sábado, 16 de febrero de 2013

Historia de las instituciones europeas



Tema 2

El proyecto histórico de una Europa unida


Los primeros impulsores de la idea

El incremento de las relaciones comerciales y culturales entre los países europeos tuvo un crecimiento espectacular entre 1850 y 1870, cosa que se frustró por los acontecimientos belicistas posteriores. En el periodo de entreguerras, el repliegue de los países europeos hacia sí mismos fomento las tendencias aislacionistas frente al europeismo integrador. Después de 1945 la construcción europea siguió más la línea de defensa de las políticas estatales que apostar más decididamente por una integración más rápida y amplia.

Después de los años de “Paz armada” y de la gran guerra, los viejos sueños europeístas de paz perpetua, buen gobierno y bienestar socioeconómico de los pueblos, quedaron recogidos y reformulados por los defensores de la idea de la unidad de Europa en el novecientos. Parecía en efecto llegado el momento en que la Europa nacionalista e imperialista comenzaba a declinar. Pero ya desde comienzos del XX las señas de identidad de la idea de Europa comenzaron a ser recuperadas. El primer impulso en la recuperación de los valores europeístas lo encontramos en 1900: en el Congreso de Ciencias Políticas de Paris, en el cual se presentaron importantes aportaciones sobre “Los Estados Unidos de Europa”, entre ellas las de Leroy-Beaulieu, quien demostraba que los ideales anteriores de Europa aun permanecían en pie y que a las puertas del nuevo siglo las mejores mentes europeas podían apostar definitivamente por ellas para intentar convencer a los responsables de los distintos gobiernos de que el futuro de Europa pasaba por asumir los postulados del ideal europeo. Entre los defensores e impulsores de la idea de Europa en los años de entreguerras destacaron el conde austriaco Richard Kalergi y el político francés Aristide Briand. 

Kalergi y “Paneuropa”
Kalergi había fundado en Viena, en 1923, una revista y la organización “Unión Paneuropea”, inspiradas en los principios europeístas ya conocidos, publicando a continuación un libro con el título Paneuropa. Según éste, Europa no había tenido rival durante el XIX, pero durante los primeros años de XX, la progresiva emancipación de Asia, la importancia del Imperio Ruso fuera de los limites europeos, la fuerza económica de Japón o la consolidación de los Estados Unidos como potencia mundial provocaron que la hegemonía europea se resintiera. A partir de ahora en Europa se producirá la formación de pequeños estados con el objetivo de separarse de sus antiguos imperios por diversos motivos (culturales, lingüísticos, religiosos). La solución que propone Kalergi es precisamente alcanzar un concepto político de Europa frente a lo que nos ofrece la geografía. Concepto político del que excluye a Rusia (por no ser un país democrático) y a Gran Bretaña (por mantener todavía un gran Imperio). Así, su Paneuropa comprendería los distintos estados continentales que tienen un sistema democrático de organización política e Islandia por estar asociada a Dinamarca. Una Paneruopa concebida en estos términos podría hacer frente a las amenazas que se ciernen sobre ella. En este libro destaca la peligrosidad de una invasión rusa y del espectacular desarrollo que han sufrido los Estados Unidos. Desearía que hubiera una estrecha relación entre Paneuropa y el Reino Unido, siendo este ultimo el portador de los ideales europeos al resto del mundo.

Pero los principales obstáculos para lograr la tan ansiada unidad europea no solo son externos. La permanente rivalidad entre Francia y Alemania constituye un serio inconveniente en este camino. En todo caso, el pacifismo y no solo para mejorar las relaciones franco-alemanas era una actitud que necesariamente deberían adoptar los gobiernos europeos, dada la compleja situación en la que se encontraba el continente. Kalergi critica abiertamente a la Sociedad de naciones, un proyecto interesante pero ilusorio por su debilidad intrínseca y porque actúa en contra de los intereses europeos. Kalergi niega la existencia de naciones compuestas por pueblos uniformes y homogéneos. La mezcla de europeos ha sido siempre el elemento constitutivo principal, por eso las naciones no son comunidades de sangre, sino comunidades de espíritu en las que grandes hombres modelan al pueblo al cual están espiritualmente unidos.

Otra cuestión era como organizar una serie de instituciones que dieran contenido en la práctica al proceso de unidad. Kalergi pensaba que el primer paso debía ser la convocatoria de crear una Oficina permanente y establecerse una periodicidad en las reuniones. En un segundo momento, la fluidez de las conversaciones conduciría a cerrar un tratado de arbitraje y garantía entre las democracias continentales para evitar futuros conflictos. Por la trascendencia del mismo, Gran Bretaña seria invitada a participar en el. En un tercer momento, la conferencia europea establecería una unión aduanera con vistas a una integración económica paulatina, que debería comenzar por suprimir las fronteras comerciales. La culminación de todo este proceso seria la constitución de unos “Estados Unidos de Europa”, con dos cámara de representación: una popular formada por 300 diputados, eligiéndose un diputado por cada millón de habitantes; y otra segunda cámara elegida por cada uno de los Estados. En el terreno lingüístico Kalergi abogaría por el uso del inglés como idioma internacional.

Para lograr estos objetivos, los verdaderos partidos políticos democráticos europeos de distintas tendencias deberán tener entre sus puntos programáticos la lucha a favor de la unidad europea, olvidándose de diferencias ideológicas. En 1924, Kalergi sacó a la luz el “Manifiesto Paneuropeo” en el que animaba a luchar por la unión de los pueblos de Europa dentro de una federación, de la que quedarían excluidos, los imperios Británico y Soviético. También seria imprescindible el buen entendimiento entre Alemania y Francia.      
Briand y el proyecto de “Asociación Europea”
Entre los seguidores de Kalergi destaco el político francés Aristide Briand, cuyos esfuerzos en pro del ideal europeísta fueron secundados por Herriot, quien, en su calidad de presidente del Consejo de Ministros de la Republica Francesa, el 25 de enero de 1925 pronunció un discurso en el senado sobre la necesidad de instituir los Estados Unidos de Europa amen de ser el autor del libro Europa. Con Herriot nos encontramos ante el primer intento de carácter gubernamental de apoyo al proceso de integración europea formulado en la época de entreguerras. En esos años, Briand a la sazón Ministro de Asuntos Exteriores de la Republica Francesa y presidente de Honor de la Unión Paneuropea, comenzó a madurar un plan de actuación que, auspiciado por la Sociedad de Naciones, impulsara definitivamente la unión europea para desterrar las divisiones y los enfrentamientos latentes que la Gran Guerra había potenciado hasta el extremo.

Animado de una firme voluntad europeísta, y con el objetivo de poner en marcha su proyecto de “Asociación” entre las naciones del Viejo Continente, el 5 de septiembre de 1929, Briand presento la X Sesión Ordinaria de Asamblea Plenaria de la Sociedad de Naciones sus ideas sobre el plan de unidad europea. Para impulsar su propuesta europeísta, que siempre contó con el apoyo de importantes personalidad políticas, Briand, por encargo de los 27 delegados europeos de la Sociedad de Naciones, redacto con la colaboración de Alexis Léger un Memorando sobre la organización de un régimen de Unión Federal Europea, presentado el 1 de mayo de 1930. En él apostaba por la creación de un Mercado Común para elevar al máximo el nivel de bienestar humano sobre el conjunto de los territorios de la Comunidad Europea.

El Memorando puede ser sintetizado en tres grandes apartados:
  • Necesidad de un pacto General, salvaguardando el principio de unión moral y reafirmando la necesaria colaboración y solidaridad entre todas las naciones de Europa.
  • Creación de una Conferencia Europea (institución representativa) y Comité Político (institución ejecutiva) para el buen funcionamiento  de la organización.
  • Comité deberá velar por el cumplimiento de los siguientes objetivos: subordinación de lo económico a lo político; cooperación política de Europa, es decir, respetar la independencia y la soberanía nacional de cada estado; y lograr la organización económica de Europa.

La asamblea de la Sociedad de Naciones autorizó la puesta en marcha de una comisión de Estudios para la Unión Europea, la cual debería perfilar más nítidamente los objetivos del Memorando y emitir un informe sobre el proyecto de Asociación. La muerte de Briand producida en 1932, y el cambio de situación política en Alemania con la llegada al poder el Partido nacionalsocialista, freno dicha iniciativa, y anunciaba, según Antonio Truyol, el fin de una época que había conservado cierta ilusión por la idea de Europa.

De la Unión Económica Belga-Luxemburguesa al Benelux 

El 1 de mayo de 1922, el mismo año de las propuestas de Kalergi en pro de la Unión Paneuropea y algunos más antes del Memorandum de Briand, los gobiernos de Bélgica y Luxemburgo aprobaron la creación de la Unión Belga-Luxemburguesa (UEBL); que en 1932 se pretendió ampliar a Holanda. Sobre aquella base, a partir de 1942 y con Europa todavía en guerra el político belga y europeísta convencido Spaak animó a los gobiernos en el exilio de Bélgica, Luxemburgo y Holanda a ampliar sus vínculos de cooperación económica. Fruto de ello fue la creación de la Unión Económica entre Bélgica, Luxemburgo y Holanda, la Convención del Benelux. Tanto por la organización institucional como por la integración de factores económicos, el Benelux ha sido considerado como el laboratorio de las futuras comunidades europeas. Según Jean Lecerf, la experiencia del Benelux, por su éxito mismo, abrió la vía al Mercado Común Europeo.

El europeismo durante los años treinta.  

A partir de los años treinta y durante la II Guerra Mundial el ideal europeísta atravesó por un momento especialmente delicado. Como reacción a las amenazas totalitarias surgidas en Italia y Alemania, una serie de personalidades comprometidas con los viejos postulados de “paz perpetua”, “buen gobierno” y “bienestar socioeconómico” de los pueblos fueron capaces de mantener viva la llama de la idea de Europa y comprometerse en la defensa de la libertad, la justicia, la democracia, el pluralismo, la tolerancia y el respeto de los derechos de la persona. En los años 30 nos encontraremos también con movimientos e iniciativas particulares de carácter europeísta. Así, en 1930, Yves Le Trocquer impulsa la Unión Aduanera Europea, interesada en aportar sugerencias para mejorar la situación económica de Europa, a esto hay que añadir la creación en 1933 en Basilea del movimiento Europa Unión, o en Gran Bretala del Federal Unión. No hay que olvidarse de las reflexiones del profesor Edward Hallet Carr expresadas en un libro titulado Condiciones para la paz. El ímpetu europeísta desplegado por estos grupos, que además pretendían impulsar la colaboración entre las naciones y desterrar el conflicto, no fue, sin embargo, capaz de parar la guerra en Europa, aunque después de 1945 tuvieron una gran influencia en el proceso de integración europea.

Europa en Guerra: la resistencia europea al totalitarismo

Durante los años de la II Guerra Mundial, los postulados europeístas lograron resistir a la fuerza de las armas, e incluso como señalo Jean Monnet, animaron un intento de cooperación entre el Reino Unido y Francia, en el año 1940, para evitar contactos con el enemigo y evitar el armisticio de forma individual. Durante los meses siguientes se trabajo con decisión para ampliar el marco del acuerdo franco-británico para potenciar la unidad de acción contra el enemigo bélico, así como lograr una mayor eficacia en la producción y distribución de recursos. A principios de 1940, Churchill, mas apremiado por las circunstancias que no por un espíritu europeísta, se encargo de recordar que el mejor camino para derrotar a Alemania y frenar la barbarie de la guerra era impulsar la unidad europea. Finalmente, el 16 de junio de 1940, Churchill presentaba al gobierno de Francia, presidido por Reynaud, el proyecto de Unión.

Sin embargo, la evolución de los acontecimientos, con el empuje imparable del ejercito alemán en Francia, que coincidió con el cambio de gobierno en este país, con el mariscal Petain al frente, y la claudicación del mismo el 22 de junio de 1940 ante los alemanes con la firma del armisticio impuesto por Hitler, impidió que dicho acuerdo de unión fraguara convenientemente una vez acabada la guerra.

Fue durante los años de la II Guerra Mundial cuando importantes líderes de la resistencia al nazismo y al fascismo destacaron en su apoyo a la idea de Europa, promoviendo toda una serie de iniciativas que lograron impulsar un gran movimiento de carácter europeísta en la inmediata posguerra y en años posteriores. Esos movimientos de resistencia también estaban convencidos de que lo importante era no caer en los mismos errores de 1919 a la hora de establecer los cauces para la reorganización y reconstrucción de Europa después de la guerra, y ello resulto decisivo en la articulación de un proyecto de integración alentado por los gobiernos europeos occidentales y la propia sociedad civil.

