el acuerdo de
convocar elecciones libres en la primavera de 1990. En los comicios resulto victoriosa
la formación del Foro Democrático Húngaro seguido de Alianza de Demócratas
Libres.
Fue en Rumania, ante la actitud intransigente del clan
Ceaucescu, donde los acontecimientos de 1989adquirieron tintes más sombríos.
Las protestas contra los abusos de las autoridades en general y de la policía
secreta del régimen llevaron al gobierno a decretar en diciembre el estado de excepción
en todo el territorio nacional. La represión gubernamental no produjo los
efectos esperados y Rumania entro en una situación de vacío de poder que
aprovecho la primera oposición formada en Rumania para lanzar un comunicado a
todo el país en el cual se confirmaba una revolución pacifica. Rápidamente, el
control del Estado paso a manos del Frente de Salvación Nacional, partido que
bajo los auspicios de Moscú se había formado para derrocar a Ceaucescu (FSN).
En mayo de 1990 tuvieron lugar las elecciones generales a la Gran Asamblea
nacional y las presidenciales. El triunfo se lo llevo en las dos Cámaras el
FSN. A partir de este momento, la oposición actuó más unidad que nunca y formo
la Alianza Cívica en noviembre de 1990 con el objetivo de consolidar en Rumania
el Estado de Derecho: en diciembre de 1991 se aprobó en referéndum una nueva
constitución democrática y parlamentaria de tipo presidencialista.
En Bulgaria, el fracaso de las reformas emprendidas por
Jivkov según la estela de la perestroika de Gorbachov, así como el deterioro de
la actividad económica, hicieron posible el cambio de dirigentes en el partido
y estado, con el, comunista reformista Mladenov como hombre fuerte del régimen.
Al mismo tiempo, comenzaba a tomar cuerpo una primera oposición con el objetivo
de defender los derechos humanos. Esto obligo al gobierno a realizar ciertas
transformaciones: reformó el Código Penal, aprobó una amnistía para los delitos
políticos y anuncio la celebración de unas elecciones libres para 1990, en las
que el partido comunista se presentaría con el nombre de Partido Socialista,
siendo éste el partido que obtuvo mayor numero de votos, seguido por la Unión
de fuerzas democráticas. Tras una serie de desajustes políticos, se realizaron
unas nuevas elecciones en las que el UFD logro la victoria sobre el PSB.
Las republicas Bálticas lograban en agosto de 1991 que las
Comunidades Europeas reconocieran su soberanía; el 6 de septiembre, el Nuevo
Consejo de Estado de la URSS aceptaba su independencia. Desde ese momento, Estonia,
Letonia y Lituania potenciaron sus vínculos comerciales con el norte y centro
de Europa y pusieron en marcha sus procesos de transición a la democracia y a
una economía social de mercado de tipo occidental para acercarse a la Europa
comunitaria.
Yugoslavia, desarticulada socialmente y fragmentada en lo
nacional, comenzó a deslizarse por la senda de la desintegración. De este modo,
el vació de poder existente y las pretensiones expansionistas de Serbia
alentaron la secesión de las antiguas republicas yugoslavas: Eslovenia y
Croacia se declararon independientes, al igual que Macedonia en 1991; un año
después lo hizo Bosnia-Herzegovina.
Una ampliación sin precedentes
Sin duda después de la desaparición del CAEM-COMECON y del
inicio de la transición a la democracia, los países del Este tomaron como
modelo a la Europa comunitaria. Dentro de los programas reformadores, uno de
los grandes retos planteados por los revolucionarios del Este era le retorno a
Europa, afán calurosamente acogido por los responsables de las Comunidades
Europeas, que los animaban a que continuaran por el camino de la libertad política,
consumación de los derechos humanos a cambio de prestarles toda la ayuda
institucional posible en su integración a la Unión Europea. Derrumbados los obstáculos
ideológicos, políticos y económicos que levanto el sistema totalitario
comunista de tipo soviético, los países del centro y sureste europeo estaban en
condiciones de recuperar su plena integridad europea.
Ante la nueva situación creada en Europa, el Consejo Europeo
celebrado en Dublín en 1990 insistía en su propósito de facilitar el
acercamiento entre las Comunidades y los antiguos países del Este. En virtud de
todo ello se establecieron los acuerdos especiales de asociación, denominados
acuerdos europeos, puestos en marcha según cuatro principios: el libre
comercio; la cooperación industrial, científica y técnica; la ayuda financiera;
y la creación de foros para el dialogo en todos los ámbitos. En diciembre de
1991, las Comunidades Europeas firmaron acuerdos de asociación con Polonia, Hungría
y Checoslovaquia (después Chequia y Eslovaquia), los cuales entraron en vigor
el mes siguiente. Estos países formaban el grupo de Visegrado. En noviembre de
1992 las Comunidades también firmaron acuerdos de asociación con Bulgaria y
Rumania, en vigor desde febrero y marzo de 1993, respectivamente. Antes, en
mayo de 1992, la Comunidad había rubricado una serie de acuerdos comerciales y
de ayuda técnica y económica, como paso previo a los de asociación, con Albania,
Lituania, Letonia y Estonia; posteriormente, en junio de 1995, los países bálticos
firmaron también dichos acuerdos de asociación. Con las antiguas republicas
yugoslavas, la Unión Europea solo rubrico un acuerdo de este tipo con Eslovenia
en junio de 1996. Los acuerdos europeos que entraron en vigor en 1992
manifestaron la voluntad de la UE de establecer un marco de relación mucho más
amplio con los países del Este en tanto que contemplaban la ampliación de la UE
hacia esos países.
