Aspe.
Francisco Bernabeu, procurador síndico personero de la villa de
Aspe, en el Reino de Valencia, solicita que se cubra enteramente la
dotación de los dos médicos del pueblo con el caudal de propios, en
vez de, cómo hasta entonces, con una partida de dicho fondo y con
otra del montepío de granos del Patronato del Marqués de Astorga,
debido a que este último fondo se ha reducido muchísimo por las
malas cosechas.
Código de
Referencia: ES.28079.AHN/1.1.15.21//CONSEJOS,12002,Exp.40.
Fecha
Formación: 1809-07-22/1809-10-06.
Notas:
Expediente asentado en el Libro de Matrícula del Consejo y Tribunal
Supremo de España e Indias (Consejo Reunido). Signatura:
CONSEJOS,L.2718
1
Aspe
(Reino de Valencia)
El
Personero don Francisco Bernabeu
Nota
Con
decreto marginal del señor Hermida para que consulte el Consejo
Sobre que
del caudal de propios se aumente la dotación de los 245 pesos que
disfrutan los médicos hasta la de 400 en lugar de los cahices de
trigo que paga y no puede continuar el Montepío de granos.
2
Con Real
Orden próximo se ha remitido al Consejo el adjunto memorial de don
Francisco Bernabeu, síndico personero de la villa de Aspe, partido
de Orihuela, teniente coronel y comandante del batallón de milicias
honradas de dicha villa, en solicitud que del caudal de Propios se
aumente la dotación de los 245 pesos que disfrutan los médicos
hasta la de 400 [pesos] en lugar de los 8 cahices de trigo que
pagaban no puede continuar el Montepío de granos; y este Supremo
tribunal ha acordado que V. S. informe con devolución sobre su
contenido lo que se le ofrezca y parezca.
Dios que a
V. S. muchos años. Sevilla 6 de octubre de 1809.
Señor
Intendente de la Provincia de Valencia
3
Señor
Consulte
el Consejo
Hermida
[Nota al margen].
Don
Francisco Bernabeu, teniente coronel, comandante del batallón de
milicias honradas de la villa de Aspe, partido de Orihuela, como
Síndico Personero de la misma, a los pies de V. M. Dice: que hasta
aquí el Monte Pío de granos del Patronato del Serenísimo señor
marqués de Astorga ha concurrido a la manutención de los médicos,
y maestros de Latinidad, y primeras letras del Pueblo, con la
dotación actual a los primeros de ocho cahices de trigo a cada uno
sobre la renta de propios de doscientos cuarenta y cinco pesos, y a
los segundos con diez, y doce cahices; pero las malas cosechas, y la
insolvencia, a que han llegado muchos de los deudores, y labradores,
han reducido este fondo a no poder sostener dichas dotaciones, a lo
que no ha dexado de coadyuvar las contribuciones Reales que exigen
las actuales circunstancias, que ha sido el principal objeto de las
Justicias, y es el que ocupa toda su atención en el día; de modo
que los referidos asalariados se hallan muchos meses hace sin paga,
pereciendo, y en estado de abandono sus plazas por faltarles a las
contratas: y el imposible lograr de dicho fondo el abono de sus
atrasos, y la seguridad de los salarios que devenguen, porque todo su
caudal existe en deudoras, los unos enteramente fallidos, y los otros
insolventes en el día. En este conflicto público no halla el
exponente otro medio que el
4
de dotar
competentemente a los Médicos del caudal de propios, en el que hay
sobrante suficiente, añadiendo a cada uno de los dos, sobre los
doscientos veinte y cinco pesos anuales, ciento setenta y cinco, que
formarán la renta de cuatrocientos por plaza que es la que disfrutan
los médicos de los pueblos convecinos: con lo que, quedando el Monte
Pío libre de esta dotación, podrá satisfacer los atrasos y
sostener como hasta aquí, la de los Maestros. Este remedio es el que
más urgente y perentorio, y por lo mismo=
Suplica a
V. M. se digne mandar que queden dotadas las referidas plazas de los
dos médicos de aquí delante de la renta de propios con los
cuatrocientos pesos anuales cada una, expidiendo sus órdenes a la
contaduría de la provincia, ya la Junta Municipal, para que se les
contribuya con ella mensualmente, y a proporción: y relevar al Monte
Pío de granos de la dotación de los ocho cahices de trigo con que
es contribuía. Así lo espera de la piedad y justificación de V. M.
Dios
guarde la importante vida de V. M. muchos años. Aspe 22 de julio de
1809.
Señor
Francisco
Bernabeu (rubrica)
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