Los movimientos europeos de la posguerra

Fue necesario esperar a la instalación definitiva de la paz en Europa, una vez terminada la II Guerra Mundial, para que dichas propuestas de integración defendidas durante todo el conflicto por las resistencias pudieran fructificar plenamente. Era el momento para Europa, en palabras de Ortega y Gasset, de poner en marcha la gran empresa unitiva. Con el objetivo puesto en las antiguas aspiraciones europeístas, que la Carta del Atlántico hizo suyas al prescribir en su punto Tercero “el derecho de todos los pueblos a escoger la forma de gobierno”, el proceso hacia la unión europea comenzó a fraguarse. Pero, como muy acertadamente intuyeron intelectuales europeos de la talla de Paul Valery, Eliot o Ernst Junger, el fundamento de la futura integración debía buscarse precisamente en los valores de la unidad en la diversidad para progresar, en palabras de Valery, en las artes, en las costumbres, en la política y en las ideas; aunque para Eliot, la unidad de la cultura europea estaba fundamentada en primer lugar en la religión. Siguiendo con el tema de la constitución de la Unión Europea, Junger señala, que la unidad de organización debería reinar sobre la economía, la técnica o el comercio mientras que la libertad se vería asegurada por las diversidades naturales y culturales.

El ejemplo europeísta de Kalergi, Briand o Churchill fue seguido por personalidades como Schuman, Jean Monnet, Adenauer, Spaak o Alcide de Gasperi, cuyo compromiso con la Europa unida fue de gran influencia en el proceso de integración puesto en marcha después de la II Guerra Mundial. Los avatares individuales vividos por cada uno de ellos y el drama de Europa durante el siglo XX, del que habían sido testigo e incluso protagonistas, en la guerra y en la paz, influyo decisivamente en estos hombres de la generación política de la posguerra hasta imbuirles la firme voluntad de hacer Europa.

Esta generación aspiró a encontrar un camino para que el Viejo Continente enterrara definitivamente sus disputas nacionales e ideológicas y avanzara resueltamente hacia la integración supranacional, empezando por el ámbito de la economía, pero sin renunciar a niveles superiores de supranacionalidad, incluso a la unión federal de las naciones europeas, como culminación del ideal europeísta que aspiraba el establecimiento de los Estados Unidos de Europa. La senda a seguir debía transitar por los caminos de la paz, la libertad, el buen gobierno democrático, el bienestar socioeconómico de sus pueblos y el respeto sagrado a los derechos humanos. Estos políticos contribuyeron decisivamente a transformar y modernizar la parte occidental del Viejo Continente con la puesta en marcha de las Comunidades Europeas. Robert Schuman (con el apoyo de Monnet)  fue el gran impulsor de este proyecto de integración supranacional a partir de su conocida “Declaración” de 9 de mayo de 1950.  





























Tema 3

Los orígenes de las Comunidades Europeas

Desde 1941, los aliados iniciaron una política de colaboración activa sustentada en objetivos de guerra y objetivos para la paz. En 1945, EE.UU., Unión Soviética y Gran Bretaña, se dispusieron organizar la paz, ejecutar las bases del nuevo orden mundial y diseñar el futuro de Europa. Sin embargo, las diferencias resultaban notables entre cada uno de ellos, tanto sobre como organizar la paz como sobre el papel que les correspondía en el nuevo orden europeo.

El contexto internacional de posguerra


El poderío de la URSS
La URSS adquiere un papel protagonista en la organización del mundo de la posguerra. Su control territorial vino acompañado de significativas transformaciones internas: Moscú va estableciendo sobre las zonas liberadas formulas político-sociales que garantizaban una influencia preponderante a los partidos comunistas. Esta influencia territorial permitía a Stalin alcanzar uno de los objetivos esenciales de su política: consolidar una plataforma de protección que afiance su seguridad en el oeste y evitar así cualquier tipo de invasión anticomunista o capitalista. No obstante, y a pesar de incuestionable poderío, la URSS muestra síntomas de debilidad que condicionan su comportamiento internacional. Desde un punto de vista socioeconómico el retraso del país es evidente, acentuándose frente a la superioridad de las potencias capitalistas.

La hegemonía de los Estados Unidos 
Estados Unidos surge como la primera potencia militar y económica mundial. Alejados de las devastaciones de la guerra, sus capacidades industriales han crecido considerablemente durante las hostilidades, constituyen el primer exportador del mundo y disponen de la mayor parte de las divisas de oro mundial. Además los Estados Unidos gozaban de un gran prestigio ideológico y político: Roosevelt es el principal artífice conceptual del orden internacional de posguerra basado en el mantenimiento de la unidad aliada y la creación de la ONU que garantice la paz y estabilidad internacionales. A todo esto hay que añadir la pretensión de establecer buenas relaciones con la URSS y evitar la creación de gobiernos títeres en la Europa oriental.

La debilidad de Gran Bretaña
A partir de 1945 las colonias de Gran Bretaña comienzan a emanciparse lo que supone que pierdan su hegemonía en el mundo colonial. Por otro lado, la ruina provocada por la guerra y el endeudamiento exterior marcan las pautas de una crisis económico-financiera que impide a Londres asumir sus responsabilidades imperiales. El hundimiento de Alemania, la debilidad francesa y la proyectada retirada del ejercito norteamericano creaban un vació político en el corazón europeo que corría peligro de ser ocupado por la fuerza avasalladora de la URSS.

La desintegración de la Gran Alianza

La reconstrucción de Europa dependía del entendimiento de los vencedores. La colaboración aliada encontró su máxima expresión en la conferencia de Yalta (febrero de 1945). Sin embargo, las libres deliberaciones de Stalin sobre el territorio de los Balcanes y en Polonia y su deseo de crear satélites comunistas cercanos a la URSS provoco malestar entre los aliados. El distanciamiento y la desconfianza resultaron patentes en la coherencia de Postdam (agosto de 1945) adonde el nuevo presidente norteamericano, Truman, acudía con una posición de mayor firmeza frente a Stalin. Aunque cerrada con importantes acuerdos, los meses siguientes certificaron el grave deterioro de las relaciones entre los aliados y el fracaso en la construcción conjunta de la paz.

Tres factores definieron las discrepancias aliadas en la posguerra: el futuro de Alemania, la situación de Europa central y oriental y la desestabilización del Mediterráneo Oriental.

La tutela y ocupación del antiguo Reich es común a las cuatro potencias (URSS, Reino Unido, Francia y Estados Unidos), lo que supone una entente sobre la política a desarrollar. Pero mientras se llega a acuerdos sobre la desnazificación del territorio, la discrepancia es absoluta en todo lo demás. En 1945, Stalin abandona la idea del desmembramiento (obligando a los anglo-americanos a imitarle) y somete a un control absoluto su zona que impide la normalización economía de Alemania y su reconstrucción política. Moscú no estaba dispuesto a abandonar su zona de ocupación y buscaba mediante la formulación de un proyecto centralista y unificador extender su influencia al conjunto del territorio germano y asentar el poder soviético en el corazón europeo. Londres y Washington, por otra parte, desean insertar a Alemania en el concierto de las naciones, en Europa, y facilitar su crecimiento material para impedir que sea sustraída a la penetración soviética.

La situación de la Europa central y oriental conformaba el segundo elemento de confrontación. Su evolución estuvo caracterizada por el incumplimiento soviético de la Declaración sobre la Europa Liberada y la progresiva satelización del territorio, a través de las formaciones comunistas. La mayoría de los países de Europa del Este vieron en el partido comunista una fuerza coherente debido al papel tan importante jugado en la II Guerra Mundial. De esta forma obtuvieron el poder en la mayoría de los países de la zona oriental. En un primer momento, Moscú insistió en formalizar amplias coaliciones gubernamentales, frentes patrióticos o de centro respetando las formas democráticas, pero otorgando las carteras claves (Interior, Defensa, Información, Seguridad) a los militantes comunistas que permitió depurar la administración y el ejercito, lograr programas económicos de planificación estatal y formalizar acuerdos comerciales con la URSS. En un segundo momento, los aliados gubernamentales fueron aliados y los comunistas pasaron a controlar todos los mecanismos del estado.

Junto a la sovietización de la Europa central y Oriental, la Unión Soviética comenzó a diseñar un eje de penetración hacia el Mediterráneo y el Próximo Oriente a través de la presión sobre Turquía y Grecia. El Kremlin buscaba salidas que permitieran su presencia libre sobre las aguas mediterráneas, aprovechando la debilidad creciente de Gran Bretaña, cuyos problemas económico-financieros impedían mantener su despliegue militar y la hegemonía tradicional de la región.

La cooperación europea


La doctrina Truman y la contención del comunismo
En 1947, Gran Bretaña debido a sus dificultades económicas y de provisión militar tuvo que abandonar posiciones en el mediterráneo oriental, siendo esta zona de vital importancia para la diplomacia norteamericana. La retirada de las fuerzas británicas creaba un vacío de poder que era preciso ocupar de inmediato ya que la amenaza comunista era realmente peligrosa. La respuesta a este nuevo desafió estratégico determino un cambio en la política de Washington. El 12 de marzo, Truman comparecía ante las dos Cámaras del Congreso para exponer la gravedad de la situación internacional y obtener el respaldo a la nueva estrategia de los EEUU en el Mediterráneo. El presidente recordaba la situación en Grecia y Turquía, planteando la necesidad de los Estados Unidos de aportar la necesaria ayuda económica y militar. Paralelamente, Truman aludía a los pueblos sometidos a sistemas totalitarios y a la violación sistemática de los principios de Yalta. La Doctrina Truman abría una política de ayuda a Europa para contener los progresos del comunismo, consciente de que Naciones Unidas no garantizaba la seguridad colectiva.

El Plan Marshall y la cooperación económica europea occidental.
La ayuda norteamericana a Grecia y Turquía coincidió con un deterioro de las condiciones económico-sociales en la Europa Occidental, agravado con las actuaciones comunistas. La dramática situación económica facilita la progresión de las fuerzas comunistas y aumentando el estallido de agitaciones sociales que amenazan con desestabilizar la autoridad de los gobiernos. Especialmente complicada es la situación en Francia e Italia con partidos comunistas enormemente pujantes.

El eje central de su nueva estrategia fue la elaboración de un gran programa de ayuda económica destinado a recomponer el tejido económico-financiero de Europa, situar al continente dentro del sistema de mundial de intercambios y combatir los factores que desestabilizaban sus sociedades. El 5 de junio de 1947, el secretario de Estado Marshall proponía a los europeos, el Programa de Recuperación Europeo, una ayuda colectiva por cuatro años. El Plan Marshall debía asegurar la recuperación material del continente y mantener la prosperidad de la economía norteamericana. El Plan Marshall determino la evolución del continente. Por un lado, acabaría consolidando las esferas de influencia soviética y norteamericana, sellando la división de Europa. Por otro, lanzaría a la Europa occidental en el camino de la unidad. En abril de 1948, el congreso de los EEUU votaba el Programa de Recuperación Europeo que garantizaba la ayuda por un total de 13 mil millones (1948-52), asegurada en un 10% bajo la forma de prestamos y el 90% como fondos perdidos. Por aquellas mismas fechas, el 16 de abril, los países europeos creaban la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE), encargada de distribuir la asistencia norteamericana, la primera organización europea de cooperación y el primer paso para la integración.

El consejo de Europa
La Conferencia de La Haya, desarrollada entre el 7 y 10 de mayo de 1948, también conocida como Congreso de Europa, reunió a cerca de 750 delegados, entre ellos, Churchill, Schuman, De Gasperi, Monet y Spaak. En este congreso se tomaron decisiones en las que primaba la libre circulación de hombres, ideas y bienes; una Carta de Derechos del Hombre que garantizara las libertades de pensamiento, de reunión y expresión, así como el libre ejercicio de la oposición política; un Tribunal de Justicia para respetar dicha Carta; y una Asamblea Europea representando a todas las fuerzas vivas de las naciones. Tras intensos debates que se prolongaron durante un año, el Congreso aprobaba el 5 de mayo de 1949 el Estatuto del Consejo de Europa cuyo objetivo fundamental era fomentar una unión mas estrecha entre sus miembros a fin de salvaguardar y promover sus ideales y principios. El Consejo de Europa, integrado por 17 Estados, la primera institución política europea, contaba con un Consejo de Ministros y una Asamblea parlamentaria de carácter consultivo.