El objetivo de los acuerdos europeos era la firma de
acuerdos bilaterales entre cada país y la UE con el fin de crear un marco de
cooperación tanto económica como política como base de entendimiento e
integración. Las condiciones para la adhesión exigían el funcionamiento
correcto de la economía de mercado, así como la estabilidad institucional en el
marco de la democracia parlamentaria, el respeto de los derechos humanos y la protección
de las minorías. El avance significativo en las relaciones entre las
Comunidades y los antiguos países del este no presuponía una vinculación a las
estructuras comunitarias pero debía facilitar la adhesión a las instituciones
comunitarias, sobretodo, después de su incorporación al Consejo de Europa. El
31 de marzo de 1994, Hungría presentaba oficialmente su candidatura de
integración, y el 5 de abril lo hacia Polonia.
En vista de la evolución de los acontecimientos, siguiendo
la estela de Hungría y Polonia, los restantes países de la Europa central y
suroriental se sumaron a sus predecesores: en 1995 lo hizo, Rumania,
Eslovaquia, Letonia, Estonia, Lituania y Bulgaria. En 1996 presentaron la
solicitud de adhesión, la Republica Checa y Eslovenia. Tanto el Consejo Europeo
de Corfú (junio de 1994) como el de Essen (diciembre 1994) alentaron la fluidez
de las relaciones entre la UE y los PECO (Países de Europea Central Y
Oriental). Por otra parte, el Parlamento Europeo, encargo a la Comisión la
elaboración de un estudio sobre lo que supondría para la UE la ampliación
definitiva al este.
Poco tiempo después, el Consejo Europeo de Luxemburgo
(diciembre de 1997) autorizó la puesta en marcha del proceso de ampliación a
los países del Este. Las negociaciones comenzaron en marzo de 1998 y los países
seleccionados para una primera etapa fueron Polonia, Hungría, Republica Checa,
Eslovenia y Estonia, a los cuales se añadió Chipre. Posteriormente, el Consejo
Europeo de Helsinki, celebrado en diciembre de 1999, anunciaba la inmediata
inclusión en las negociaciones para el proceso de ampliación de Rumania, Bulgaria,
Eslovaquia, Letonia y Lituania (países de la denominada “2ª Etapa”), además de
Malta y Turquía. De esta manera, se perfilaba una UE de más de veinte países en
los comienzos del XXI.
Tema 8
España en el proceso de integración europea
Las relaciones España-Europa en el XX.
La idea de Europa y España
La idea de Europa ha significado entre los españoles algo
muy diferente a lo largo del XX. De hecho, no fue lo mismo la idea de Europa
antes que después de la II Guerra Mundial. Asimismo, Europa no siempre ha sido
interpretada en clave modernizadora sino también en términos reaccionarios, e
incluso ha aparecido asociada a otras ideas y procesos de carácter totalitario.
En cuanto a la evolución sobre el discurso de Europa a lo largo del siglo XX,
parece evidente que desde el mismo momento en que Joaquín Costa describe a
Europa como paradigma de la modernización, la aproximación a Europa se
transforma en una necesidad, constituyéndose en un símbolo de laicización y de
progreso científico y técnico para, progresivamente, ir asumiendo el
significado de modernización social, de democratización y de desarrollo económico.
Sin embargo, esta línea de acción se interrumpe con la
guerra civil y la dictadura de Franco. Tras la guerra civil y los esfuerzos de
los vencedores por liquidar la raíz liberal del pensamiento español, se eclipsa
el término europeización al paralizarse en la sociedad española el proceso de modernización.
El fin de la II Guerra Mundial, con los inicios del proceso de integración
europea, traerá consigo un cambio en la valoración del referente europeo,
basado en los principios organizativos de Europa Occidental: democracia
constitucional, derechos humanos y libertades individuales junto a derechos
sociales, economía mixta y moderación al aplicar el derecho colectivo de la
autodeterminación nacional. En este sentido, el termino europeización se
vinculara progresivamente al termino europeismo, el cual estará vinculada a una
serie de ideales políticos cuya principal baza sea acabar con la dictadura.
Estos nuevos ideales los portaran los grupos opositores al franquismo tanto en
el territorio nacional como en el exilio.
En ese momento fue cuando comenzó a destacarse con una
fuerza cada vez mayor entre los españoles la ecuación:
Europa-Bienestar-Democracia. En primer lugar esa ecuación afecto, desde el ámbito
de las representaciones y la cultura política, al propio discurso legitimador
de la democracia española. Al inicio de la Transición, los rasgos básicos de la
cultura política de los españoles eran esencialmente comparables a los de los
ciudadanos de las democracias europeas de ahí que se pensara que España no era
tan diferente al resto de países democráticos europeos. En consecuencia, el
ingreso en las Comunidades Europeas fue tan solo un hito final, legalmente
visible de lo que ya se había consumado.
El ingreso en Europa y la consolidación de la joven
democracia española no harían sino confirmar la superación de los viejos
demonios de su cultura política y el éxito de las propuestas modernizadoras. La
modernización de las estructuras políticas, económicas, sociales y educativas
definieron gran parte del itinerario recorrido por España desde la vuelta de la
democracia. El paso de la dictadura franquista a la socialdemocracia en el
plazo de siete años significo según Gabriel Tortilla, “una revolución social
con grandes costes y con graves problemas”. La transformación adquirió
caracteres radicales, pero tuvo lugar en un ambiente de tal cambio vertiginoso
que pocos percibieron lo que realmente estaba sucediendo. El cambio consistió
en el reconocimiento de una serie de derechos ciudadanos que homologaban a
España con la Comunidad Europea y que pretendían colocar a España a la
vanguardia de la Europa social. Sin embargo, la rapidez de su extensión provoco
una explosión de expectativas por encima de lo que las perspectivas económicas
justificaban.
