martes, 20 de agosto de 2013

Joseph de Salas Salguero



El Inquisidor fiscal de Sevilla contra Joseph de Salas Salguero, natural de Pontevedra de Galicia de edad de 40 años, vecino del barrio de Triana en dicha ciudad de oficio trabjar en el campo= Por delito de poligamia viene en plenario fol. 83.
Y tuvo principio esta causa por delación voluntaria que hizo Pedro Moreno, platero ante el secretario del tribunal Castro Palacios= diciendo que este reo, con quien tenía amistad el declarante, se hallaba casado en la villa de Espera con Elvira Manuel año de 34: que posteriormente halló a este reo en una choza de los cartujos de Sevilla con una mujer; y preguntó al reo, si aquella era amiga: a que respondió el reo diciendo era su mujer, con quien había casado segunda vez, porque le dijeron había muerto su primera mujer Elvira, que no casó como viudo sino como soltero, pues se hallaba testigo para todo: que instó el reo al declarante no lo manifestase ni a su confesor: añade el testigo que la segunda mujer de este reo era hija de portugueses que todos vivían en dicho barrio de Triana.
Tribunal en vista de esta testificación, mando que se examinase a Elvira Manuel, primera mujer del reo, se averiguase si era cierto dicho primer matrimonio: que constaría en la villa de Espera: y en lo tocante al segundo matrimonio se dire como para que se averiguase en dicho barrio, y para ello se hiciese traer la segunda causa matrimonial.
La Elvira Manuel, que desde Espera pasó a vivir a Puerto Real declaró en esta villa haber casado con este reo en Espera año de 1733, y vivió en su compañía en dicho lugar un año: que por varios delitos fue dirigido este reo por la justicia a los presidios de Ceuta; que había doce años que salió de ellos: donde lo volvieron por otro excesos; que presume la declarante se haya este reo en dichos presidios.
Se dio nueva comisión en el tribunal al alguacil mayor de él, que residía en Espera para que compulsase la partida de casamiento, y recibiese sus declaraciones al cura, y testigos del matrimonio compulsose la partida, y consta por ella, que el cura actual de Espera casó, y veló a Elvira Manuel Cáceres con este reo, que dijo llamarse Joseph Salguero, hijo de Jerónimo Salguero y Magdalena de Salas, vecinos de Pontevedra, día 4 de julio de 1733, habiendo precedido las proclamas, y demás ceremonias de la Iglesia, siendo testigos Juan de Fuentes Cardoso, Marcos de la Cruz, y Pedro Ortega. Dicho cura, y los tres testigos depusieron lo mismo, que consta por la partida.
El comisario Bea, a quien se dio comisión para la averiguación del segundo matrimonio en el barrio de Triana, después de varias diligencias supo que este casamiento no se hizo en dicho barrio sino en la ciudad de Ayamonte: que después pasó a avecindarse al citado barrio: que esta mujer segunda se llama Francisca de la Rosa; como consta del Padrón de dicho barrio.
El tribunal en vista de estas diligencias mandó que el párroco del barrio con simulado pretexto averiguase de esta misma segunda mujer, donde casó; y que año: ella dijo al dicho párroco, que había casado en Ayamonte en 13 de diciembre de 1743 en virtud del despacho del provisor de Sevilla, con todo esto constaba de la certificación que exhibió al mismo párroco= En vista de lo cual, mandó el tribunal se pidiesen en Sevilla los autos matrimoniales de esta segunda mujer al provisor: que en Ayamonte se compulsase la partida de dicho casamiento y se examinasen el cura que los casó, y los testigos presentes: que asimismo para que se sospechaba fuga de este reo se diese providencia de prisión en cárceles reales con otro pretexto hasta nueva orden.
En la ciudad de Ayamonte se compulsó la partida de casados que dice= que en 13 de julio de 1743 don Francisco del Río Laniz vicecura en dicha iglesia habiendo precedido las ceremonias acostumbradas, y despacho del provisor de Sevilla casó a Francisca Rosa de la Cruz con este reo, que dijo llamarse Joseph Salas, hijo de Francisco de Salas y María García vecinos de Pontevedra siendo testigos Francisco Javier Ortíz, y Joseph Rodríguez.
Este cura, y los dos testigos habiendo declarado cuanto contiene la partida añadieron que luego que casó este reo pasó con su mujer a Portugal: uno de ellos añade ha oído una voz vaga, que este reo se había casado dos veces.
En el testimonio de los autos matrimoniales consta: que por dado palabra de casamiento a esta segunda se hallaba preso por el teniente corregidor de Ayamonte: que se le dio libertad porque habiendo presentado cinco testigos; estos depusieron ante el cura vicario de Ayamonte ser el reo de 28 a 30 años soltero sin que pudiese tener impedimentos por lo precedido despacho del provisor se casó segunda vez. Tres de los testigos presentó el reo: los dos uno de los testigos primeros.
En vista de los antecedentes se voto a prisión de este reo en cárceles medias con embargo de bienes hasta definitiva, y en su cabeza se recorrieron los registros de la Inquisición.
Nada resultó de la recordación de registros.
Siendo peso en su primera audiencia ordinaria dijo llamarse Joseph Salas, natural de Santiago de Galicia, que según le dio a entender Magdalena García, que crió al reo declarante este es hijo de la Iglesia de Padres no conocidos: que presume su prisión porque habiéndole asegurado tres sujetos que cita la muerte de su primera mujer Elvira sin averiguación se volvió a casar segunda vez: que esto aseguran al reo después de tres años de cautivo que estuvo en Túnez: en ninguna de sus tres audiencias confiesa otra cosa.
En la acusación fiscal dijo que el primer casamiento fue valido: que nombró padres aunque no los tenía porque no lo tuviesen por hijo expósito: que en el segundo dijo ser soltero por no tener gasto, y requisitoria en probar su viudedad: negó haber cometido otros delitos como el haber sido castigado a presidio: no confesó más de 3 testigos de los que hicieron su información de libertad, diciendo, que no los buscó el reo sino su segunda mujer, y suegros por lo que no sabe lo que declararon y se remite a lo declarado en sus audiencias. Concluyose por ambas partes se recibió la causa a prueba ratificaronse los testigos, y se volvieron a compulsar ambas partidas, y hecha la publicación de probanzas remitiéndose a lo que tenía declarado citó los cinco testigos que hicieron información por sus nombres diciendo que aunque los tuvo por gallegos, y paisanos no los conoció hasta Ayamonte donde hayandose preso se ofrecieron a servir de testigos habiendo hecho algunas preguntas.
No teniendo que alegar su Abogado se concluyó en definitiva por ambas partes, pidiendo este reo ser tratado con piedad mediante sus confesiones, y algunos achaques que padece habituales. El tribunal mandó compareciesen médico, y cirujano, para que viesen si el reo estaba en posibilidad de azotes, y galeras. Estos declararon que aunque actualmente padecía calentura efecto de dolores reumáticos al lado izquierdo respecto de ser breve su curación, no había reparo en que se le diesen cualquier castigo mandó el tribunal a los dos acudiesen a su curación, y en vista de todo dio el voto siguiente fol. 83.

[En la parte inferior] Sevilla Contra Joseph Salas


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