Del Tratado de Dunkerque a la Unión Europea
Francia y Gran Bretaña firmaban en Dunkerque (marzo de 1947) un tratado de alianza militar que contemplaba una asistencia mutua en caso de agresión alemana, ante el temor del posible resurgimiento de ésta. El 22 de enero de 1948, el ingles Bevin, pronunciaba un importante discurso sobre política exterior en la Cámara de los Comunes. Para hacer frente a la amenaza soviética, proponía la consolidación de una Europa occidental integrada por países que tuvieran en común el rechazo a la injusticia y la opresión, la defensa de la democracia parlamentaria, la libertad y los derechos económicos y sociales. De esta forma, el 17 de marzo de 1948, Gran Bretaña, Francia, Bélgica, Luxemburgo y Holanda firman el tratado de Brúcelas constituyendo la Unión Europea, un acuerdo de cooperación cultural, económico y militar. Sin embargo, la debilidad de los europeos obliga a recurrir a Estados Unidos. El 17 de abril, Bevin y Bidault, dirigen un mensaje al secretario de Estado Marshall solicitando su ayuda militar. Finalmente el 11 de junio de 1948, el Senado votaba la resolución Vandenberg que autorizaba al presidente de los EEUU alianzas militares en tiempos de paz. Con la firma del tratado de Washington surgía la OTAN, vaciando de sustancia a la Unión Europea, al ser muchos de sus órganos absorbidos por el Pacto Atlántico.

La Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA): la primera comunidad supranacional    

La declaración Schuman de 9 de Mayo de 1950

El objetivo predominante de la política francesa era mantener las mayores restricciones posibles sobre Alemania, tratando de ganar tiempo hasta que Francia se recuperase en términos políticos y económicos. Estas tensiones se ponían de manifiesto especialmente en torno a la industria del carbón y del acero, que en esos tiempos era absolutamente fundamental para la guerra. Los  acuerdos de Petersberg, que habían puesto fin a la ocupación aliada de Alemania Occidental, dejaban aun dos graves cuestiones territoriales por resolver, la anexión francesa del Sarre, y la administración internacional de la cuenca del Ruhr, una zona muy rica en carbón y acero. Francia y Benelux se resistían a transferir el control del Ruhr a las autoridades alemanas. Los motivos profundos de estas tensiones y la necesidad de encontrar una solución al problema de la integración de Alemania Federal en Europa fueron comprendidos por el francés Monnet.

En 1950, Monnet compartía la preocupación principal de los dirigentes franceses por la superioridad industrial de Alemania y el temor a que la tensión diese lugar a una nueva espiral de proteccionismo y desconfianza. Monnet proponía la puesta en común de determinadas funciones, el carbón y el acero, para que a través de la economía se fuese avanzando en el ámbito de la integración política. Monnet propuso su plan al ministro de Asuntos Exteriores francés, Schuman, quien leyó el texto que había preparado Monnet, y lo apoyo plenamente. Tras algunas resistencias, Schuman consiguió llevar adelante la propuesta de crear un órgano supranacional que pusiera en común la producción franco-alemana de carbón y acero como primer paso hacia una federación europea.

El Tratado de la CECA
La organización que se anunciaba en la Declaración Schuman no se limitaba a Francia y Alemania, sino que se abría también a otros países, que acogieron la invitación de forma muy diferente. Finalmente se adhirieron al programa Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Luxemburgo, Holanda. Las negociaciones subsiguientes para la elaboración de un Tratado internacional por el que se estableciera una Comunidad Europea del carbón y del Acero se desarrollaron en Paris bajo la dirección de Monnet. La estructura institucional de la CECA dio lugar a duras negociaciones, en las que el problema central fue el de la legitimidad de la Alta Autoridad. La atribución de amplias competencias a una institución supranacional, independiente de los gobiernos, despertaba muchos recelos. Monnet acabó aceptando la solución intermedia de un Consejo de Ministros con competencias limitadas a las cuestiones de política económica general, mientras que la Alta Autoridad retendría todos los poderes relacionados con la producción y la gestión del carbón y del acero. Finalmente el Tratado constitutivo de la CECA pudo firmarse en Paris por los seis estados miembros el 18 de abril de 1951. De esta manera, a través del Tratado de creación de la CECA, se puso en marcha un Mercado Común del carbón y del acero que implicaba la supresión de los derechos de aduana y de las restricciones cuantitativas a la libre circulación de esos productos. Se crearon cuatro instituciones:
·        Alta Autoridad: goza de amplios poderes y esta compuesta por personas designadas por los gobiernos de los Estados miembros.
·        Consejo de Ministros: compuesta por representantes de los estados miembros, que deciden acerca de las decisiones más importantes.
·        Asamblea Común: integrada por miembros de los Parlamentos nacionales.
·        Tribunal de Justicia: encargado de velar por la interpretación y la aplicación del Tratado.

Tras la ratificación del Tratado por los Parlamentos nacionales, la CECA entro en vigor el 23 d julio de 1951, y Monnet fue nombrado presidente de la Alta Autoridad.

Dos proyectos abordados: la Comunidad Europea de Defensa (CED) y la Comunidad Política Europea (CPE)

El estallido de la guerra de Corea en junio de 1950 planteó de nuevo el problema de la defensa europea. Presionados por inminencia de la amenaza soviética, Estados Unidos había aceptado participar activamente en la defensa europea y se había comprometido a mantener efectivos en Europa. La firma del Tratado del Atlántico Norte, que tuvo lugar en Washington el 4 de abril de 1949, consolidada este compromiso constituyendo la OTAN. En 1950, con el recrudecimiento de la situación, EEUU accedió a mandar nuevas tropas pero con la condición de un rearme europeo, lo que implicaba un aumento en la fuerza militar alemán. Los europeos parecían atrapados entre la amenaza soviética y el temor a un nuevo rearme alemán. En esta tensa situación, el primer ministro francesa Pleven, propuso la creación de la CED (tras el éxito de la CECA). El objetivo de la misma era constituir un ejército europeo, que permitiese contar con soldados alemanes, pero en el marco de un ejército integrado.

El tratado de la CED fue firmado en Paris el 27 de mayo de 1952 por los seis estados miembros de la CECA. Sin embargo, el proyecto no logro el mismo apoyo que había cosechado la primera de las Comunidades Europeas. Por otra parte, para decidir sobre el uso de ese ejercito común se hacia necesario contar con una política exterior común, y una autoridad política integrada. El primer ministro italiano De Gasperi, trató de solventar esta cuestión creando una Comunidad Política Europea (CPE), una organización política con una autoridad supranacional, para la formación de una política exterior común. A continuación, una Asamblea formada por parlamentarios de la CECA y del Consejo de Europa elaboro rápidamente un anteproyecto de Tratado CPE, de carácter federal que fue presentando en marzo de 1953.

Sin embargo, el proyecto de CPE quedo relegado cuando la Asamblea Nacional Francesa rechazó en agosto de 1954 la ratificación del Tratado de la CED. A pesar de que el proceso de ratificación avanzaba favorablemente en los otros cinco Estados miembros, el rechazo francés supuso el olvido de las nuevas comunidades. La CED y la CPE nunca llegaron a entrar en vigor.






































Tema 4

La Europa de los seis. Las Comunidades Europeas entre el desarrollo y la crisis


Los Tratados de Roma

Tras la renuncia de Monnet como presidente de la Alta Autoridad de la CECA que supuso un duro revés para el proceso de integración europea, los ministros de Asuntos Exteriores de los seis estados miembros, en 1955, se reunieron en Messina con el objetivo de poner en marcha el nuevo arranque europeo.

El nuevo impulso integrador debía centrarse en el ámbito económico. Las experiencias de la CED y de la CPE mostraban las dificultades existentes para trasladar la integración al terreno político. Francia era partidaria de seguir en la línea de la CECA en cuanto a modelo económico, mientras que Alemania y Holanda eran partidarias de avanzar hacia una integración económica global. Para contentar a ambas partes se elaboraron dos informes, uno sobre la materialización de una Unión en el campo de la Energía Nuclear y otro sobre una Unión Económica General.

El resultado de los trabajos fue un informe presentado en Venecia en mayo de 1956, que sirvió de base para unas negociaciones posteriores llevadas a cabo en Bruselas. Por fin, en marzo del 57, se firmaron en el Capitolio de Roma los Tratados constitutivos de la Comunidad Económica Europea (CEE) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). Quedaban así constituidas las tres Comunidades Europeas, que transformaron profundamente la realidad europea en los siguientes años. La CEE es la más importante de las tres Comunidades, y a la que ha correspondido siempre el liderazgo político en el proceso de integración. Sus objetivos generales eran “promover un desarrollo armonioso de las actividades económicas en el conjunto de la Comunidad, una expansión continua y una estabilidad creciente, una elevación acelerada del nivel de vida y relaciones mas estrechas entre los Estados que se integran”. Además el TCEE pretendía lograr un gran mercado común, con las mismas características que un mercado nacional, y regido por la libre competencia, en el que circulasen libremente las mercancías, las personas, los servicios y los capitales.

La ultima de las tres Comunidades, la EURATOM, tenia como objetivo la creación de un mercado común de la energía nuclear, contribuyendo con ello a la creación y desarrollo de las industrias nucleares, a la elevación del nivel de vida en los estados miembros, y al desarrollo de los intercambios con los demás países. Para realizar las funciones establecidas en los dos nuevos tratados, éstos preveían un sistema institucional semejante al de la CECA:
·        Comisión: representa el interés general propiamente comunitario.
·        Consejo: en el que esta representado el interés de los Estados miembros a través de un representante de rango ministerial de cada de uno de ellos.
·        Asamblea (actual Parlamento), formada por representantes de los pueblos del Estado
·        Tribunal de Justicia: compuesto por jueces independientes, que garantiza el respeto del Derecho en la interpretación en la aplicación de los Tratados.

La puesta en marcha de las Comunidades Europeas: Los 60

Las Comunidades Europeas comenzaron su andadura con una gran ausencia, el Reino Unido, a pesar de que éste había participado inicialmente en las negociaciones que dieron lugar a los Tratados de Roma, aunque pronto se retiro de las mismas por discrepancias con los seis socios. La reacción británica a esta situación fue proponer a los países de la Organización Europea de Cooperación Económica que no formaban parte de la Comunidad la creación de una zona de libre cambio. Suecia, Dinamarca, Noruega, Austria, Suiza y Portugal aceptaron la oferta del Reino Unido, y en agosto de 1960 se firmó el Tratado de la Asociación Europea de Libre Cambio (EFTA). Nacía así la Europa de siete frente a la Europa Comunitaria de los seis. La EFTA entró en vigor en julio del 60 con el objetivo de completar el desarme arancelario siete años mas tarde. Sin embargo, en agosto de 1961, el Reino Unido solicito su ingreso en la Comunidad, dado el éxito de ésta. Junto con el Reino Unido solicitaron la adhesión Irlanda (61), Dinamarca (61) y Noruega (62).

La llegada al poder de De Gaulle tuvo graves consecuencias en el proyecto comunitario, dado que tanto el general como su primer ministro Debre, tenían una visión de Europa muy diferente a la que habían propuesto en los 50 los padres fundadores. Su idea acerca de Europa divergía de la de sus socios comunitarios en dos aspectos: por un lado, De Gaulle insistía en que la Europa comunitaria debía mantener su independencia respecto a los EEUU y por este motivo se oponía a la adhesión del Reino Unido, debido a su estrecha relación con los norteamericanos; por otro, entre el proyecto comunitario y la Europa de los Estados, De Gaulle pensaba que las únicas entidades con derecho a ordenar y poder para ser obedecidas eran los Estados.

El rechazo francés al supranacionalismo tuvo consecuencias graves en el desarrollo de las Comunidades. En junio de 1965, con motivo de una votación en el Consejo sobre la política agrícola, Francia declaró que no aceptaría la regla de la mayoría y abandono el Consejo. La crisis duro seis meses, durante los cuales, Francia no acudió a las reuniones del Consejo y la actividad comunitaria se redujo al mínimo. Por fin, en enero de 1966, los seis llegaron a un acuerdo en la ciudad de Luxemburgo. A partir de hora la toma de decisiones debería llevarse a cabo con el total acuerdo de todos los miembros, cosa que dificultó de ahora en adelante las negociaciones en el Consejo.
En definitiva, los años 60 no deben contemplarse con pesimismo, pues si bien en el ámbito político la regla de la mayoría quedó desplazada de la vida comunitaria, en el ámbito jurídico se produjeron cambios fundamentales que dieron lugar a la consolidación de un sistema jurídico supranacional. Por otra parte, a lo largo de los 60, los periodos transitorios se fueron cumpliendo puntualmente, hasta el punto de que la realización de la Unión aduanera que se había previsto inicialmente para el 1 de Enero de 1970 quedo completada el 1 de julio de 1968.