Europa y la
política exterior española
Aquí podemos hablar de una tensión aislamiento-integración
que ha conocido tres momentos y tres significados diferentes en la política
europea de España a lo largo del XX. El primer momento se desarrollo durante la
primera mitad del XX y en ella podemos destacar dos tendencias. De una parte,
la necesidad de inserción en el complejo entramado de los intereses europeos
derivada de la estrecha relación de España a los destinos de Europa; de otra,
la conveniencia del alejamiento de los conflictos continentales, impuesta por
la debilidad del país y la gravedad de las guerras europeas.
Un segundo momento se define a través de un aislamiento
impuesto por la España de Franco desde el final de la II Guerra Mundial. La
indefinición de la posición internacional de España, su precaria vinculación
con Occidente y su incompleta inserción en Europa hasta los 80, dificultara
enormemente la proyección exterior de España. De hecho, los intentos de
aproximación a las Comunidades Europeas en los 60 arrojaron un resultado
mediocre.
El tercer momento, se desarrolla tras el retorno de la
democracia y la adhesión a las Comunidades Europeas en 1986 y se define en función
del nuevo reto que para España supuso el final de la guerra fría y la caída del
Muro. España pronto será consciente de que Europa giraba hacia el Este y que
ello supondría la ruptura del equilibro comunitario norte-sur. En ese contexto,
el problema ha radicado en evitar el regreso a un sentimiento de periferia, una
vez que tan costosamente se ha alcanzado el centro de la construcción europea.
Por ultimo, España ha sabido adaptarse a las mutaciones y transformaciones
experimentadas en Europa en los últimos años. España ya no es un país recién
incorporado que tiene que hacer el triple esfuerzo concentrado de adaptarse a
las Comunidades Europeas.
El concepto de
política europea
Para Andrés Ortega, España tras su ingreso en la CE,
descubrió un nuevo tipo de política, una política europea que cubre la UE y
otras cuestiones que no son genéricamente política exterior. Esta política
europea vendría a cubrir también las relaciones bilaterales de España con otros
estados miembros de la Unión. Según una idea la política exterior europea esta
en realidad constituida por tres tipos de actividades interrelacionadas: la
dimensión exterior de la CE, la política exterior y la seguridad de la UE y las
políticas exteriores de los Estados miembros.
España y el proceso de construcción europea desde 1945
La España de Franco
y las organizaciones regionales europeas (1945-1975)
- Factores condicionantes.
Dictadura versus
democracia: el régimen español fue una dictadura y esta asintonía básica
respecto a Europa occidental definió la situación internacional de España hasta
la muerte de Franco en 1975. El franquismo fue un régimen autoritario que no
era bien visto por las democracias europeas lo que influyo a la hora de su
acomodación en el seno de esta Europa comunitaria. En lo relativo al modelo económico,
también hay que decir que era bastante diverso con respecto al europeo. De
hecho, el modelo autárquico estará agotado al final de los 50. Ante esta
situación, el franquismo se vio obligado a conectar la economía española con
los mercados exteriores y participar en los circuitos financieros
internacionales para obtener suministros de materias primas, bienes de capital
y lograr recursos financieros exteriores.
La guerra fría y sus
consecuencias: tras la II Guerra Mundial se vio como los aliados viraban de
un convencido antifascismo a un anticomunismo, de ahí que el franquismo pasara
a un segundo plano ya que ahora la principal preocupación de los estados era sostener
y evitar el avance del comunismo, el cual podría implantarse en España ante una
hipotética caída de Franco. España era una pieza de cierta importancia en el
tablero geoestratégico occidental, ya que podía actuar de plataforma de
suministro y de repliegue en el caso de producirse una agresión soviética en
Europa occidental. Estados Unidos pronto comprendió esta situación firmando
unos Pactos económicos-militares con España en 1953 que se transformaron en la única
vía legitimadora del franquismo a nivel internacional.
La actitud europea
hacia el franquismo: tres son las posiciones ante el franquismo:
·
La de aquellos que ponían énfasis en la tesis de
propiciar la democratización de España a través de la cooperación económica.
·
Los que consideraban que cualquier ayuda económica
al régimen de Franco supondría un reforzamiento de su posición interior, retrasando
la democratización de España.
·
Otros opinaban que la entrada de España en
Europa favorecería el proceso democratizador del país.
En el origen y evolución de esas posiciones debemos
considerar dos hechos. En primer lugar, la persistencia en la posguerra mundial
de ciertos esteorotipos sobre España heredados de la guerra civil y que oscilan entre la imagen romántica y la
leyenda negra, y que se identifican a grandes rasgos, con una interpretación
humanista y laica y una interpretación tradicionalista y católica del conflicto
entre 1936-39, la primera favorable a la republica, la segunda a la España de
Franco. En segundo lugar es necesario considerar las diferentes actitudes hacia
la España de Franco entre los Estados. Mientras que para EEUU la cuestión
española fue claramente un problema de seguridad, la posición de los gobiernos
europeos no estuvo exenta de cierta dosis de ambigüedad. Para los grupos de
opinión favorables a la integración de Europa y, en general, para la izquierda
europea, era evidente que la España de Franco no debía participar en la construcción
europea. Desde el punto de vista de las instituciones europeas, la presencia de
una dictadura desafiaba los principios sobre los cuales se pretendía edificar
la unidad de Europa.
- La aproximación a Europa de la España de Franco.
La ruptura del
aislamiento y el inicio de la cooperación multilateral: las condenas
internacionales al franquismo desde la declaración de Potsdam y, sobretodo, en
el seno de las Naciones Unidas con la aprobación de la Resolución 39(I) por la
Asamblea General, recomendando la exclusión de España de toda organización o conferencia
internacional mientras no se produjera un cambio en su régimen político,
alejaran a España de los procesos de cooperación internacional desarrollados en
Europa.