Tras la caída de De Gaulle, motivada por los acontecimientos del Mayo del 68, le sucedió Pompidou, quien intento mejorar las relaciones francesas con sus socios europeos. Por ello, a iniciativa francesa, se convoco una Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno que se celebro en La Haya en diciembre de 1969, con el fin de reactivar la vida comunitaria bajo el lema: profundización, consolidación y ampliación. En dicha conferencia se pactaron los reglamentos agrícolas y se decidió establecer un sistema de recursos propios, que dotases a la Comunidad de una mayor independencia económica respecto a los Estados miembros. Se acordó aumentar los poderes de la Asamblea en materia presupuestaria, y acelerar la elección de sus miembros por sufragio directo.



























Tema 5

Ampliación y profundización. De las Comunidades europeas a la Unión Europea.


En esta Conferencia de La Haya también se decidió crear un comité para estudiar una posible Unión Política y Unión Económica y  Monetaria. Pero sobretodo, se acordó la apertura de las negociaciones con el Reino Unido, Irlanda, Dinamarca y Noruega.

Los difíciles años 70

Las negociaciones para la primera ampliación, que habían comenzado en 1970, finalizaron con la firma de los Tratados de adhesión en enero de 1972. A continuación, en Irlanda y en Dinamarca se celebraron sendos referéndums cuyos resultados fueron positivos a diferencia de Noruega donde triunfo el NO. En el Reino Unido, el gobierno conservador de Edward Heath no convoco referéndum, pero surgieron varios problemas en la Cámara de los Comunes con esta cuestión. Finalmente el Tratado entro en vigor para el Reino Unido, Dinamarca e Irlanda el 1 de enero de 1973.

En Paris se inicio el desarrollo de una política comunitaria de medio ambiente y también de una política regional, previéndose la creación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Por otra parte, los Estados recordaron los fines políticos del proyecto comunitario, y por primera vez se estableció el objetivo de configurar una Unión Europea que debería lograrse antes de que finalizase la década. Ante esto, se decidió crear un comité que realizase un informe global sobre la configuración de la futura Unión Europea. La presidencia del mismo recayó en el primer ministro belga, Leo Tindemans. El comité Tindemans comenzó a trabajar en un clima difícil, determinado por la dura crisis energética y económica originada por el conflicto árabe-israelí, por las dificultades de los estados miembros para alcanzar posturas comunes en sus relaciones internacionales, y por las fuertes reticencias de los dos nuevos socios, Dinamarca y el Reino Unido.

En 1974, tras la victoria de los Laboristas en las elecciones surgieron dudas sobre la continuidad del Reino Unido en la Comunidad europea, ya que no consideraban suficientes los acuerdos del Tratado de adhesión. Tras una renegociación el gobierno convoco un referéndum recomendando el sí, y en 1975, los británicos se pronunciaron a favor de la continuidad en la Comunidad Europea. A continuación, los laboristas ocuparon sus escaños en el Parlamento Europeo. No obstante, en los próximos años la Cámara de los Comunes se mostró reticente a la aportación británica al presupuesto, cosa que se intensificó con el gobierno Thatcher.

En 1979 el Reino Unido mostró su malestar por los problemas presupuestarios en el ámbito europeo y hay que destacar también la firma del Tratado de Adhesión de Grecia. Antes de la firma del Acta Única Europea entraron en vigor el 1 de enero de 1986 los Tratados de Adhesión de España y Portugal, que se habían firmado en Lisboa y Madrid el 12 de junio de 1985. Las dificultades para estos tratados se dieron principalmente al potencial económico y social español y a las reticencias francesas, que solo pudieron superarse cuando Alemania garantizó a Francia un aumento de los recursos propios que revertiría en la Política agraria. La Comunidad alcanzaba así los doce estados miembros, que firmaron el AUE en dos tandas, nueve firmaron el 17 de febrero de 1986, y tres, Dinamarca, Grecia e Italia, el 28 de Febrero.

La primera gran revisión de los Tratados constitutivos: el Acta Única Europea

En 1981, los ministros de Asuntos Exteriores de Alemania e Italia, Dietrich y Colombo, con el fin de impulsar la Cooperación Política Europea, propusieron constituir un Acta Única Europea que condujese en un plazo de cinco años a un Tratado de Unión Europea. Finalmente esta iniciativa no recibió el seguimiento esperado.

En 1984 tuvo lugar una iniciativa de gran importancia, al aprobarse el proyecto de Tratado de la Unión Europea en el Parlamento el día 14 de febrero. Este proyecto es el fruto de la iniciativa de Altiero Spinelli, un diputado italiano europeísta, federalista y de izquierdas, que desde el verano del 80 comenzó a trabajar para la consecución de una reforma institucional profunda. Spinelli aglutino en torno a él a un grupo de diputados de distintas ideologías y nacionalidades. Estos diputados lograron el apoyo necesario para que en julio de 1981, el Parlamento aprobase la creación de una Comisión Institucional que habría de realizar un proyecto de reforma de los Tratados. Los trabajos de esta Comisión dieron lugar al proyecto de Tratado de la Unión Europea, el cual fue aprobado en 1984 (237 a favor, 31 en contra).

Sin embargo, el proyecto de Tratado encontró menos apoyo en los Estados miembros, que consideraban el texto demasiado federalista, el cual, creaba una Unión Europea y proponía una profunda reforma institucional (mayor protagonismo del Consejo Europeo y del Parlamento), así como un avance sustancial en el ámbito de la Cooperación Política. El proyecto Spinelli nunca llego a ver la luz. No obstante, todas estas iniciativas reactivaron el debate y aportaron las sugerencias y el impulso necesario para que pudiese realizarse la primera gran reforma de los Tratados, el Acta Única Europea.

En junio de 1984, el Consejo Europeo de Fontainebleau puso las bases para un nuevo relanzamiento europeo, al anunciar la creación de dos comités integrados por representantes de los jefes de Estado. En diciembre se presentó un primer informe parcial, y en julio de 1985, el informe definitivo, conocido como el informe Dooge (antiguo ministro irlandés de Asuntos Exteriores), se presento al Consejo Europeo de Milán, que decidió, a pesar de los votos en contra de Gran Bretaña, Grecia y Dinamarca, convocar una conferencia intergubernamental para reformar los Tratados. El proceso daría lugar al Acta Única Europea (AUE)    

En el preámbulo del AUE, los Estados se manifestaron resueltos a construir una Unión Europea basada por una parte en las Comunidades, y por otra en la Cooperación Europea en materia de política exterior. El AUE tuvo el merito de ser el primer texto de derecho originario que reconoció expresamente el objetivo de crear una Unión Europea. Reformas:

Reforma Institucional: en el ámbito institucional se produjeron cambios sustanciales. El Consejo Europeo encontró por fin su lugar en los Tratados, otorgándosele un papel un papel fundamental en la orientación de las Comunidades y en la cooperación política. El parlamento salio muy reforzado, especialmente a través de la creación de un nuevo procedimiento legislativo denominado “de cooperación”. A partir del AUE, al Consejo le resultará difícil aprobar un acto sin el apoyo del Parlamento. Por otra parte, estableció un procedimiento por el cual para tratar los temas de adhesión se requeriría un dictamen favorable del Parlamento. En lo que respecta al Consejo, el AUE le devolvió definitivamente la regla de la mayoría. En cuanto a la comisión, esta vio consagradas sus competencias de ejecución. Además, la recuperación de la regla de la mayoría tendría por efecto un incremento del papel de esta institución. El Tribunal de Justicia por su parte, contemplo como se trataba de aliviar su sobrecarga de trabajo, creándose un Tribunal de Primera Instancia.

El objetivo de crear un mercado interior: el libro blanco para la consecución del mercado interior, publicado en 1985, daba cuenta de las numerosas barreras físicas, técnicas y fiscales que aun restringían las libertades de circulación de los factores productivos. Por eso, en el contexto económico de los años 80, cuando Europa buscaba vías adecuadas para aumentar su competitividad, los Estados acordaron dar un nuevo impulso al mercado común. Para ello, le dotaron de una nueva denominación, mercado interior, y sobre todo de un nuevo y poderosísimo instrumento, la regla de la mayoría. El AUE preveía que con este nuevo instrumento, el objetivo del mercado interior se estableciese progresivamente en el transcurso de un periodo que terminaría el 31 de diciembre de 1992.

Las nuevas competencias y la codificación de la Cooperación Política Europea: el AUE reforzó algunas de las políticas comunitarias ya existentes, al tiempo que atribuyó competencias a la CEE en nuevas materias. Se trataba sobretodo de las llamadas nuevas políticas que no se habían previsto en los Tratados de Roma. Se incluyeron en el Tratado CE tres nuevo títulos: la investigación y el desarrollo tecnológico, el medio ambiente, y la cohesión social y económica. Pero quizás la reforma fundamental del Acta será la regulación, por primera vez, de la Cooperación Política Europea. El AUE codificó por fin la Cooperación Política Europea, recogiéndola en el Tratado, que habría de regular sus objetivos y su funcionamiento.


La Unión Europea. El Tratado de Maastricht.

El impulso que el AUE dio al mercado interior puso de nuevo sobre la mesa el viejo objetivo de realizar una Unión Económica y Monetaria (UEM), que culminase en un mercado único. Por estos motivos, el Consejo Europeo de Hannover, reunido en junio de 1988, decidió constituir un comité de expertos para que estudiase y propusiese las etapas concretas para llevar a cabo la UEM. Fue el mismo AUE el que, al poner en marcha el mercado interior, puso también las bases para una nueva reforma de los Tratados. Pero no fue el AUE el único motor impulsor de la reforma, pues tan solo unos meses después de la celebración del Consejo Europeo de Madrid, cayó el Muro de Berlín. El fin de la guerra fría y el surgimiento de las nuevas democracias del Este planteaban después de tantos años la posibilidad de una reunificación alemana (1989, plan de Khol a favor de la reunificación). Las nuevas circunstancias exigían dar un gran paso en a integración, y avanzar decididamente en la construcción política de Europa. Con tantas expectativas, el Consejo Europeo celebrado en Dublín en abril de 1990 convocó dos conferencias intergubernamentales, una para la UEM y otra para la Unión Política Europea. El resultado de las negociaciones fue la presentación en el mes de junio de 1991 de un proyecto de Tratado de Unión que contenía los trabajos de las dos conferencias. Tras intensos trabajos, finalmente el 7 de febrero de 1992, en Maastricht se presento el nuevo Tratado de la Unión Europea (TUE). El Tratado de la Unión Europea ha sido la reforma mas profunda de los Tratados que se ha realizado nunca. Por el Tratado firmado en Maastricht, los estados miembros constituyeron por fin una Unión Europea.

Nueva estructura
La nueva Unión tenia, y sigue teniendo en la actualidad, su fundamento en las tres Comunidades Europeas, completadas por dos nuevos ámbitos de cooperación. La nueva unión se asemeja a la estructura de un templo griego con tres pilares. Tras unas disposiciones iniciales, frontón del templo comunitario, el primer pilar contiene las Comunidades Europeas, CEE, CECA y CEEA. La CEE sufrió una profunda transformación, cambiándose incluso su denominación que paso a ser la de Comunidad Europea (CE). Este primer pilar comunitario esta dominado por la supranacionalidad que ha caracterizado al proyecto comunitario desde su origen. El segundo pilar cubre lo que anteriormente se había llamado cooperación política y que ahora evoluciona y se denomina la Política Exterior y de Seguridad Común. El tercero es el de la Cooperación en Asuntos de Justicia e Interior. Estos dos pilares se caracterizan por estar basados en la mera cooperación intergubernamental. El núcleo de esta Unión es la Comunidad Europea que contiene entre otras cosas el mercado interior, las políticas socioeconómicas como la agrícola, la industrial, o la de transportes, y la Unión Económica y Monetaria. 





Las novedades en el primer pilar
En el ámbito institucional, el Parlamento vio de nuevo reforzadas sus competencias, al crearse un nuevo procedimiento legislativo, de codecisión, que situaba al Consejo y al Parlamento prácticamente en pie de igualdad. En el ámbito competencial también hubo novedades sustanciales. Se atribuyeron a la Comunidad competencias en nuevas materias de naturaleza no económica, como en educación, formación profesional y juventud, en cultura y en salud publica. Otra novedad fundamental de Maastricht, fue la creación de una Ciudadanía de la Unión, complementaria a la nacional, a la que se asociaban determinados derechos. Pero sin duda la gran novedad fue la de la Unión Económica y Monetaria. El Tratado establecía detalladamente las fases que se recorrerían para lograr, no más tarde de 1999, la fijación irreversible de los tipos de cambio de las monedas de aquellos países que cumpliesen los criterios previamente establecidos. Asimismo, el Tratado regulaba el Sistema Europeo de Bancos Centrales, que habría de definir y ejecutar la futura política monetaria de la Comunidad.