El interés del régimen de Franco por encontrar un lugar en
la Europa de posguerra, y por invertir la negativa imagen que sobre él persistía
en la opinión publica europea, se traducirán en un esfuerzo consciente por
abrir cauces de relación con todo organismo europeo. Esta acción se
desarrollara con desigual éxito, ya que si bien España ingresara como país
asociado en la OECE en 1958 no conseguirá incorporarse al Consejo de Europa
hasta 1977 o a la OTAN hasta 1981.
Los problemas de
definición ante Europa (1955-1962): en líneas generales, la posición por la
que atravesó España en la segunda mitad de los 50 podría resumirse en una vez
que el régimen de Franco, tras un periodo de aislamiento internacional, había
logrado una mínima inserción en el
sistema europeo. Momento que coincidió con el agotamiento del modelo económico autárquico
y la necesidad de introducirse en la dinámica económica internacional. Los
esfuerzos de adaptación al medio internacional culminarían con la solicitud de
apertura de negociaciones con la CEE respondiendo a una lógica económica que
garantizase la supervivencia del régimen. A la puesta en marcha de un modelo económico
desarrollista, las necesidades acuciantes del comercio exterior para mantener y
ampliar las exportaciones hacían imprescindible una nueva relación con Europa y
con la CEE.
Los intentos de
aproximación al proceso de construcción europea (1962-1970): la primera
aproximación se producirá al calor de los cambios en la política económica del régimen
y coincidiendo con una tímida aproximación a Europa occidental auspiciada por
el ministro Castiella. En Febrero de 1962, el gobierno español expreso a la
Comunidad el deseo de apertura de negociaciones para una asociación susceptible
de llegar en su día a la plena integración. Ante la solicitud española, la CEE
se vio obligada a tomar oficialmente una postura frente al régimen de Franco.
La posición, tanto en las chancillerías europeas como en los organismos
regionales europeos con asambleas parlamentarias, coincidía en su valoración:
la liberación interior (económica y política), debía ser causa de la
integración en Europa y no efecto. La liberación política era considerada por
Europa occidental como imprescindible para cualquier vinculación que
sobrepasase lo estrictamente económico y técnico.
El acuerdo Comercial
Preferencial de 1970: tras unas largas conversaciones exploratorias y
después de un largo camino, sembrado de dificultades políticas y técnicas, en
junio de 1970, el ministro español de exteriores, el presidente del Consejo en
ejercicio, y el presidente de la Comisión, firmaron un Acuerdo Comercial
Preferencial, que se inscribía dentro de la política mediterránea de la
Comunidad. En líneas generales, el Acuerdo que entro en vigor en octubre de
1970, establecía un sistema general de preferencias con vistas a la supresión
progresiva de los obstáculos, de los intercambios entre España y las Comunidades
Europeas. Desde ese momento y hasta 1975, España y la CEE se enzarzaran en una
compleja negociación técnica para mejorar sus posiciones. Mientras que para la
CEE el Acuerdo firmado con España era estrictamente comercial y de importancia
menor, para España era crucial, tanto política (triunfo del régimen sobre
Europa) como económicamente (consiguió una mayor importación de productos industriales
y no perjudico a la salida de los productos agrícolas), ya que le permitía
colarse en la Comunidad, aunque fuese por la puerta trasera.
La transición y la consolidación democrática (1975-1986): el reto histórico de la integración
- Las bases del proceso de integración
Se suele decir que Europa y las instituciones comunitarias
jugaron un papel positivo en los procesos de transformación y cambio acaecidos
en España desde los 70. El papel de Europa se puede intentar concretar en seis
vectores diferentes: contribuyo a reforzar la legitimidad de la democracia; permitió
el consenso entre todas las fuerzas democráticas ante la adhesión a la CE;
funciono como un amortiguador de la cuestión nacional-regional durante la
transición española; transformo radicalmente la realidad social española a través
de una real modernización; facilito la adaptación de las estructuras financieras,
empresariales y productivas; y permitió resolver una antigua y fundamental cuestión
de la política exterior: la definición de la posición internacional de España.
La legitimidad
democrática del modelo europeo: la existencia de un veto político al
ingreso de España en las instituciones europeas influyó en el animo de algunos
sectores de la sociedad española que habían tolerado o apoyado la dictadura.
Este hecho contribuyo a reforzar desde finales de los 60 la legitimidad de la
democracia tal y como se practicaba en Europa occidental a ojos de las elites y
de la opinión publica española. De este modo, Europa paso a convertirse en un
símbolo de todo aquello que el Régimen de Franco había negado durante tantos
años a los españoles. Por ello, cuando las elites políticas españolas, tanto
los reformistas como la oposición política y sindical, pensaban en un futuro democrático,
lo hacían con la vista puesta en los mecanismos institucionales y los
comportamientos públicos que observaban en las democracias europeas de su
entorno.
La unanimidad ante la
integración europea: ser admitidos, homologados por Europa, se constituye
en una de las banderas principales de socialización política de la naciente
democracia. El vehículo de tal homologación pasaría por el ingreso en las
organizaciones regionales europeas: Consejo de Europa, CCEE. Todas las fuerzas políticas
democráticas interpretaron que la adhesión a la CE era una garantía
indispensable para la joven y frágil democracia española.
La vertebración
nacional: la construcción europea actuó positivamente en otro ámbito
fundamental de la transición española. El ingreso en Europa funciono como un
amortiguador de la cuestión nacional-regional. España necesitaba una nueva vertebración
nacional, que permitiera a sus nacionalidades históricas, su reacomodación en
una realidad democrática después de 40 años de dictadura centralista. Si bien
hubo un consenso unánime respecto a trasvasar poderes del Estado hacia arriba
por parte de las fuerzas políticas españolas, caso distinto fue el acuerdo
sobre el reparto de poderes hacia abajo, donde no se pudo lograr un completo
consenso. Esa compatibilidad que se produjo entre la recuperación de las
libertades democráticas, la creación del Estado de las Autonomías y la
incorporación de España a Europa son elementos que forman parte del mismo proceso
de cambio de la cultura política española
El reto de la
modernización: la tímida liberalización de la economía española iniciada
con el Plan de Estabilización y Liberalización de 1959 y continuada en los años
60 permitió superar parte de su retraso gracias a la proximidad y a las
intensas relaciones económicas mantenidas con los países de la CEE. Durante la
transición, la Comunidad representará ese estimulo para la economía española.
El objetivo de la adhesión significaba, también, una mayor apertura al
exterior. Exigía la supresión de los derechos arancelarios y de las
restricciones cuantitativas a la importación, así como la modificación de las
numerosas normas y practicas que aumentaban la protección del mercado interior.
Asimismo, incentivaba la modernización del aparato productivo y financiero,
poco competitivos. Por otra parte, la aproximación a Europa en el periodo
1975-86 implico una transformación del tejido social.
La inserción en la
sociedad internacional: la indefinición en la posición internacional de
España y su incompleta inserción internacional hasta los años 80 dificulto
enormemente la proyección exterior de España durante la dictadura. El año 1986
es el momento que ha concitado mayor unanimidad entre los estudiosos de la política
exterior española para dar por terminada la transición en materia exterior, ya
que es ahora cuando se produce la entrada en vigor del Tratado de Adhesión a
las CCEE, la firma del Acta Única Europea y la celebración del referéndum sobre
la permanencia de España en la OTAN.
- Negociación, adhesión e integración en Europa
Atendiendo a la evolución de las negociaciones entre España
y las CCEE se pueden distinguir básicamente cuatro etapas:
Las comunidades
europeas y los primeros gobiernos de la monarquía (1975-77): los contactos realizados
con los países europeos tras la muerte de Franco arrojaron un mismo resultado:
si España quería ingresar en las CCEE debía aportar pruebas claras de democratización.
Y esa exigencia, para los primero gobiernos, entrañaba grande problemas: España
no era una democracia y el franquismo aun no había sido desmantelado; la
oposición consideraba a las nuevas autoridades meros continuadores del franquismo
sin franco y exigía unas condiciones mínimas (libertad de expresión, de reunión,
de sindicación, legalización de partidos políticos sin exclusiones, libre
retorno de los exiliados); las instituciones europeas, a través del Parlamento
Europeo, señalaron las pautas que debía seguir el Estado español para facilitar
su ingreso en la CE.
España forzosamente debía mostrar un giro real hacia la
democracia, cosa que se evidencio en las elecciones de junio de 1977. Este
hecho facilito su ingreso en el Consejo de Europa en noviembre del 77, aun
cuando España no contaba con una Constitución democrática.
La solicitud de
adhesión y el inicio de las negociaciones con la CEE (1977-79): el 15 de
junio de 1977 se celebraron en España las primeras elecciones libres desde
1936; el 6 de julio, el Parlamento Europeo se congratulaba por el desarrollo de
las mismas y reafirmaba su voluntad política de ver a España ocupar un sitio en
la CE, cuanto antes. La solicitud española consiguió que en septiembre de 1977,
el Consejo de Ministros de la Comunidad formulase su opinión favorable a la
adhesión, encargando a la Comisión Europea la elaboración de un dictamen sobre
las implicaciones para la CEE de la adhesión de España. En 1978, la Comisión
aprobó y transmitió al Consejo el Dictamen sobre la candidatura española,
favorable a la adhesión. Finalmente, el 5 de febrero de 1979 tuvo lugar en
Bruselas la sesión de apertura oficial de las negociaciones para la adhesión de
España. Pero tras el optimismo por el inicio de las negociaciones y la
esperanza de un ingreso rápido se complicaron un poco las negociaciones y no
permitieron que España formara parte de la CE hasta 1986.
Los primeros
problemas: el bloque francés (1980-82): los primeros problemas en la
negociación se manifestaron a principios de 1980, cuando la Comunidad no
presento el análisis de conjunto relativo a la agricultura, debido a las
reticencias francesas en materia agrícola. También hay que destacar el episodio
del intento de golpe de estado de 1981, que provoco ciertas dudas en la
comunidad comunitaria acerca del ingreso de España en la CE. Finalmente, tras
la visita del presidente Mitterrand a España en junio de 1982, se produjo un
cambio de actitud francesa con el envió a la Comisión de un inventario de los
problemas que planteaba la ampliación. De esta forma, pese a que la
paralización en materia agrícola persistía, se pudo seguir avanzando a buen
ritmo en otros ámbitos.
Hacia la Europa de los
12 (1982-86): el nuevo gobierno español abordo las negociaciones desde un
prisma diferente: conseguir una adhesión basada en los principios de
equilibrio, progresividad y reciprocidad. Dentro de ese cambio de orientación
en la política europea cabe destacar: la introducción de nuevos elementos en el
discurso; definición de un calendario de negociación (establecer como fecha de
la futura adhesión, enero de 1986); esfuerzos por mejorar las relaciones
bilaterales con los países vecinos, en especial con Francia y Portugal.
Sin embargo, los dos problemas más importantes que se
plantearon para la adhesión de España en esta última fase fueron:
reivindicaciones británicas que podrían afectar negativamente a la ampliación
de la Comunidad y desbloquear las negociaciones con España; y la ambigüedad
calculada que caracterizara la posición española ante la OTAN.