La firma del TUE tuvo lugar el 7 de febrero de 1992 en un clima de optimismo, ya que los estados eran conscientes de haber cerrado la más importante reforma de los Tratados. El proceso de ratificación del Tratado recorrió una senda de dificultades, primero con la negativa de Dinamarca que se soluciono con un segundo referéndum, y después con la necesidad de una reforma en las constituciones de Francia, España, Portugal y Alemania. Por fin el Tratado de la Unión Europea entro en vigor el 2 de noviembre de 1993.

Por otro lado, desde enero de 1995, Austria, Finlandia y Suecia pasaron a engrosar la lista de estados miembros de la Unión Europea, elevando el número total a 15. En 1996 se inicio una nueva conferencia intergubernamental con el fin de reformar los tratados. Se pretendía especialmente mejorar la eficacia y la transparencia de la Unión, con el fin de acercar esta a los ciudadanos, mejorar la Política Exterior y de Seguridad Común, y reformar las instituciones para poder proceder a la ampliación de la Unión hacia los Estados del este. En este sentido, era necesario: ampliar los casos en los que el Consejo vota por mayoría, pues en una Europa ampliada, el voto por unanimidad dificultaría enormemente la toma de decisiones. La ampliación no podría realizarse sin darse antes una solución a la situación.

El Tratado de Ámsterdam, firmado el 2 de Octubre de 1997, introdujo varias modificaciones importantes: el Estado de Derecho y los derechos humanos salieron notablemente reforzados; se produjo un traspaso de materia hacia el primer pilar desde el tercero, que paso a denominarse simplemente “Cooperación Judicial y policial en materia penal”; y se introdujo en el primer pilar un nuevo titulo que recoge lo relativo a la libre circulación de personas, visados, asilo e inmigración. Pero quizás la más notable de todas las novedades fuese la introducción de la cooperación reforzada. Se regulo con carácter general la posibilidad de una integración diferenciada, en la que no todos los estados avancen al mismo tiempo. Así, las nuevas disposiciones del Tratado de Ámsterdam permiten que algunos estados inicien una cooperación mas estrecha en materias no identificadas previamente en el Tratado, y utilizando para ello el marco comunitario. A pesar de las novedades, la reforma de Ámsterdam se cerró en un clima de pesimismo, pues no se realizaron avances importantes en materia de transparencia, ni en la Política de Exterior y de Seguridad Común, y tampoco se pudo realizar una reforma institucional que permitiera la quinta ampliación.






































Tema 6

El reto finisecular: la ampliación a la Europa Central y Oriental

 

La desintegración de la URSS y de las democracias populares

Como reacción a plan estadounidense de reconstrucción socioeconómica del Viejo Continente y a la creación en 1948 de la OECE, la URSS y los países satélites del este de Europa constituyeron en 1949 el Consejo de Ayuda Económica Mutua (CAEM-COMECON), más con un fin ideológico que económico.

Desde siempre la URSS vio con mucho escepticismo la integración política europea y en muchas ocasiones la criticaron al verla como una influencia negativa para las relaciones internacionales. La Unión Soviética no dudó con todos los medios, incluso militares, en preservar la división de Europa con la sovietización de la parte central y suroriental. Solo 40 años mas tarde, ante el desplome del sistema socialista y la desintegración de la URSS, los países del este pudieron rectificar su camino en libertad y expresar su voluntad de retorno a Europa para integrarse en las instituciones de la Unión Europea.

Entre 1989-1990 los países de la antigua Europa del este lograron sin apenas violencia (salvo Rumania) romper con el sistema socialista. A partir de 1990 comenzó para todos ellos una nueva etapa, la transición, con el objetivo de consolidar definitivamente en la zona el sistema democrático-parlamentario y lograr la consiguiente modernización económica y social.

Durante la segunda mitad de los 80 terminaron malográndose en Polonia todos los proyectos de las autoridades comunistas para sacar al país de la crisis. Así, los comunistas se vieron obligados a entrar en contacto con los dirigentes de Solidaridad, y ambas partes ponían en marcha en febrero de 1989 una negociación permanente (mesa redonda). Una vez que las autoridades aceptaron el fin del monopolio del poder del partido comunista, en abril fue posible cerrar los acuerdos de la mesa redonda: legalización de Solidaridad, reconocimiento a la libertad religiosa, el acceso a los medios de comunicación, reforma del sistema educativo, restauración del Senado como Cámara Alta y del pluripartidismo. En las elecciones los candidatos de Solidaridad alcanzaron todos los escaños reservados a la oposición en el Sejem y 99 de los 100 escaños del Senado. En septiembre quedo constituido el nuevo gobierno polaco de mayoría no comunista, al frente del cual se coloco Mazowiecki.

En Checoslovaquia, el fracaso de la reforma económica dirigida por el equipo de Husak llevo al sistema del socialismo a un callejón sin salida; y Husak al perder el partido comunista el control de la sociedad, fue apartado del cargo de primer secretario. Los nuevos responsables del partido no supieron como reaccionar y ante tal situación, la disidencia logro unificar sus fuerzas y fundo en noviembre de 1989 en Praga el Foro Cívico, con Havel a la cabeza; al mismo tiempo, los opositores crearon Público contra la Violencia. El primer éxito de la oposición fue obligar al gobierno a entablar negociaciones para romper con el pasado y avanzar hacia el Estado de Derecho. En esta situación el Politburó dimitió y a finales de noviembre el partido perdió el monopolio de la actividad política. El 11 de diciembre se formo un nuevo gobierno de Unidad Nacional apoyado por el foro cívico y de mayoría no comunista, presidido por Calfa. En junio de 1990 se celebraron elecciones libres, en las que Foro Cívico y Público contra la Violencia lograron la mayoría absoluta en la Asamblea Federal. La consolidación del Estado de Derecho no pudo evitar la ruptura de la unidad nacional y el 1 de enero de 1993 Eslovaquia alcanzo su independencia.

En Hungría, en el otoño de 1988, los comunistas reformistas habían logrado hacerse con el poder dentro del Politburó; a continuación, las nuevas autoridades hacían público su voluntad de crear un Estado constitucional moderno. Para avanzar en esa línea, quedó regulado el pluripartidismo al tiempo que Hungría se convirtió en un Estado democrático de Derecho. El impulso reformista también llego a la economía, donde comenzó a aplicarse un plan de austeridad que conllevaba la privatización de empresas estatales. De cara al exterior, Hungría comenzaba en mayo de 1989 una política de buena vecindad con los países occidentales al abrir su frontera con Austria. Con el propósito de alcanzar la plena normalidad política, las autoridades reformistas aceptaron negociar con la oposición al régimen. De la mesa redonda salio el acuerdo de convocar elecciones libres en la primavera de 1990. En los comicios resulto victoriosa la formación del Foro Democrático Húngaro seguido de Alianza de Demócratas Libres.

Fue en Rumania, ante la actitud intransigente del clan Ceaucescu, donde los acontecimientos de 1989adquirieron tintes más sombríos. Las protestas contra los abusos de las autoridades en general y de la policía secreta del régimen llevaron al gobierno a decretar en diciembre el estado de excepción en todo el territorio nacional. La represión gubernamental no produjo los efectos esperados y Rumania entro en una situación de vacío de poder que aprovecho la primera oposición formada en Rumania para lanzar un comunicado a todo el país en el cual se confirmaba una revolución pacifica. Rápidamente, el control del Estado paso a manos del Frente de Salvación Nacional, partido que bajo los auspicios de Moscú se había formado para derrocar a Ceaucescu (FSN). En mayo de 1990 tuvieron lugar las elecciones generales a la Gran Asamblea nacional y las presidenciales. El triunfo se lo llevo en las dos Cámaras el FSN. A partir de este momento, la oposición actuó más unidad que nunca y formo la Alianza Cívica en noviembre de 1990 con el objetivo de consolidar en Rumania el Estado de Derecho: en diciembre de 1991 se aprobó en referéndum una nueva constitución democrática y parlamentaria de tipo presidencialista.

En Bulgaria, el fracaso de las reformas emprendidas por Jivkov según la estela de la perestroika de Gorbachov, así como el deterioro de la actividad económica, hicieron posible el cambio de dirigentes en el partido y estado, con el, comunista reformista Mladenov como hombre fuerte del régimen. Al mismo tiempo, comenzaba a tomar cuerpo una primera oposición con el objetivo de defender los derechos humanos. Esto obligo al gobierno a realizar ciertas transformaciones: reformó el Código Penal, aprobó una amnistía para los delitos políticos y anuncio la celebración de unas elecciones libres para 1990, en las que el partido comunista se presentaría con el nombre de Partido Socialista, siendo éste el partido que obtuvo mayor numero de votos, seguido por la Unión de fuerzas democráticas. Tras una serie de desajustes políticos, se realizaron unas nuevas elecciones en las que el UFD logro la victoria sobre el PSB.

Las republicas Bálticas lograban en agosto de 1991 que las Comunidades Europeas reconocieran su soberanía; el 6 de septiembre, el Nuevo Consejo de Estado de la URSS aceptaba su independencia. Desde ese momento, Estonia, Letonia y Lituania potenciaron sus vínculos comerciales con el norte y centro de Europa y pusieron en marcha sus procesos de transición a la democracia y a una economía social de mercado de tipo occidental para acercarse a la Europa comunitaria.

Yugoslavia, desarticulada socialmente y fragmentada en lo nacional, comenzó a deslizarse por la senda de la desintegración. De este modo, el vació de poder existente y las pretensiones expansionistas de Serbia alentaron la secesión de las antiguas republicas yugoslavas: Eslovenia y Croacia se declararon independientes, al igual que Macedonia en 1991; un año después lo hizo Bosnia-Herzegovina.

Una ampliación sin precedentes

Sin duda después de la desaparición del CAEM-COMECON y del inicio de la transición a la democracia, los países del Este tomaron como modelo a la Europa comunitaria. Dentro de los programas reformadores, uno de los grandes retos planteados por los revolucionarios del Este era le retorno a Europa, afán calurosamente acogido por los responsables de las Comunidades Europeas, que los animaban a que continuaran por el camino de la libertad política, consumación de los derechos humanos a cambio de prestarles toda la ayuda institucional posible en su integración a la Unión Europea. Derrumbados los obstáculos ideológicos, políticos y económicos que levanto el sistema totalitario comunista de tipo soviético, los países del centro y sureste europeo estaban en condiciones de recuperar su plena integridad europea.

Ante la nueva situación creada en Europa, el Consejo Europeo celebrado en Dublín en 1990 insistía en su propósito de facilitar el acercamiento entre las Comunidades y los antiguos países del Este. En virtud de todo ello se establecieron los acuerdos especiales de asociación, denominados acuerdos europeos, puestos en marcha según cuatro principios: el libre comercio; la cooperación industrial, científica y técnica; la ayuda financiera; y la creación de foros para el dialogo en todos los ámbitos. En diciembre de 1991, las Comunidades Europeas firmaron acuerdos de asociación con Polonia, Hungría y Checoslovaquia (después Chequia y Eslovaquia), los cuales entraron en vigor el mes siguiente. Estos países formaban el grupo de Visegrado. En noviembre de 1992 las Comunidades también firmaron acuerdos de asociación con Bulgaria y Rumania, en vigor desde febrero y marzo de 1993, respectivamente. Antes, en mayo de 1992, la Comunidad había rubricado una serie de acuerdos comerciales y de ayuda técnica y económica, como paso previo a los de asociación, con Albania, Lituania, Letonia y Estonia; posteriormente, en junio de 1995, los países bálticos firmaron también dichos acuerdos de asociación. Con las antiguas republicas yugoslavas, la Unión Europea solo rubrico un acuerdo de este tipo con Eslovenia en junio de 1996. Los acuerdos europeos que entraron en vigor en 1992 manifestaron la voluntad de la UE de establecer un marco de relación mucho más amplio con los países del Este en tanto que contemplaban la ampliación de la UE hacia esos países.

El objetivo de los acuerdos europeos era la firma de acuerdos bilaterales entre cada país y la UE con el fin de crear un marco de cooperación tanto económica como política como base de entendimiento e integración. Las condiciones para la adhesión exigían el funcionamiento correcto de la economía de mercado, así como la estabilidad institucional en el marco de la democracia parlamentaria, el respeto de los derechos humanos y la protección de las minorías. El avance significativo en las relaciones entre las Comunidades y los antiguos países del este no presuponía una vinculación a las estructuras comunitarias pero debía facilitar la adhesión a las instituciones comunitarias, sobretodo, después de su incorporación al Consejo de Europa. El 31 de marzo de 1994, Hungría presentaba oficialmente su candidatura de integración, y el 5 de abril lo hacia Polonia.