En cualquier caso, las negociaciones técnicas continuaron
avanzando por buen camino. En enero de 1984, la Comisión presento al gobierno
español sus posiciones en materia agrícola, lo que permitió entrar en la recta
final de las negociaciones. En esta última fase se debatió acerca de los
periodos transitorios para el ingreso, pero después de solucionar este
problema, solo quedaban por cerrar los últimos flecos técnicos: la negociación
bilateral entre España y Portugal sobre un régimen transitorio especial y la
redacción de los instrumentos de adhesión. El Tratado de Adhesión, firmando en
Madrid el 12 de junio de 1985, fijo un proceso de incorporación inmediata1 que
se haría efectivo el 1 de enero de 1986.
España en Europa (1986-2000): la normalización
- Las adaptaciones institucionales de España a la UE
La formulación y
coordinación de las posiciones nacionales: no cabe duda de que la adhesión
tuvo un importante impacto en las
instituciones públicas, cuyas estructuras y procedimientos tuvieron que
adecuarse a las exigencias de la integración europea. España no dispone de una
Ministerio exclusivamente responsable de las cuestiones europeas. Esa labor ha
sido realizada por la Secretaria de Estado para la CE /SECE), que entre 1986 y
1996 se encargó de la coordinación de las posiciones españolas en la UE y
posteriormente de la Política Exterior y de Seguridad Común. Con el cambio de
gobierno de 1996 se produjo una reestructuración consistente en la creación de
la Secretaria de Estado de Política Exterior y Comunidades Europeas (SEPE-UE)
El papel del
Parlamento en la política europea: el Parlamento Español no ha participado
directamente en el proceso de decisión de la UE. Sin embargo, se han venido
produciendo algunas reformas con el objetivo de vincularlo de formas mas
estrecha al control del Ejecutivo y a la formulación de las posiciones
nacionales en los temas comunitarios la intervención de las Cortes Generales se
ha articulado a través de la Comisión Mixta Congreso-Senado para la UE, creada
en 1985. A partir de 1988 se ha introducido una serie de mejoras en el
funcionamiento de la Comisión con el objeto de transformarla en un foro de
debate político. Finalmente, es preciso destacara que el Gobierno esta obligado
a llevar a los plenos del Congreso su política
europea y balances sobre la evolución de la UE.
Las funciones de las
CCAA: están consideradas como administración comunitaria en la medida en
que implementan las políticas de la UE con arreglo a la distribución de sus
competencias. En general, las administraciones autonómicas también han debido
adecuar su estructura a las exigencias derivadas de su papel en la ejecución y
seguimiento de las políticas comunitarias que les competen, en especial Fondos
Estructurales, política ambientales y Política Agraria Común. En la actualidad,
las CCAA mantienen relaciones directas con las instituciones europeas a través
de oficinas regionales abiertas en Bruselas.
- La política europea de España
El diseño de la
política europea después de la Adhesión (1986-1989): este periodo se
caracteriza por la adaptación y la puesta en marcha de una nueva política
comunitaria tras la adhesión con los siguientes objetivos: incrementar el peso
relativo de la Europa del sur, y en especial de España, consiguiendo mayores
recursos financieros; obtener un trato mas favorable como país menos
desarrollado mediante derogaciones temporales; reforzar los lazos de la CEEE
con el sur del Mediterráneo y, sobre todo, con Latinoamérica. España logro con
relativa rapidez la imagen de un país serio, estable y eficaz, en términos político-administrativos,
consiguiendo inspirar la confianza de inversores potenciales
La definición del
modelo español de construcción europea (1986-91): la segunda fase se
caracterizo por la definición del modelo español de construcción europea y por
su voluntad de alcanzar un perfil internacional destacado en el contexto de las
transformaciones experimentadas por Europa tras el final de la guerra fría. Los
cambios en la política europea de España se desarrollaron en el marco de una
negociación intergubernamental que daría lugar al Tratado de UE entre 1989-91 y
esas transformaciones deben entenderse, tanto como un intento de adaptación a
las implicaciones político-institucionales, sociales, económicas y monetarias
de la creación del Mercado Único y de la articulación de las cuatro libertades
comunitarias (libre circulación de personas, mercancías, servicios y flujos
financieros) previstas para el 1992. La estrategia española a lo largo de esos
años se basó en una premisa básica: la defensa de los intereses nacionales a través
de la presentación de propuestas propias de calado político y económico.
España y la Europa de
Maastricht: la nueva agenda europea (1991-96): básicamente, se puede
caracterizar este periodo como una etapa difícil para la política europea de
los gobiernos socialistas por varias razones: en el marco de la UE, las
dificultades surgen con la nueva agenda europea comunitaria y la crisis económica
de la primera mitad de los 90, y se agravan con la ampliación a 15, al
disminuir su influencia política dentro de la Unión; en el interior, la
ofensiva antiMaastricht, generalizada en Europa, tuvo su lógico reflejo en
España en un contexto de desgaste político y de secesión.
Las causas de esa situación hay que buscarlas en diversos
factores: los cambios derivados de la posguerra fría y de la crisis económica
de la Europa posterior a Maastricht; las variaciones en las prioridades
comunitarias de sus aliados en Maastricht; la inevitable ampliación a 15 y la
ruptura del equilibrio norte-sur. También hay que citar los cambios que se
produjeron en el proyecto de la Unión Económica y Monetaria, cosa que afecto al
gobierno español ya que quería estar dentro del grupo de la UEM, a pesar de las
discrepancias de otros grupos por considerar muy arriesgado seguir en la línea
de política económica marcada por Europa. La percepción de una disminución del
peso especifico de España en la UE ayude a comprender los cambios introducidos
en la política europea de esos años: España se encuadra dentro de los países
que defienden la logia de excepcionalidades (mantenimiento del derecho de
veto); la defensa de las posiciones española se efectúa claramente en términos
de interés nacional; y España cambia el sentido de sus alianzas comunitarias
para aparecer frecuentemente junto a Gran Bretaña.