En vista de la evolución de los acontecimientos, siguiendo la estela de Hungría y Polonia, los restantes países de la Europa central y suroriental se sumaron a sus predecesores: en 1995 lo hizo, Rumania, Eslovaquia, Letonia, Estonia, Lituania y Bulgaria. En 1996 presentaron la solicitud de adhesión, la Republica Checa y Eslovenia. Tanto el Consejo Europeo de Corfú (junio de 1994) como el de Essen (diciembre 1994) alentaron la fluidez de las relaciones entre la UE y los PECO (Países de Europea Central Y Oriental). Por otra parte, el Parlamento Europeo, encargo a la Comisión la elaboración de un estudio sobre lo que supondría para la UE la ampliación definitiva al este.

Poco tiempo después, el Consejo Europeo de Luxemburgo (diciembre de 1997) autorizó la puesta en marcha del proceso de ampliación a los países del Este. Las negociaciones comenzaron en marzo de 1998 y los países seleccionados para una primera etapa fueron Polonia, Hungría, Republica Checa, Eslovenia y Estonia, a los cuales se añadió Chipre. Posteriormente, el Consejo Europeo de Helsinki, celebrado en diciembre de 1999, anunciaba la inmediata inclusión en las negociaciones para el proceso de ampliación de Rumania, Bulgaria, Eslovaquia, Letonia y Lituania (países de la denominada “2ª Etapa”), además de Malta y Turquía. De esta manera, se perfilaba una UE de más de veinte países en los comienzos del XXI.   











































Tema 8

España en el proceso de integración europea


Las relaciones España-Europa en el XX.

La idea de Europa y España

La idea de Europa ha significado entre los españoles algo muy diferente a lo largo del XX. De hecho, no fue lo mismo la idea de Europa antes que después de la II Guerra Mundial. Asimismo, Europa no siempre ha sido interpretada en clave modernizadora sino también en términos reaccionarios, e incluso ha aparecido asociada a otras ideas y procesos de carácter totalitario. En cuanto a la evolución sobre el discurso de Europa a lo largo del siglo XX, parece evidente que desde el mismo momento en que Joaquín Costa describe a Europa como paradigma de la modernización, la aproximación a Europa se transforma en una necesidad, constituyéndose en un símbolo de laicización y de progreso científico y técnico para, progresivamente, ir asumiendo el significado de modernización social, de democratización y de desarrollo económico.

Sin embargo, esta línea de acción se interrumpe con la guerra civil y la dictadura de Franco. Tras la guerra civil y los esfuerzos de los vencedores por liquidar la raíz liberal del pensamiento español, se eclipsa el término europeización al paralizarse en la sociedad española el proceso de modernización. El fin de la II Guerra Mundial, con los inicios del proceso de integración europea, traerá consigo un cambio en la valoración del referente europeo, basado en los principios organizativos de Europa Occidental: democracia constitucional, derechos humanos y libertades individuales junto a derechos sociales, economía mixta y moderación al aplicar el derecho colectivo de la autodeterminación nacional. En este sentido, el termino europeización se vinculara progresivamente al termino europeismo, el cual estará vinculada a una serie de ideales políticos cuya principal baza sea acabar con la dictadura. Estos nuevos ideales los portaran los grupos opositores al franquismo tanto en el territorio nacional como en el exilio.

En ese momento fue cuando comenzó a destacarse con una fuerza cada vez mayor entre los españoles la ecuación: Europa-Bienestar-Democracia. En primer lugar esa ecuación afecto, desde el ámbito de las representaciones y la cultura política, al propio discurso legitimador de la democracia española. Al inicio de la Transición, los rasgos básicos de la cultura política de los españoles eran esencialmente comparables a los de los ciudadanos de las democracias europeas de ahí que se pensara que España no era tan diferente al resto de países democráticos europeos. En consecuencia, el ingreso en las Comunidades Europeas fue tan solo un hito final, legalmente visible de lo que ya se había consumado.

El ingreso en Europa y la consolidación de la joven democracia española no harían sino confirmar la superación de los viejos demonios de su cultura política y el éxito de las propuestas modernizadoras. La modernización de las estructuras políticas, económicas, sociales y educativas definieron gran parte del itinerario recorrido por España desde la vuelta de la democracia. El paso de la dictadura franquista a la socialdemocracia en el plazo de siete años significo según Gabriel Tortilla, “una revolución social con grandes costes y con graves problemas”. La transformación adquirió caracteres radicales, pero tuvo lugar en un ambiente de tal cambio vertiginoso que pocos percibieron lo que realmente estaba sucediendo. El cambio consistió en el reconocimiento de una serie de derechos ciudadanos que homologaban a España con la Comunidad Europea y que pretendían colocar a España a la vanguardia de la Europa social. Sin embargo, la rapidez de su extensión provoco una explosión de expectativas por encima de lo que las perspectivas económicas justificaban.

Europa y la política exterior española
Aquí podemos hablar de una tensión aislamiento-integración que ha conocido tres momentos y tres significados diferentes en la política europea de España a lo largo del XX. El primer momento se desarrollo durante la primera mitad del XX y en ella podemos destacar dos tendencias. De una parte, la necesidad de inserción en el complejo entramado de los intereses europeos derivada de la estrecha relación de España a los destinos de Europa; de otra, la conveniencia del alejamiento de los conflictos continentales, impuesta por la debilidad del país y la gravedad de las guerras europeas.

Un segundo momento se define a través de un aislamiento impuesto por la España de Franco desde el final de la II Guerra Mundial. La indefinición de la posición internacional de España, su precaria vinculación con Occidente y su incompleta inserción en Europa hasta los 80, dificultara enormemente la proyección exterior de España. De hecho, los intentos de aproximación a las Comunidades Europeas en los 60 arrojaron un resultado mediocre.

El tercer momento, se desarrolla tras el retorno de la democracia y la adhesión a las Comunidades Europeas en 1986 y se define en función del nuevo reto que para España supuso el final de la guerra fría y la caída del Muro. España pronto será consciente de que Europa giraba hacia el Este y que ello supondría la ruptura del equilibro comunitario norte-sur. En ese contexto, el problema ha radicado en evitar el regreso a un sentimiento de periferia, una vez que tan costosamente se ha alcanzado el centro de la construcción europea. Por ultimo, España ha sabido adaptarse a las mutaciones y transformaciones experimentadas en Europa en los últimos años. España ya no es un país recién incorporado que tiene que hacer el triple esfuerzo concentrado de adaptarse a las Comunidades Europeas.




El concepto de política europea
Para Andrés Ortega, España tras su ingreso en la CE, descubrió un nuevo tipo de política, una política europea que cubre la UE y otras cuestiones que no son genéricamente política exterior. Esta política europea vendría a cubrir también las relaciones bilaterales de España con otros estados miembros de la Unión. Según una idea la política exterior europea esta en realidad constituida por tres tipos de actividades interrelacionadas: la dimensión exterior de la CE, la política exterior y la seguridad de la UE y las políticas exteriores de los Estados miembros.

España y el proceso de construcción europea desde 1945


La España de Franco y las organizaciones regionales europeas (1945-1975)

  1. Factores condicionantes.

Dictadura versus democracia: el régimen español fue una dictadura y esta asintonía básica respecto a Europa occidental definió la situación internacional de España hasta la muerte de Franco en 1975. El franquismo fue un régimen autoritario que no era bien visto por las democracias europeas lo que influyo a la hora de su acomodación en el seno de esta Europa comunitaria. En lo relativo al modelo económico, también hay que decir que era bastante diverso con respecto al europeo. De hecho, el modelo autárquico estará agotado al final de los 50. Ante esta situación, el franquismo se vio obligado a conectar la economía española con los mercados exteriores y participar en los circuitos financieros internacionales para obtener suministros de materias primas, bienes de capital y lograr recursos financieros exteriores.

La guerra fría y sus consecuencias: tras la II Guerra Mundial se vio como los aliados viraban de un convencido antifascismo a un anticomunismo, de ahí que el franquismo pasara a un segundo plano ya que ahora la principal preocupación de los estados era sostener y evitar el avance del comunismo, el cual podría implantarse en España ante una hipotética caída de Franco. España era una pieza de cierta importancia en el tablero geoestratégico occidental, ya que podía actuar de plataforma de suministro y de repliegue en el caso de producirse una agresión soviética en Europa occidental. Estados Unidos pronto comprendió esta situación firmando unos Pactos económicos-militares con España en 1953 que se transformaron en la única vía legitimadora del franquismo a nivel internacional.

La actitud europea hacia el franquismo: tres son las posiciones ante el franquismo:
·        La de aquellos que ponían énfasis en la tesis de propiciar la democratización de España a través de la cooperación económica.
·        Los que consideraban que cualquier ayuda económica al régimen de Franco supondría un reforzamiento de su posición interior, retrasando la democratización de España.
·        Otros opinaban que la entrada de España en Europa favorecería el proceso democratizador del país.

En el origen y evolución de esas posiciones debemos considerar dos hechos. En primer lugar, la persistencia en la posguerra mundial de ciertos esteorotipos sobre España heredados de la guerra civil  y que oscilan entre la imagen romántica y la leyenda negra, y que se identifican a grandes rasgos, con una interpretación humanista y laica y una interpretación tradicionalista y católica del conflicto entre 1936-39, la primera favorable a la republica, la segunda a la España de Franco. En segundo lugar es necesario considerar las diferentes actitudes hacia la España de Franco entre los Estados. Mientras que para EEUU la cuestión española fue claramente un problema de seguridad, la posición de los gobiernos europeos no estuvo exenta de cierta dosis de ambigüedad. Para los grupos de opinión favorables a la integración de Europa y, en general, para la izquierda europea, era evidente que la España de Franco no debía participar en la construcción europea. Desde el punto de vista de las instituciones europeas, la presencia de una dictadura desafiaba los principios sobre los cuales se pretendía edificar la unidad de Europa.

  1. La aproximación a Europa de la España de Franco.

La ruptura del aislamiento y el inicio de la cooperación multilateral: las condenas internacionales al franquismo desde la declaración de Potsdam y, sobretodo, en el seno de las Naciones Unidas con la aprobación de la Resolución 39(I) por la Asamblea General, recomendando la exclusión de España de toda organización o conferencia internacional mientras no se produjera un cambio en su régimen político, alejaran a España de los procesos de cooperación internacional desarrollados en Europa.

El interés del régimen de Franco por encontrar un lugar en la Europa de posguerra, y por invertir la negativa imagen que sobre él persistía en la opinión publica europea, se traducirán en un esfuerzo consciente por abrir cauces de relación con todo organismo europeo. Esta acción se desarrollara con desigual éxito, ya que si bien España ingresara como país asociado en la OECE en 1958 no conseguirá incorporarse al Consejo de Europa hasta 1977 o a la OTAN hasta 1981.

Los problemas de definición ante Europa (1955-1962): en líneas generales, la posición por la que atravesó España en la segunda mitad de los 50 podría resumirse en una vez que el régimen de Franco, tras un periodo de aislamiento internacional, había logrado una mínima inserción  en el sistema europeo. Momento que coincidió con el agotamiento del modelo económico autárquico y la necesidad de introducirse en la dinámica económica internacional. Los esfuerzos de adaptación al medio internacional culminarían con la solicitud de apertura de negociaciones con la CEE respondiendo a una lógica económica que garantizase la supervivencia del régimen. A la puesta en marcha de un modelo económico desarrollista, las necesidades acuciantes del comercio exterior para mantener y ampliar las exportaciones hacían imprescindible una nueva relación con Europa y con la CEE.

Los intentos de aproximación al proceso de construcción europea (1962-1970): la primera aproximación se producirá al calor de los cambios en la política económica del régimen y coincidiendo con una tímida aproximación a Europa occidental auspiciada por el ministro Castiella. En Febrero de 1962, el gobierno español expreso a la Comunidad el deseo de apertura de negociaciones para una asociación susceptible de llegar en su día a la plena integración. Ante la solicitud española, la CEE se vio obligada a tomar oficialmente una postura frente al régimen de Franco. La posición, tanto en las chancillerías europeas como en los organismos regionales europeos con asambleas parlamentarias, coincidía en su valoración: la liberación interior (económica y política), debía ser causa de la integración en Europa y no efecto. La liberación política era considerada por Europa occidental como imprescindible para cualquier vinculación que sobrepasase lo estrictamente económico y técnico.