España, en el núcleo
duro de la UEM (1996-2000): esta fase coincide con la llegada al poder del
PP. La herencia que dejo González a Aznar puede concretarse en tres retos
básicos: formar parte del núcleo de países que acceden a la moneda única en
1999; conseguir que la ampliación al este se realice sin grandes costes para
los países de la cohesión; y mejorar las posiciones españolas dentro de las
instituciones europeas en términos de poder e influencia.
Tema 7
Constitución Europea
El Consejo Europeo de Niza
El
Consejo Europeo de Niza adoptó una Declaración relativa al futuro de la Unión,
en la que se hacía un llamamiento a un debate amplio y profundo sobre el futuro
de la Unión.
La
Declaración planteaba la necesidad de estudiar la forma de establecer y
supervisar una delimitación más precisa de las competencias entre la Unión
Europea y los Estados miembros, el estatuto de la Carta de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea, la simplificación de los Tratados con el fin
de clarificarlos y facilitar su comprensión y el examen de la función de los
Parlamentos nacionales en la arquitectura europea.
En suma,
se trataba de reconocer "la necesidad de mejorar y supervisar
permanentemente la legitimidad democrática y las transparencia de la Unión y de
sus instituciones, con el fin de aproximar éstas a los ciudadanos de los
Estados miembros". Para ello la Conferencia acordó la convocatoria de una nueva
Conferencia Intergubernamental.
El Consejo Europeo de Laeken
Recogiendo
el testigo de Niza, el Consejo Europeo de Laeken adoptó una nueva Declaración
sobre el futuro de la Unión Europea. En este documento se indica que "para
garantizar una preparación lo más amplia y transparente posible de la próxima
Conferencia Intergubernamental, el Consejo Europeo ha decidido convocar una
Convención que reúna a los principales participantes en el debate sobre el
futuro de la Unión" con el objeto de "... examinar las cuestiones
esenciales que plantea el futuro desarrollo de la Unión e investigar las
distintas respuestas posibles".
La Convención Europea
La
Convención Europea, que inició sus trabajos el 28 de febrero de 2002 y los
finalizó el 18 de julio de 2003, ha querido representar un paso significativo
en términos cualitativos en el proceso de la construcción europea, en la medida
en que ha sido un instrumento con el que se ha buscado poner límites al
monopolio ejercido por los gobiernos de los Estados miembros a la hora de
debatir y acordar posibles reformas de los textos constitutivos de la Unión.
El 18 de
julio de 2003 el Presidente de la Convención hizo entregó al Presidente en
ejercicio del Consejo Europeo el Proyecto de Tratado por el que se instituye
una Constitución para Europa.
La Conferencia Intergubernamental
El 4 de
octubre de 2003 se iniciaron los trabajos de la Conferencia Intergubernamental
(CIG). Tras arduas negociaciones, que incluso estuvieron a punto de fracasar en
el Consejo Europeo de Bruselas de diciembre de 2003, los Jefes de Estado o de
Gobierno de los Estados miembros de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo
político en el Consejo Europeo de Bruselas, los pasados 17 y 18 de junio, sobre
el proyecto de Tratado en cuestión.
Con
fecha 12 de octubre de 2004 se aprobaron las Declaraciones anexas al Acta Final
de la Conferencia Intergubernamental y Acta Final.
La Constitución
Europea
El 29 de octubre de 2004 los Jefes de Estado y de Gobierno
de los Estados miembros de la Unión Europea firmaron en Roma la Constitución.
Actualmente
se ha iniciado el proceso de ratificación por cada Estado miembro del texto
constitucional. España fue el primer Estado que sometió a referéndum la
Constitución Europea, el 20 de febrero de 2005.
Proceso
de ratificación
Una vez firmado por los Jefes de Estado y de
Gobierno de la Unión Europea comenzaron los procesos de ratificación en cada
uno de los Estados miembros. En algunos casos, como en Irlanda o Dinamarca, el
referendum tendrá carácter vinculante; en otros, como en el Reino Unido, Países
Bajos o Luxemburgo, al igual que en España tiene un carácter consultivo.
La
entrada en vigor del Tratado, como establece el artículo IV-447 dispone que el
Tratado entrará en vigor el 1 de noviembre de 2006, siempre que en tal fecha se
hayan depositado todos los instrumentos de ratificación. En caso contrario el
Tratado entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al depósito
del instrumento de ratificación del último Estado que cumpla este requisito.
En el
caso de España, tras la firma por parte del Presidente del Gobierno del
Tratado, se abrirá el procedimiento para la ratificación por las Cortes. Será a
través de una ley orgánica como se autorice la celebración y consiguiente
ratificación del Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa.
Además
en España se celebró un referendum con el fin de que los españoles pudieran
pronunciarse sobre el proyecto de Tratado con carácter previo a su ratificación
formal por parte del Reino de España.
El Tratado se divide
en cuatro partes:
Parte I:
contiene los objetivos, los valores y los principios relativos al reparto de
competencias entre la Unión y los Estados miembros, así como las disposiciones
institucionales básicas de la Unión. Aunque el Tratado constitucional
"construye" sobre la base de lo ya existente, lo cierto es que esta
Parte I contiene importantes novedades y muchos de sus artículos son originales
en su redacción.
Parte II: contiene la Declaración de Derechos Fundamentales
de la Unión Europea, tal y como fue proclamada en Niza en diciembre de 2000,
con algunas modificaciones en su preámbulo y en las disposiciones finales de
naturaleza horizontal relativas al ámbito de aplicación y a la interpretación
de su contenido.Parte III: contiene las bases jurídicas de las políticas comunes, así como el desarrollo de las disposiciones relativas al funcionamiento de la Unión esbozadas en la Parte I; en buena medida, reproduce casi sin modificaciones el contenido del Tratado de la Comunidad Europea y del Tratado de la Unión Europea.
Parte IV: contiene las disposiciones generales y finales; su articulado se refiere fundamentalmente a la sucesión y continuidad jurídica entre las actuales Comunidad y Unión Europeas y la nueva Unión Europea, a la aplicación territorial, a los procedimientos de revisión y a la ratificación y entrada en vigor, así como a las versiones auténticas del Tratado constitucional.
El Tratado constitucional tiene dos anejos: el Anejo I, relativo a la lista de productos objeto de la política agrícola común, y el Anejo II, que contiene la lista de los países y territorios de ultramar.
El Tratado constitucional tiene además 36 Protocolos anexos. 28 de estos Protocolos reproducen Protocolos ya existentes en los actuales Tratados de la Comunidad Europea y de la Unión Europea. En la mayor parte de estos 28 casos, los Protocolos han experimentado pequeñas adaptaciones si se les compara con los textos hoy vigentes; no obstante, hay Protocolos que han sido objeto de profundas reformas, como por ejemplo el relativo al papel de los Parlamentos nacionales o el Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad
Novedades
El Proyecto de Tratado por el que se instituye una
Constitución para Europa es un Tratado internacional tanto desde el punto de
vista formal como desde el punto de vista material, sin que pueda por ello
negarse que este mismo texto tiene también, por su contenido general, muchas de
las características propias de un texto constitucional. Por ello se usan
coloquialmente las expresiones de "Constitución Europea" o
"Tratado Constitucional".
Las novedades más importantes del Tratado son:
Simplificación
Consolidación en un solo texto de los actuales Tratados de la Comunidad Europea y de la Unión Europea. Al mismo tiempo se realiza un ejercicio de sistematización y simplificación de sus principales disposiciones, así como de actualización de los mismos y de inclusión de una serie de preceptos nuevos de gran contenido político e institucional. (Parte I y en los capítulos de la Parte III sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia y la acción exterior de la Unión).
Simplificación de los instrumentos y procedimientos de acción de la Unión. Los instrumentos normativos previstos en el Tratado (Título V de la Parte I) son:
- Actos legislativos: leyes y leyes marco europeas, que reemplazan a los actuales reglamentos y directivas.
- Actos no legislativos: reglamentos y decisiones europeas.
- Actos no obligatorios: recomendaciones y dictámenes.
Creación de un Presidente del Consejo Europeo. Esta institución (reconocida como tal por el Proyecto de Constitución) contará con un Presidente que será elegido por mayoría cualificada por el mismo Consejo Europeo por un mandato de dos años y medio. Sus funciones serán:
- Presidir e impulsar los trabajos del Consejo Europeo
- Preparar y dar continuidad a los trabajos del Consejo Europeo
- Facilitar la cohesión y el consenso en el seno del Consejo Europeo
- Presentar de un informe al Parlamento Europeo al término de cada reunión
Reconocimiento de una personalidad jurídica única a la Unión Europea.
Inscripción clara de ciertos principios fundamentales que regulan las relaciones entre la Unión y sus Estados miembros (principio de atribución de competencias, principio de cooperación leal, principio de primacía del Derecho de la Unión, principio del respeto de la identidad nacional de los Estados incluyendo sus estructuras políticas y constitucionales, etc.)
Generalización del actual procedimiento de codecisión como procedimiento legislativo ordinario. El procedimiento de codecisión consiste en el acuerdo del Consejo y del Parlamento Europeo para que se puedan adoptar normas de derecho derivado de la Unión Europea.
Introducción de la posibilidad de que el legislativo comunitario (Consejo y Parlamento Europeo) confiera a la Comisión el poder de aprobar reglamentos delegados que completen o desarrollen elementos no esenciales de la ley o de la ley marco. El objeto de esta reforma es dotar de una mayor agilidad al procedimiento normativo comunitario.
Clasificación de las competencias de la Unión en tres tipos de categorías:
- exclusivas
- compartidas
- medidas de apoyo
Tanto el carácter no exhaustivo de las competencias compartidas como la subsistencia de una cláusula de flexibilidad (ex-art 308 TCE ), son una garantía mínima para permitir la evolución de la Unión y su adaptación a las nuevas necesidades de la realidad social y económica.
Carta de Derechos Fundamentales
Integración de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión, proclamada solemnemente en diciembre de 2000, dotándola de carácter jurídicamente vinculante.
Inclusión de una cláusula habilitante que permitirá a la Unión como tal adherirse al Convenio Europeo de Derechos Humanos; la decisión será adoptada por mayoría cualificada de los Estados miembros. Esto situará a la Unión en situación similar a la que tienen los Estados miembros, sometidos al control externo del Tribunal de Estrasburgo en materia de derechos humanos.
Parlamentos nacionales
La previsión de un nuevo papel para los Parlamentos nacionales a la hora de verificar el cumplimiento del principio de subsidiariedad.
El Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad contiene un mecanismo, coloquialmente denominado de "alerta temprana", de acuerdo con el cual todas las propuestas de la Comisión de naturaleza legislativa han de ser remitidas directamente a los Parlamentos nacionales, para que éstos puedan emitir un dictamen a la atención de la Comisión, del Consejo y del Parlamento Europeo.
Si al menos un tercio de los Parlamentos nacionales (un cuarto en el caso de propuestas en el ámbito de los asuntos de justicia, libertad y seguridad) emite dictámenes motivados apreciando el incumplimiento del principio de subsidiariedad, la Comisión debe reexaminar su propuesta.
El Tribunal de Justicia es competente para conocer de los recursos por violación del principio de subsidiariedad interpuestos por los Estados miembros, a instancia, si procede, de sus Parlamentos nacionales de acuerdo con sus respectivos ordenamientos constitucionales.
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