El acuerdo Comercial Preferencial de 1970: tras unas largas conversaciones exploratorias y después de un largo camino, sembrado de dificultades políticas y técnicas, en junio de 1970, el ministro español de exteriores, el presidente del Consejo en ejercicio, y el presidente de la Comisión, firmaron un Acuerdo Comercial Preferencial, que se inscribía dentro de la política mediterránea de la Comunidad. En líneas generales, el Acuerdo que entro en vigor en octubre de 1970, establecía un sistema general de preferencias con vistas a la supresión progresiva de los obstáculos, de los intercambios entre España y las Comunidades Europeas. Desde ese momento y hasta 1975, España y la CEE se enzarzaran en una compleja negociación técnica para mejorar sus posiciones. Mientras que para la CEE el Acuerdo firmado con España era estrictamente comercial y de importancia menor, para España era crucial, tanto política (triunfo del régimen sobre Europa) como económicamente (consiguió una mayor importación de productos industriales y no perjudico a la salida de los productos agrícolas), ya que le permitía colarse en la Comunidad, aunque fuese por la puerta trasera.

La transición y la consolidación democrática (1975-1986): el reto histórico de la integración


  1. Las bases del proceso de integración
Se suele decir que Europa y las instituciones comunitarias jugaron un papel positivo en los procesos de transformación y cambio acaecidos en España desde los 70. El papel de Europa se puede intentar concretar en seis vectores diferentes: contribuyo a reforzar la legitimidad de la democracia; permitió el consenso entre todas las fuerzas democráticas ante la adhesión a la CE; funciono como un amortiguador de la cuestión nacional-regional durante la transición española; transformo radicalmente la realidad social española a través de una real modernización; facilito la adaptación de las estructuras financieras, empresariales y productivas; y permitió resolver una antigua y fundamental cuestión de la política exterior: la definición de la posición internacional de España.

La legitimidad democrática del modelo europeo: la existencia de un veto político al ingreso de España en las instituciones europeas influyó en el animo de algunos sectores de la sociedad española que habían tolerado o apoyado la dictadura. Este hecho contribuyo a reforzar desde finales de los 60 la legitimidad de la democracia tal y como se practicaba en Europa occidental a ojos de las elites y de la opinión publica española. De este modo, Europa paso a convertirse en un símbolo de todo aquello que el Régimen de Franco había negado durante tantos años a los españoles. Por ello, cuando las elites políticas españolas, tanto los reformistas como la oposición política y sindical, pensaban en un futuro democrático, lo hacían con la vista puesta en los mecanismos institucionales y los comportamientos públicos que observaban en las democracias europeas de su entorno.

La unanimidad ante la integración europea: ser admitidos, homologados por Europa, se constituye en una de las banderas principales de socialización política de la naciente democracia. El vehículo de tal homologación pasaría por el ingreso en las organizaciones regionales europeas: Consejo de Europa, CCEE. Todas las fuerzas políticas democráticas interpretaron que la adhesión a la CE era una garantía indispensable para la joven y frágil democracia española.

La vertebración nacional: la construcción europea actuó positivamente en otro ámbito fundamental de la transición española. El ingreso en Europa funciono como un amortiguador de la cuestión nacional-regional. España necesitaba una nueva vertebración nacional, que permitiera a sus nacionalidades históricas, su reacomodación en una realidad democrática después de 40 años de dictadura centralista. Si bien hubo un consenso unánime respecto a trasvasar poderes del Estado hacia arriba por parte de las fuerzas políticas españolas, caso distinto fue el acuerdo sobre el reparto de poderes hacia abajo, donde no se pudo lograr un completo consenso. Esa compatibilidad que se produjo entre la recuperación de las libertades democráticas, la creación del Estado de las Autonomías y la incorporación de España a Europa son elementos que forman parte del mismo proceso de cambio de la cultura política española

El reto de la modernización: la tímida liberalización de la economía española iniciada con el Plan de Estabilización y Liberalización de 1959 y continuada en los años 60 permitió superar parte de su retraso gracias a la proximidad y a las intensas relaciones económicas mantenidas con los países de la CEE. Durante la transición, la Comunidad representará ese estimulo para la economía española. El objetivo de la adhesión significaba, también, una mayor apertura al exterior. Exigía la supresión de los derechos arancelarios y de las restricciones cuantitativas a la importación, así como la modificación de las numerosas normas y practicas que aumentaban la protección del mercado interior. Asimismo, incentivaba la modernización del aparato productivo y financiero, poco competitivos. Por otra parte, la aproximación a Europa en el periodo 1975-86 implico una transformación del tejido social.

La inserción en la sociedad internacional: la indefinición en la posición internacional de España y su incompleta inserción internacional hasta los años 80 dificulto enormemente la proyección exterior de España durante la dictadura. El año 1986 es el momento que ha concitado mayor unanimidad entre los estudiosos de la política exterior española para dar por terminada la transición en materia exterior, ya que es ahora cuando se produce la entrada en vigor del Tratado de Adhesión a las CCEE, la firma del Acta Única Europea y la celebración del referéndum sobre la permanencia de España en la OTAN.

  1. Negociación, adhesión e integración en Europa
Atendiendo a la evolución de las negociaciones entre España y las CCEE se pueden distinguir básicamente cuatro etapas:

Las comunidades europeas y los primeros gobiernos de la monarquía (1975-77): los contactos realizados con los países europeos tras la muerte de Franco arrojaron un mismo resultado: si España quería ingresar en las CCEE debía aportar pruebas claras de democratización. Y esa exigencia, para los primero gobiernos, entrañaba grande problemas: España no era una democracia y el franquismo aun no había sido desmantelado; la oposición consideraba a las nuevas autoridades meros continuadores del franquismo sin franco y exigía unas condiciones mínimas (libertad de expresión, de reunión, de sindicación, legalización de partidos políticos sin exclusiones, libre retorno de los exiliados); las instituciones europeas, a través del Parlamento Europeo, señalaron las pautas que debía seguir el Estado español para facilitar su ingreso en la CE.

España forzosamente debía mostrar un giro real hacia la democracia, cosa que se evidencio en las elecciones de junio de 1977. Este hecho facilito su ingreso en el Consejo de Europa en noviembre del 77, aun cuando España no contaba con una Constitución democrática.

La solicitud de adhesión y el inicio de las negociaciones con la CEE (1977-79): el 15 de junio de 1977 se celebraron en España las primeras elecciones libres desde 1936; el 6 de julio, el Parlamento Europeo se congratulaba por el desarrollo de las mismas y reafirmaba su voluntad política de ver a España ocupar un sitio en la CE, cuanto antes. La solicitud española consiguió que en septiembre de 1977, el Consejo de Ministros de la Comunidad formulase su opinión favorable a la adhesión, encargando a la Comisión Europea la elaboración de un dictamen sobre las implicaciones para la CEE de la adhesión de España. En 1978, la Comisión aprobó y transmitió al Consejo el Dictamen sobre la candidatura española, favorable a la adhesión. Finalmente, el 5 de febrero de 1979 tuvo lugar en Bruselas la sesión de apertura oficial de las negociaciones para la adhesión de España. Pero tras el optimismo por el inicio de las negociaciones y la esperanza de un ingreso rápido se complicaron un poco las negociaciones y no permitieron que España formara parte de la CE hasta 1986.

Los primeros problemas: el bloque francés (1980-82): los primeros problemas en la negociación se manifestaron a principios de 1980, cuando la Comunidad no presento el análisis de conjunto relativo a la agricultura, debido a las reticencias francesas en materia agrícola. También hay que destacar el episodio del intento de golpe de estado de 1981, que provoco ciertas dudas en la comunidad comunitaria acerca del ingreso de España en la CE. Finalmente, tras la visita del presidente Mitterrand a España en junio de 1982, se produjo un cambio de actitud francesa con el envió a la Comisión de un inventario de los problemas que planteaba la ampliación. De esta forma, pese a que la paralización en materia agrícola persistía, se pudo seguir avanzando a buen ritmo en otros ámbitos.

Hacia la Europa de los 12 (1982-86): el nuevo gobierno español abordo las negociaciones desde un prisma diferente: conseguir una adhesión basada en los principios de equilibrio, progresividad y reciprocidad. Dentro de ese cambio de orientación en la política europea cabe destacar: la introducción de nuevos elementos en el discurso; definición de un calendario de negociación (establecer como fecha de la futura adhesión, enero de 1986); esfuerzos por mejorar las relaciones bilaterales con los países vecinos, en especial con Francia y Portugal.

Sin embargo, los dos problemas más importantes que se plantearon para la adhesión de España en esta última fase fueron: reivindicaciones británicas que podrían afectar negativamente a la ampliación de la Comunidad y desbloquear las negociaciones con España; y la ambigüedad calculada que caracterizara la posición española ante la OTAN.

En cualquier caso, las negociaciones técnicas continuaron avanzando por buen camino. En enero de 1984, la Comisión presento al gobierno español sus posiciones en materia agrícola, lo que permitió entrar en la recta final de las negociaciones. En esta última fase se debatió acerca de los periodos transitorios para el ingreso, pero después de solucionar este problema, solo quedaban por cerrar los últimos flecos técnicos: la negociación bilateral entre España y Portugal sobre un régimen transitorio especial y la redacción de los instrumentos de adhesión. El Tratado de Adhesión, firmando en Madrid el 12 de junio de 1985, fijo un proceso de incorporación inmediata1 que se haría efectivo el 1 de enero de 1986.







España en Europa (1986-2000): la normalización


  1. Las adaptaciones institucionales de España a la UE

La formulación y coordinación de las posiciones nacionales: no cabe duda de que la adhesión tuvo un  importante impacto en las instituciones públicas, cuyas estructuras y procedimientos tuvieron que adecuarse a las exigencias de la integración europea. España no dispone de una Ministerio exclusivamente responsable de las cuestiones europeas. Esa labor ha sido realizada por la Secretaria de Estado para la CE /SECE), que entre 1986 y 1996 se encargó de la coordinación de las posiciones españolas en la UE y posteriormente de la Política Exterior y de Seguridad Común. Con el cambio de gobierno de 1996 se produjo una reestructuración consistente en la creación de la Secretaria de Estado de Política Exterior y Comunidades Europeas (SEPE-UE)

El papel del Parlamento en la política europea: el Parlamento Español no ha participado directamente en el proceso de decisión de la UE. Sin embargo, se han venido produciendo algunas reformas con el objetivo de vincularlo de formas mas estrecha al control del Ejecutivo y a la formulación de las posiciones nacionales en los temas comunitarios la intervención de las Cortes Generales se ha articulado a través de la Comisión Mixta Congreso-Senado para la UE, creada en 1985. A partir de 1988 se ha introducido una serie de mejoras en el funcionamiento de la Comisión con el objeto de transformarla en un foro de debate político. Finalmente, es preciso destacara que el Gobierno esta obligado a llevar  a los plenos del Congreso su política europea y balances sobre la evolución de la UE.

Las funciones de las CCAA: están consideradas como administración comunitaria en la medida en que implementan las políticas de la UE con arreglo a la distribución de sus competencias. En general, las administraciones autonómicas también han debido adecuar su estructura a las exigencias derivadas de su papel en la ejecución y seguimiento de las políticas comunitarias que les competen, en especial Fondos Estructurales, política ambientales y Política Agraria Común. En la actualidad, las CCAA mantienen relaciones directas con las instituciones europeas a través de oficinas regionales abiertas en Bruselas.

  1. La política europea de España

El diseño de la política europea después de la Adhesión (1986-1989): este periodo se caracteriza por la adaptación y la puesta en marcha de una nueva política comunitaria tras la adhesión con los siguientes objetivos: incrementar el peso relativo de la Europa del sur, y en especial de España, consiguiendo mayores recursos financieros; obtener un trato mas favorable como país menos desarrollado mediante derogaciones temporales; reforzar los lazos de la CEEE con el sur del Mediterráneo y, sobre todo, con Latinoamérica. España logro con relativa rapidez la imagen de un país serio, estable y eficaz, en términos político-administrativos, consiguiendo inspirar la confianza de inversores potenciales

La definición del modelo español de construcción europea (1986-91): la segunda fase se caracterizo por la definición del modelo español de construcción europea y por su voluntad de alcanzar un perfil internacional destacado en el contexto de las transformaciones experimentadas por Europa tras el final de la guerra fría. Los cambios en la política europea de España se desarrollaron en el marco de una negociación intergubernamental que daría lugar al Tratado de UE entre 1989-91 y esas transformaciones deben entenderse, tanto como un intento de adaptación a las implicaciones político-institucionales, sociales, económicas y monetarias de la creación del Mercado Único y de la articulación de las cuatro libertades comunitarias (libre circulación de personas, mercancías, servicios y flujos financieros) previstas para el 1992. La estrategia española a lo largo de esos años se basó en una premisa básica: la defensa de los intereses nacionales a través de la presentación de propuestas propias de calado político y económico.

España y la Europa de Maastricht: la nueva agenda europea (1991-96): básicamente, se puede caracterizar este periodo como una etapa difícil para la política europea de los gobiernos socialistas por varias razones: en el marco de la UE, las dificultades surgen con la nueva agenda europea comunitaria y la crisis económica de la primera mitad de los 90, y se agravan con la ampliación a 15, al disminuir su influencia política dentro de la Unión; en el interior, la ofensiva antiMaastricht, generalizada en Europa, tuvo su lógico reflejo en España en un contexto de desgaste político y de secesión.

Las causas de esa situación hay que buscarlas en diversos factores: los cambios derivados de la posguerra fría y de la crisis económica de la Europa posterior a Maastricht; las variaciones en las prioridades comunitarias de sus aliados en Maastricht; la inevitable ampliación a 15 y la ruptura del equilibrio norte-sur. También hay que citar los cambios que se produjeron en el proyecto de la Unión Económica y Monetaria, cosa que afecto al gobierno español ya que quería estar dentro del grupo de la UEM, a pesar de las discrepancias de otros grupos por considerar muy arriesgado seguir en la línea de política económica marcada por Europa. La percepción de una disminución del peso especifico de España en la UE ayude a comprender los cambios introducidos en la política europea de esos años: España se encuadra dentro de los países que defienden la logia de excepcionalidades (mantenimiento del derecho de veto); la defensa de las posiciones española se efectúa claramente en términos de interés nacional; y España cambia el sentido de sus alianzas comunitarias para aparecer frecuentemente junto a Gran Bretaña.

España, en el núcleo duro de la UEM (1996-2000): esta fase coincide con la llegada al poder del PP. La herencia que dejo González a Aznar puede concretarse en tres retos básicos: formar parte del núcleo de países que acceden a la moneda única en 1999; conseguir que la ampliación al este se realice sin grandes costes para los países de la cohesión; y mejorar las posiciones españolas dentro de las instituciones europeas en términos de poder e influencia.

             










































Tema 7

Constitución Europea

El Consejo Europeo de Niza
El Consejo Europeo de Niza adoptó una Declaración relativa al futuro de la Unión, en la que se hacía un llamamiento a un debate amplio y profundo sobre el futuro de la Unión.
La Declaración planteaba la necesidad de estudiar la forma de establecer y supervisar una delimitación más precisa de las competencias entre la Unión Europea y los Estados miembros, el estatuto de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la simplificación de los Tratados con el fin de clarificarlos y facilitar su comprensión y el examen de la función de los Parlamentos nacionales en la arquitectura europea.
En suma, se trataba de reconocer "la necesidad de mejorar y supervisar permanentemente la legitimidad democrática y las transparencia de la Unión y de sus instituciones, con el fin de aproximar éstas a los ciudadanos de los Estados miembros". Para ello la Conferencia acordó la convocatoria de una nueva Conferencia Intergubernamental.
El Consejo Europeo de Laeken
Recogiendo el testigo de Niza, el Consejo Europeo de Laeken adoptó una nueva Declaración sobre el futuro de la Unión Europea. En este documento se indica que "para garantizar una preparación lo más amplia y transparente posible de la próxima Conferencia Intergubernamental, el Consejo Europeo ha decidido convocar una Convención que reúna a los principales participantes en el debate sobre el futuro de la Unión" con el objeto de "... examinar las cuestiones esenciales que plantea el futuro desarrollo de la Unión e investigar las distintas respuestas posibles".
La Convención Europea
La Convención Europea, que inició sus trabajos el 28 de febrero de 2002 y los finalizó el 18 de julio de 2003, ha querido representar un paso significativo en términos cualitativos en el proceso de la construcción europea, en la medida en que ha sido un instrumento con el que se ha buscado poner límites al monopolio ejercido por los gobiernos de los Estados miembros a la hora de debatir y acordar posibles reformas de los textos constitutivos de la Unión.
El 18 de julio de 2003 el Presidente de la Convención hizo entregó al Presidente en ejercicio del Consejo Europeo el Proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa.
La Conferencia Intergubernamental
El 4 de octubre de 2003 se iniciaron los trabajos de la Conferencia Intergubernamental (CIG). Tras arduas negociaciones, que incluso estuvieron a punto de fracasar en el Consejo Europeo de Bruselas de diciembre de 2003, los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo político en el Consejo Europeo de Bruselas, los pasados 17 y 18 de junio, sobre el proyecto de Tratado en cuestión.
Con fecha 12 de octubre de 2004 se aprobaron las Declaraciones anexas al Acta Final de la Conferencia Intergubernamental y Acta Final.
La Constitución Europea
El 29 de octubre de 2004 los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros de la Unión Europea firmaron en Roma la Constitución.
Actualmente se ha iniciado el proceso de ratificación por cada Estado miembro del texto constitucional. España fue el primer Estado que sometió a referéndum la Constitución Europea, el 20 de febrero de 2005.
Proceso de ratificación
Una vez firmado por los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea comenzaron los procesos de ratificación en cada uno de los Estados miembros. En algunos casos, como en Irlanda o Dinamarca, el referendum tendrá carácter vinculante; en otros, como en el Reino Unido, Países Bajos o Luxemburgo, al igual que en España tiene un carácter consultivo.
La entrada en vigor del Tratado, como establece el artículo IV-447 dispone que el Tratado entrará en vigor el 1 de noviembre de 2006, siempre que en tal fecha se hayan depositado todos los instrumentos de ratificación. En caso contrario el Tratado entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al depósito del instrumento de ratificación del último Estado que cumpla este requisito.
En el caso de España, tras la firma por parte del Presidente del Gobierno del Tratado, se abrirá el procedimiento para la ratificación por las Cortes. Será a través de una ley orgánica como se autorice la celebración y consiguiente ratificación del Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa.
Además en España se celebró un referendum con el fin de que los españoles pudieran pronunciarse sobre el proyecto de Tratado con carácter previo a su ratificación formal por parte del Reino de España.






El Tratado se divide en cuatro partes:
Parte I: contiene los objetivos, los valores y los principios relativos al reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros, así como las disposiciones institucionales básicas de la Unión. Aunque el Tratado constitucional "construye" sobre la base de lo ya existente, lo cierto es que esta Parte I contiene importantes novedades y muchos de sus artículos son originales en su redacción.
Parte II: contiene la Declaración de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, tal y como fue proclamada en Niza en diciembre de 2000, con algunas modificaciones en su preámbulo y en las disposiciones finales de naturaleza horizontal relativas al ámbito de aplicación y a la interpretación de su contenido.
Parte III: contiene las bases jurídicas de las políticas comunes, así como el desarrollo de las disposiciones relativas al funcionamiento de la Unión esbozadas en la Parte I; en buena medida, reproduce casi sin modificaciones el contenido del Tratado de la Comunidad Europea y del Tratado de la Unión Europea.
Parte IV: contiene las disposiciones generales y finales; su articulado se refiere fundamentalmente a la sucesión y continuidad jurídica entre las actuales Comunidad y Unión Europeas y la nueva Unión Europea, a la aplicación territorial, a los procedimientos de revisión y a la ratificación y entrada en vigor, así como a las versiones auténticas del Tratado constitucional.
El Tratado constitucional tiene dos anejos: el Anejo I, relativo a la lista de productos objeto de la política agrícola común, y el Anejo II, que contiene la lista de los países y territorios de ultramar.
El Tratado constitucional tiene además 36 Protocolos anexos. 28 de estos Protocolos reproducen Protocolos ya existentes en los actuales Tratados de la Comunidad Europea y de la Unión Europea. En la mayor parte de estos 28 casos, los Protocolos han experimentado pequeñas adaptaciones si se les compara con los textos hoy vigentes; no obstante, hay Protocolos que han sido objeto de profundas reformas, como por ejemplo el relativo al papel de los Parlamentos nacionales o el Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad
Novedades
El Proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa es un Tratado internacional tanto desde el punto de vista formal como desde el punto de vista material, sin que pueda por ello negarse que este mismo texto tiene también, por su contenido general, muchas de las características propias de un texto constitucional. Por ello se usan coloquialmente las expresiones de "Constitución Europea" o "Tratado Constitucional".


Las novedades más importantes del Tratado son:
Simplificación
Consolidación en un solo texto de los actuales Tratados de la Comunidad Europea y de la Unión Europea. Al mismo tiempo se realiza un ejercicio de sistematización y simplificación de sus principales disposiciones, así como de actualización de los mismos y de inclusión de una serie de preceptos nuevos de gran contenido político e institucional. (Parte I y en los capítulos de la Parte III sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia y la acción exterior de la Unión).
Simplificación de los instrumentos y procedimientos de acción de la Unión. Los instrumentos normativos previstos en el Tratado (Título V de la Parte I) son:
  • Actos legislativos: leyes y leyes marco europeas, que reemplazan a los actuales reglamentos y directivas.
  • Actos no legislativos: reglamentos y decisiones europeas.
  • Actos no obligatorios: recomendaciones y dictámenes.
Eficacia
Creación de un Presidente del Consejo Europeo. Esta institución (reconocida como tal por el Proyecto de Constitución) contará con un Presidente que será elegido por mayoría cualificada por el mismo Consejo Europeo por un mandato de dos años y medio. Sus funciones serán:
  • Presidir e impulsar los trabajos del Consejo Europeo
  • Preparar y dar continuidad a los trabajos del Consejo Europeo
  • Facilitar la cohesión y el consenso en el seno del Consejo Europeo
  • Presentar de un informe al Parlamento Europeo al término de cada reunión
Creación de un nuevo Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión Europea. Esta figura será nombrada por el Consejo Europeo por mayoría cualificada y con la aprobación del Presidente de la Comisión. El Ministro de Asuntos Exteriores contribuirá con sus propuestas a la formulación de la Política Exterior y de Seguridad Común y las ejecutará como mandatario del Consejo de Ministros.
Reconocimiento de una personalidad jurídica única a la Unión Europea.
Inscripción clara de ciertos principios fundamentales que regulan las relaciones entre la Unión y sus Estados miembros (principio de atribución de competencias, principio de cooperación leal, principio de primacía del Derecho de la Unión, principio del respeto de la identidad nacional de los Estados incluyendo sus estructuras políticas y constitucionales, etc.)
Generalización del actual procedimiento de codecisión como procedimiento legislativo ordinario. El procedimiento de codecisión consiste en el acuerdo del Consejo y del Parlamento Europeo para que se puedan adoptar normas de derecho derivado de la Unión Europea.
Introducción de la posibilidad de que el legislativo comunitario (Consejo y Parlamento Europeo) confiera a la Comisión el poder de aprobar reglamentos delegados que completen o desarrollen elementos no esenciales de la ley o de la ley marco. El objeto de esta reforma es dotar de una mayor agilidad al procedimiento normativo comunitario.
Clasificación de las competencias de la Unión en tres tipos de categorías:
  • exclusivas
  • compartidas
  • medidas de apoyo
Mientras que la lista de materias de las competencias exclusivas y de las medidas de apoyo tiene carácter exhaustivo, la lista de materias incluidas en las competencias compartidas es indicativa, definiéndose por oposición a todos aquellos ámbitos de actuación que no tienen carácter exclusivo ni de medidas de apoyo.
Tanto el carácter no exhaustivo de las competencias compartidas como la subsistencia de una cláusula de flexibilidad (ex-art 308 TCE ), son una garantía mínima para permitir la evolución de la Unión y su adaptación a las nuevas necesidades de la realidad social y económica.
Carta de Derechos Fundamentales
Integración de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión, proclamada solemnemente en diciembre de 2000, dotándola de carácter jurídicamente vinculante.
Inclusión de una cláusula habilitante que permitirá a la Unión como tal adherirse al Convenio Europeo de Derechos Humanos; la decisión será adoptada por mayoría cualificada de los Estados miembros. Esto situará a la Unión en situación similar a la que tienen los Estados miembros, sometidos al control externo del Tribunal de Estrasburgo en materia de derechos humanos.
Parlamentos nacionales
La previsión de un nuevo papel para los Parlamentos nacionales a la hora de verificar el cumplimiento del principio de subsidiariedad.
El Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad contiene un mecanismo, coloquialmente denominado de "alerta temprana", de acuerdo con el cual todas las propuestas de la Comisión de naturaleza legislativa han de ser remitidas directamente a los Parlamentos nacionales, para que éstos puedan emitir un dictamen a la atención de la Comisión, del Consejo y del Parlamento Europeo.
Si al menos un tercio de los Parlamentos nacionales (un cuarto en el caso de propuestas en el ámbito de los asuntos de justicia, libertad y seguridad) emite dictámenes motivados apreciando el incumplimiento del principio de subsidiariedad, la Comisión debe reexaminar su propuesta.
El Tribunal de Justicia es competente para conocer de los recursos por violación del principio de subsidiariedad interpuestos por los Estados miembros, a instancia, si procede, de sus Parlamentos nacionales de acuerdo con sus respectivos ordenamientos constitucionales.








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